El Supremo a?ade incertidumbre sobre la gesti¨®n del Guadalquivir
El tribunal apunta que el convenio de Junta y Gobierno puede ser impugnado
Despu¨¦s del 5 de octubre viene la nada, un peligroso vac¨ªo para la gesti¨®n del Guadalquivir, el principal r¨ªo de Andaluc¨ªa y uno de los motores para la agricultura de la comunidad.
El Tribunal Supremo ha anulado el decreto de octubre de 2008 que permiti¨® la transferencia de las competencias sobre la cuenca a la Junta de Andaluc¨ªa. Y a las administraciones central y aut¨®noma ya solo les queda un dique legal para garantizar la normalidad en la gesti¨®n del Guadalquivir: el convenio de 5 de abril de este a?o por el que el Gobierno central recuper¨® las competencias cedidas, pero encomend¨® la gesti¨®n de las pol¨ªticas de aguas a la Junta.
Ese dique tiene caducidad: "seis meses, a contar desde la fecha de su firma", seg¨²n se recoge en el convenio, donde tambi¨¦n se indica que "en caso de extinci¨®n de la encomienda de gesti¨®n, la Administraci¨®n del Estado se subrogar¨¢ en los contratos suscritos y dem¨¢s obligaciones asumidas con terceros para el ejercicio de las actividades encomendadas".
"Era una sentencia prevista", sostuvo ayer el consejero D¨ªaz Trillo
El Gobierno y la Junta, que el lunes se reunen en Madrid, tienen hasta que finalice septiembre para encontrar una soluci¨®n definitiva que devuelva la estabilidad a la cuenca, que tambi¨¦n se extiende por las comunidades de Extremadura, Castilla-La Mancha y Murcia.
Pero la incertidumbre sobre la gesti¨®n durante este plazo de seis meses puede crecer todav¨ªa m¨¢s. Porque, seg¨²n se?ala la secci¨®n tercera de la sala de lo contencioso administrativo del Supremo en su sentencia del pasado 13 de junio, el convenio por el que se cerr¨® la encomienda es "susceptible a su vez de impugnaci¨®n".El Supremo, que resolvi¨® el lunes el recurso presentado por Castilla-La Mancha contra el decreto de transferencias de 2008, ha mantenido paralizado este proceso hasta hace unos meses. En concreto, no se reinici¨® el recurso hasta finales de marzo. El Supremo esper¨® hasta que se hizo p¨²blico el pronunciamiento del Tribunal Constitucional, que, a petici¨®n de Extremadura, declar¨® inconstitucional el art¨ªculo 51 del Estatuto Andaluz, el paraguas legal que se emple¨® para la transferencia de las competencias a la Junta hace dos a?os.
Adem¨¢s del Gobierno socialista de Castilla-La Mancha, Extremadura -otra comunidad que entonces tambi¨¦n estaba en manos del PSOE- recurri¨® el decreto de traspaso. El Supremo, en otra sentencia fechada este martes 14 de junio, ha dado tambi¨¦n la raz¨®n al Gobierno extreme?o. Con lo que vuelve a anular el decreto de transferencia, seg¨²n confirmaron ayer fuentes del Ministerio de Medio Ambiente.
El razonamiento empleado por la secci¨®n tercera -presidida por el magistrado Pedro Jos¨¦ Yag¨¹e Gil- es simple. Parte de la declaraci¨®n de "inconstitucionalidad y nulidad" del art¨ªculo 51 del Estatuto que acord¨® el Tribunal Constitucional el 16 de marzo pasado. Ese art¨ªculo fue el que se emple¨® para sostener la cesi¨®n de las competencias sobre las aguas de la cuenca que transcurren por Andaluc¨ªa a trav¨¦s del decreto de 2008. Con lo que, seg¨²n el Supremo, ese decreto "no solo es que haya dejado de producir efectos al ser privado de la base material sobre la que operaba, que no era otra que el referido t¨ªtulo de atribuci¨®n de competencias, sino que debe ser declarado nulo".
La propia Abogac¨ªa del Estado, en las alegaciones presentadas ante el tribunal el 29 de abril, reconoc¨ªa que, tras el fallo del Constitucional, "la declaraci¨®n de inconstitucionalidad y consiguiente anulaci¨®n del art¨ªculo 51 priva de soporte constitucional y anula el fundamento del traspaso de funciones y servicios".
"Era una sentencia prevista", reconoci¨® ayer el consejero de Medio Ambiente andaluz, Jos¨¦ Juan D¨ªaz Trillo. El consejero insisti¨® en que el fallo del Supremo no afecta a los actos jur¨ªdicos dictados durante los dos ¨²ltimos a?os de competencias traspasadas. Esta es una de las preocupaciones que est¨¢n en la cabeza de las administraciones central y aut¨®noma. Algunas asociaciones agrarias, como el caso de la UPA, sostienen que tras las sentencias del Constitucional y el Supremo s¨ª est¨¢n en duda algunas de las resoluciones dictadas por la Junta. En concreto, los actos negativos como, por ejemplo, las denegaciones de concesiones de aguas para el regad¨ªo. Seg¨²n UPA, tendr¨¢n que ser ahora los tribunales ordinarios los que decidan sobre estos litigios.
Pero en lo que tienen puesta ahora toda la atenci¨®n las dos administraciones es en buscar una soluci¨®n definitiva antes de que acabe septiembre y se extinga el convenio de encomienda. D¨ªaz Trillo reconoci¨® ayer que hay que buscar una "soluci¨®n r¨¢pida". El lunes se re¨²nen los equipos de la Junta y el Gobierno en Madrid para abordar este asunto. Sobre la mesa est¨¢ la posibilidad de recurrir a un real decreto o a una ley org¨¢nica, algo que llevar¨ªa mucho m¨¢s tiempo. Tambi¨¦n se baraja la posibilidad crear una agencia estatal intercomunitaria que sustituya a las antiguas confederaciones.
Esa es la propuesta que ha presentado Agust¨ªn Rodr¨ªguez, secretario regional de UPA, al Ministerio de Medio Ambiente y a la consejer¨ªa andaluza. Esta salida se parece a la que propuso la Comisi¨®n Permanente del PSOE federal en septiembre de 2010, cuando reclam¨® la creaci¨®n de "un ente gestor global dependiente de la Administraci¨®n General del Estado que coordinar¨¢ todas y cada una de las demarcaciones hidrogr¨¢ficas y sus interdependencias".
Cronolog¨ªa
- Enero de 2005
Con el traspaso de las competencias a la Junta de la Cuenca Mediterr¨¢nea Andaluza (C¨¢diz, Granada, M¨¢laga y Almer¨ªa) se crea la Agencia Andaluza del Agua, encargada de gestionar las pol¨ªticas hidr¨¢ulicas en la comunidad.
- Enero de 2006
Se produce el segundo traspaso, el de la Cuenca Atl¨¢ntica Andaluza (C¨¢diz y Huelva).
- Febrero de 2007
Se aprueba en refer¨¦ndum el nuevo Estatuto de Autonom¨ªa de Andaluc¨ªa. En el art¨ªculo 51 se se?ala que Andaluc¨ªa "ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra Comunidad Aut¨®noma, sin perjuicio de la planificaci¨®n general del ciclo hidrol¨®gico, de las normas b¨¢sicas sobre protecci¨®n del medio ambiente, de las obras p¨²blicas hidr¨¢ulicas de inter¨¦s general y de lo previsto en el art¨ªculo 149.1.22 de la Constituci¨®n".
- Junio de 2007
La Junta de Extremadura presenta el recurso de inconstitucionalidad contra el nuevo Estatuto de Andaluc¨ªa, al considerar que la norma andaluza era contraria a la Constituci¨®n, donde se reconoce que las competencias son exclusivas del Estado para las aguas de los r¨ªos que discurren por m¨¢s de una comunidad.
- Septiembre de 2008
Se firma el acuerdo de traspaso de las competencias del Guadalquivir. Esa transferencia entra en vigor en enero de 2009. Extremadura y Castilla-La Mancha, ambas en manos del PSOE entonces, recurren el decreto de traspaso ante el Tribunal Supremo, que paraliza la causa a la espera del Constitucional.
- Marzo de 2011
El Tribunal Constitucional declara inconstitucional el art¨ªculo 51 del Estatuto andaluz que permiti¨® la transferencia de competencias.
- Junio de 2011 El Tribunal Supremo, en dos sentencias de los d¨ªas 13 y 14, anula tambi¨¦n el decreto de transferencia de 2008 como hab¨ªan reclamado Extremadura y Castilla-La Mancha.
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