Las claves del decreto
La negociaci¨®n de convenios ha sido el elemento m¨¢s r¨ªgido de la legislaci¨®n laboral en democracia. Salvo un peque?o cambio en 1994, el marco de convenios vigente data de 1980. Las novedades que aprob¨® ayer el Congreso agilizan la negociaci¨®n entre patrono y trabajadores, fomentan la flexibilidad interna y otorgan m¨¢s peso al convenio de empresa. Estas son las principales novedades:
- Cambio de jerarqu¨ªas. La pugna entre convenios -estatal, auton¨®mico, provincial y de empresa- ha estado a punto de precipitar el final de la legislatura por los recelos de PNV y CiU. La novedad m¨¢s clara es que el convenio de empresa primar¨¢ sobre todos (es decir, podr¨¢ fijar condiciones a la baja) salvo que el estatal o el auton¨®mico -que solo afecta al 10% de trabajadores- digan lo contrario. Como suelen decir lo contrario, en la pr¨¢ctica el de empresa solo se impondr¨¢ sobre el provincial, que rige en el 70% de las compa?¨ªas.
- Convenio auton¨®mico. El PNV objetaba un art¨ªculo que consagra "la prevalencia" del convenio estatal sobre el auton¨®mico en algunas materias. Ese art¨ªculo especifica que los acuerdos auton¨®micos se imponen a los estatales, salvo en un conjunto de materias "no negociables", a las que la nueva reforma a?ade una m¨¢s -la jornada de trabajo- a las que fijaba la ley anterior. Josu Erkoreka (PNV) vio ayer un "logro hist¨®rico" en la soluci¨®n dada por el PSOE para facilitar la abstenci¨®n de los nacionalistas en la convalidaci¨®n del decreto. Consiste en reducir ese listado de materias no negociables pero solo en las comunidades donde existan "sindicatos diferentes y m¨¢s representativos que los del ¨¢mbito estatal", es decir, Pa¨ªs Vasco y Galicia.
- Fin de los bloqueos. Ni empresas ni trabajadores podr¨¢n bloquear indefinidamente un convenio. El Gobierno da un plazo m¨¢ximo de ocho meses (en convenios hasta dos a?os) y de 14 meses (m¨¢s largos) para renovarlos. Si no hay acuerdo, las partes deber¨¢n recurrir obligatoriamente a un ¨¢rbitro con potestad para decidir. Si el mecanismo no funcionara, el convenio expirado seguir¨ªa vigente.
- M¨¢s flexibilidad interna. Es la pretendida clave de la reforma. Un ¨¢rbitro tendr¨¢ la ¨²ltima llave en caso de discrepancias en cambios de jornada laboral, categor¨ªas, organizaci¨®n del trabajo, incluso descuelgues de los m¨ªnimos salariales que dicte el convenio sectorial.
- Menos extraordinarias. El Ejecutivo fija un m¨ªnimo del 5% de la jornada laboral anual que deber¨¢ distribuirse de forma flexible. El objetivo es que el empresario aligere -o elimine- sus costes de horas extra.
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