Justicia internacional y guerra justa
Aunque existen tratados para abolir la esclavitud, cada a?o millones de personas son vendidas como ganado en ciertas regiones del mundo y sometidas a trabajos forzosos. El narcotr¨¢fico en M¨¦xico produce miles de asesinatos impunes, precedidos a veces de torturas atroces. Desde las costas somal¨ªes se organiza una pirater¨ªa, cada vez de mayor alcance, que se ha convertido en un negocio lucrativo, acompa?ado de la tragedia humana de los rehenes, algunos retenidos en el desierto m¨¢s de un a?o, otros muertos mientras esperaban rescate.
Desde nuestro mundo europeo, esas escenas parecen sacadas de pel¨ªculas de terror o sangrientos videojuegos, que uno puede apagar cuando quiera para volver a su mullida existencia. Pero esos comportamientos inhumanos se dan realmente no tan lejos de casa y plantean el grave problema pol¨ªtico de c¨®mo acabar con ellos y el problema ¨¦tico y jur¨ªdico de c¨®mo castigar a quienes los perpetran, si llega a encontr¨¢rseles.
La defensa de nuestros valores y nuestras sociedades exige a veces el uso de la fuerza armada
Espa?a solo participa en acciones internacionales aprobadas por la ONU
La justicia internacional es un concepto dif¨ªcil de aplicar porque el derecho para perseguir los cr¨ªmenes difiere en cada Estado y porque un sistema de jurisdicci¨®n universal no es realizable por el momento. Un caso que muestra esa dificultad es el Tribunal Penal Internacional para Ruanda, creado por Naciones Unidas con el fin de castigar los cr¨ªmenes contra la humanidad cometidos durante la masacre vivida en ese pa¨ªs africano en 1994. El estatuto de ese tribunal no incluy¨® la pena de muerte. Esto dio lugar a una situaci¨®n parad¨®jica en la que individuos que literalmente segaron con machetes en sus manos decenas o incluso cientos de vidas humanas, incluidos ni?os, mujeres y ancianos indefensos, cuando eran declarados culpables, cumpl¨ªan su pena en condiciones mejores de las que viven la mayor¨ªa de sus conciudadanos africanos. Esto provoc¨® que algunos criminales de guerra se entregaran felices en manos de ese tribunal, antes que someterse a los sistemas judiciales de los pa¨ªses de la zona, que no son famosos por sus garant¨ªas, o antes de sufrir venganzas brutales por parte de allegados de las v¨ªctimas.
La guerra justa tampoco se amolda a los criterios m¨¢s exquisitos de justicia dentro de los Estados democr¨¢ticos. Rechazamos la pena de muerte y, sin embargo, el resultado de muerte est¨¢ justificado cuando actuamos en una guerra justa. El Derecho Internacional acepta ese tipo de guerra, aunque la limita a la leg¨ªtima defensa del Estado ante una agresi¨®n y a operaciones militares autorizadas por el Consejo de Seguridad. Cuando se da una guerra leg¨ªtima o una operaci¨®n bajo mandato de Naciones Unidas, en las que Espa?a a veces participa, hay que tener en cuenta que la muerte y la destrucci¨®n que provocan, por muy lamentables que sean, est¨¢n justificadas. La defensa de los valores en que creemos y de nuestras sociedades exige a veces el uso de la fuerza armada y su empleo produce, inevitablemente, consecuencias letales.
La muerte de Osama bin Laden por parte de fuerzas especiales de Estados Unidos debe interpretarse en esta perspectiva. Tras el 11 de septiembre de 2001, Bin Laden sigui¨® planean
-do y ordenando operaciones terroristas contra Estados Unidos y contra otros pa¨ªses, europeos y ¨¢rabes. Su actividad puede calificarse por tanto de ataque prolongado en el tiempo, m¨¢s como jefe militar de una fuerza irregular de car¨¢cter terrorista que como capo del crimen organizado, por lo que la reacci¨®n de Estados Unidos fue leg¨ªtima defensa frente a ese ataque continuado. La operaci¨®n norteamericana que acab¨® con Bin Laden debe situarse en el contexto de una guerra defensiva.
La cuesti¨®n del territorio en que tuvo lugar la defensa es importante, ya que, en principio, los Estados tienen el monopolio del uso de la fuerza dentro de sus fronteras. Sin embargo, hay que tener en cuenta que Estados Unidos arriesgaba el ¨¦xito de una defensa para la que estaba legitimado si comunicaba su plan. La leg¨ªtima defensa tiene que ser proporcional, y la Administraci¨®n de Obama limit¨® sus medidas al fort¨ªn de Bin Laden, sin afectar a ciudadanos o intereses de Pakist¨¢n. El mismo sentido de proporci¨®n ayuda a justificar la acci¨®n militar dentro del territorio de otro Estado: los ataques terroristas obra de Bin Laden eran tan graves que la reacci¨®n estadounidense fue adecuada.
Desde un sistema policial y judicial tan avanzado como el europeo, la tentaci¨®n es pensar que los mismos par¨¢metros de justicia son aplicables en la escena internacional. Pero esto es imposible. Para combatir cr¨ªmenes execrables producidos en situaciones que favorecen la impunidad es preciso usar la fuerza armada con mesura. Espa?a participa actualmente en tres operaciones militares que cuentan con la autorizaci¨®n de Naciones Unidas. En Afganist¨¢n la situaci¨®n pol¨ªtica y de seguridad es compleja, pero las fuerzas espa?olas deben responder a los ataques que reciben tanto sus acuartelamientos como los trabajos de cooperaci¨®n internacional. La operaci¨®n naval Atalanta en el Oc¨¦ano ?ndico, que tiene por misi¨®n defender de los piratas a los pesqueros y a otros buques, debe usar la fuerza en algunos casos. Espa?a tambi¨¦n participa, de acuerdo con la Resoluci¨®n 1973 del Consejo de Seguridad, en la operaci¨®n contra los secuaces de Gadafi, algunos de ellos mercenarios provenientes de otros pa¨ªses, que est¨¢n disparando contra ciudadanos libios. En todas estas operaciones, el uso de la fuerza armada debe ser restringido y necesario, pero las consecuencias de muerte que produzca, con ser siempre dolorosas, est¨¢n legitimadas por el Derecho Internacional.
La fuerza justificada es a veces el ¨²nico medio de responder eficazmente al crimen internacional. Un informe reciente de Jack Lang para Naciones Unidas sobre la pirater¨ªa con origen en Somalia indica que, a pesar de las medidas internacionales, los piratas vuelven a actuar una y otra vez porque su enjuiciamiento es tan dif¨ªcil que las fuerzas armadas que los capturan, tras destruir sus barcos y armas, terminan liber¨¢ndolos. En cambio, las estad¨ªsticas demuestran que los buques comerciales y pesqueros que ejercieron su leg¨ªtima defensa con personal encargado de la seguridad a bordo nunca fueron apresados. Frente a un esquife cargado de ametralladoras y lanzagranadas poco valen los argumentos, sino que hay que usar las armas.
Los medios que tenemos hoy para mantener la paz y el orden a escala mundial son imperfectos, pero, aun as¨ª, son mucho mejores que en cualquier otra ¨¦poca de la historia. Sin duda, ha habido grandes progresos en la limitaci¨®n de la violencia arbitraria por parte de los Estados, pero no debemos olvidar que criminales de guerra, terroristas a gran escala, torturadores, traficantes de drogas y de esclavos, piratas y genocidas siguen llevando a cabo su macabra actividad. Luchar contra ellos requiere un conjunto de medidas entre las que debe figurar el uso de la fuerza leg¨ªtima, a la que ser¨ªa irresponsable renunciar.
Mart¨ªn Ortega Carcel¨¦n es profesor de Derecho Internacional en la Universidad Complutense de Madrid.
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