El TSJA respalda el cierre cautelar del asador insumiso a la ley antitabaco
Los jueces dan la raz¨®n a Salud y creen que la clausura del bar era "necesaria"
La Junta de Andaluc¨ªa tiene competencias para cerrar de forma cautelar los establecimientos que se nieguen a cumplir la ley antitabaco. La secci¨®n primera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha desestimado el recurso interpuesto por Jos¨¦ Eugenio Arias-Camis¨®n, el due?o del asador Guadalmina de Marbella, contra el cierre cautelar decretado por la Consejer¨ªa de Salud el pasado 10 de febrero.
El asador Guadalmina fue el primer restaurante que se declar¨® insumiso a la reforma de la ley antitabaco, que entr¨® en vigor el 1 de enero. El due?o no solo permiti¨® fumar durante las primeras semanas de vigencia de la norma, sino que llen¨® las paredes del local de carteles de rechazo a la ley y al Gobierno de Zapatero.
El hostelero dejaba fumar a los clientes y colg¨® carteles contra la norma
Tras varias inspecciones y ante la negativa del empresario a respetar la ley, la Junta le abri¨® un expediente con una propuesta de sanci¨®n de 145.000 euros. Pero Arias-Camis¨®n sigui¨® tensando la cuerda y tambi¨¦n rechaz¨® pagar la multa, lo que llev¨® a Salud a decretar el cierre provisional, que se mantuvo durante un mes, hasta que el empresario se comprometi¨® a cumplir la norma. Lo hizo a rega?adientes y tras haber recurrir la decisi¨®n auton¨®mica mediante un procedimiento especial para la protecci¨®n de los derechos fundamentales.
Pero los jueces del TSJA no comparten ninguno de los argumentos de Arias-Camis¨®n, que considera que la Consejer¨ªa de Salud infringi¨® el principio de legalidad en materia penal y sancionadora, recogido en el art¨ªculo 25 de la Constituci¨®n. La sentencia, la primera sobre medidas adoptadas a ra¨ªz de la ley antitabaco, da la raz¨®n a la Junta, a la que considera "el ¨®rgano competente" para adoptar medidas provisionales que aseguren el cumplimiento de la ley.
El fallo, contra el que Arias-Camis¨®n puede interponer un recurso de reposici¨®n, est¨¢ firmado por el presidente de la Sala, Juli¨¢n Manuel Moreno Retamino, y los magistrados Francisco Jos¨¦ Guti¨¦rrez del Manzano y Pedro Luis Ro¨¢s Mart¨ªn. Los magistrados creen demostrado que el empresario se mantuvo "en el incumplimiento de la legalidad vigente en materia de tabaco", por lo que la clausura del local era una "necesidad" para asegurar "la legalidad y salvaguarda de la salud p¨²blica".
El due?o del Guadalmina sosten¨ªa en su recurso que la Junta hab¨ªa clausurado el restaurante por su negativa a retirar los carteles de llamada a la insumisi¨®n. Los jueces rechazan este argumento y advierten que las actas de las inspecciones realizadas en el asador constatan que, adem¨¢s de exhibir carteles contrarios a la norma, en el establecimiento se permit¨ªa fumar y "hay indicios de que se ha fumado recientemente, ceniceros, algunos con colillas, olor a tabaco". Y que el hostelero "manifiestamente" se neg¨® ante los inspectores a cumplir la ley.
Esta actitud del empresario, aseguran los jueces, "justificaba la razonable adopci¨®n de la medida cautelar", que est¨¢ prevista en la ley. "En definitiva", concluye el TSJA, "la medida provisional adoptada no tiene car¨¢cter sancionador, se halla debidamente motivada y adem¨¢s tiene cobertura legal".
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