PSOE y PP fijar¨¢n por ley un d¨¦ficit m¨¢ximo del 0,4% a partir del a?o 2020
La reforma de la Constituci¨®n vincula la estabilidad presupuestaria de Espa?a a la UE y permite superar los l¨ªmites en caso de cat¨¢strofe, recesi¨®n o emergencia
El PSOE y el PP cerraron sobre la una de la madrugada de hoy el acuerdo para modificar la Constituci¨®n con el fin de incluir en ella un principio gen¨¦rico de estabilidad presupuestaria, que impide al Estado y las comunidades aut¨®nomas incurrir en un d¨¦ficit estructural que supere los m¨¢rgenes establecidos por la Uni¨®n Europea. El acuerdo no fija cifras sobre los l¨ªmites del d¨¦ficit. El pacto se ha cerrado al borde del final del plazo, ya que hoy tiene que ser registrado en el Congreso para que un pleno convocado el martes lo tome en consideraci¨®n y sea aprobado el viernes, 2 de septiembre.
Las cifras tope de d¨¦ficit se recogen en una ley org¨¢nica, que ambos partidos se han comprometido a aprobar antes del 30 de junio de 2012. Dicha ley precisar¨¢ un d¨¦ficit estructural m¨¢ximo del 0,4% para el conjunto de las Administraciones P¨²blicas, y no superar¨¢ el 0,26% del PIB en el caso de la Administraci¨®n del Estado ni el 0,14% en cada comunidad aut¨®noma. Asimismo, las entidades locales deber¨¢n presentar un equilibrio presupuestario.
La propuesta inicial de Zapatero a Rajoy era fijar el d¨¦ficit en el 0,35% del PIB
El presidente y el l¨ªder del PP hablaron en paralelo a la negociaci¨®n
El pacto ha tenido como base la f¨®rmula precisada por Rubalcaba
La reforma trata de enviar un mensaje de rigor y austeridad a los mercados
El d¨¦ficit estructural y la deuda podr¨¢n ser objeto de revisi¨®n en 2015 y en 2018 a iniciativa de cualquiera de las partes que suscriben el acuerdo, para atender las circunstancias de la evoluci¨®n de la econom¨ªa, seg¨²n el texto pactado.
La ley org¨¢nica desarrolla el art¨ªculo 135 de la Constituci¨®n, que en la nueva redacci¨®n consta de cinco apartados, frente a los dos anteriores a la reforma. A ellos hay que a?adir una disposici¨®n adicional y otra final.
La reforma del art¨ªculo 135 de la Constituci¨®n establece, asimismo, cierta flexibilidad sobre la superaci¨®n de los l¨ªmites de d¨¦ficit estructural y de volumen de deuda p¨²blica. La podr¨¢n superar "en caso de cat¨¢strofes naturales, recesi¨®n econ¨®mica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situaci¨®n financiera o la sostenibilidad econ¨®mica o social del Estado". Tales situaciones deben ser apreciadas por la mayor¨ªa absoluta del Congreso.
El texto aprobado recoge tambi¨¦n una exposici¨®n de motivos en la que subraya que, 30 a?os despu¨¦s de la entrada de Espa?a en la Uni¨®n Europea, "en el marco de una creciente globalizaci¨®n econ¨®mica y financiera, la estabilidad presupuestaria adquiere un valor verdaderamente estructural y condicionante de la capacidad de actuaci¨®n del Estado, del mantenimiento y desarrollo del Estado social que proclama la Constituci¨®n".
Dicha exposici¨®n vincula la reforma constitucional con la gravedad de la recesi¨®n econ¨®mica cuando afirma: "La actual situaci¨®n econ¨®mica y financiera, marcada por una profunda y prolongada crisis, no ha hecho sino reforzar la conveniencia de llevar el principio de referencia a nuestra Constituci¨®n, al objeto de fortalecer la confianza en la estabilidad de la econom¨ªa espa?ola a medio y largo plazo".
El acuerdo se allan¨® una vez que ambos partidos aceptaron dejar fuera de la norma fundamental la cifra tope de d¨¦ficit. El presidente del Gobierno, Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero, hab¨ªa planteado en su propuesta inicial a Mariano Rajoy introducir en la Constituci¨®n un d¨¦ficit m¨¢ximo del 0,35%, y el l¨ªder del PP estaba de acuerdo.
Pero, durante la negociaci¨®n, el candidato socialista, Alfredo P¨¦rez Rubalcaba, reclam¨®, de acuerdo con Zapatero, que esa cifra se incluyera solo en una ley org¨¢nica posterior, y que en la Constituci¨®n figurase un principio "gen¨¦rico" de estabilidad presupuestaria, seg¨²n fuentes socialistas. El portavoz del PSOE, Jos¨¦ Antonio Alonso, llev¨® esa propuesta a la mesa y la portavoz del PP, Soraya S¨¢enz de Santamar¨ªa, la acept¨®.
Ambas delegaciones negociaron contra reloj la modificaci¨®n constitucional desde el mi¨¦rcoles por la ma?ana, tras anunciarla por sorpresa Zapatero el martes en el Congreso.
Los socialistas sostienen que, con la f¨®rmula introducida en el ¨²ltimo momento a iniciativa de Rubalcaba, se ha logrado la "m¨¢xima flexibilidad" para que el Gobierno correspondiente, en situaciones de crisis econ¨®mica o de cat¨¢strofe, tenga margen de maniobra suficiente para gestionar libremente las pol¨ªticas sociales.
Asimismo, esta f¨®rmula salvaguarda, seg¨²n el PSOE, el objetivo que adelant¨® el presidente Zapatero en el debate del pasado martes: enviar a los mercados un "mensaje claro" de "austeridad y rigor". Y, al complementar con una ley las cifras que ponen l¨ªmite al d¨¦ficit, permitir¨¢ que ese mensaje quede a¨²n m¨¢s claro.
Tras hacer p¨²blico el mi¨¦rcoles por la noche que asum¨ªa las riendas de la negociaci¨®n con el PP, Rubalcaba pretend¨ªa calmar a las bases de su partido, en las que hab¨ªan surgido voces cr¨ªticas. Unas voces que, adem¨¢s de verse sorprendidas por la urgencia de la tramitaci¨®n de una modificaci¨®n de la Ley Fundamental, consideraban que la constitucionalizaci¨®n del d¨¦ficit con cifras ataba de pies y manos a los gobiernos en el desarrollo de pol¨ªticas sociales, sobre todo en coyunturas econ¨®micas adversas.
Otro punto clave de la negociaci¨®n entre el PP y PSOE se ha centrado en la mayor o menor flexibilidad sobre el d¨¦ficit. El PP pretendi¨® durante la negociaci¨®n que la ley org¨¢nica comprometiera a que todas las Administraciones P¨²blicas presentaran equilibrio presupuestario o d¨¦ficit cero. El PSOE logr¨®, finalmente, que el d¨¦ficit cero solo se exija a las entidades locales.
El texto lo ha recogido as¨ª: "Una ley org¨¢nica fijar¨¢ el d¨¦ficit estructural m¨¢ximo permitido al Estado y las comunidades aut¨®nomas, en relaci¨®n con su PIB. Las entidades locales deber¨¢n presentar equilibrio presupuestario".
Paralelamente a la mesa de negociaci¨®n de los portavoces del PP y PSOE en el Congreso, el presidente del Gobierno, Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero, y el l¨ªder del PP, Mariano Rajoy, tambi¨¦n mantuvieron conversaciones telef¨®nicas durante todo el d¨ªa. El PP utiliz¨® este dato para acusar a Rubalcaba de querer "retomar la iniciativa pol¨ªtica para salvar su posici¨®n", cuando eran Zapatero y Rajoy quienes negociaban.
Dirigentes socialistas replicaron que existi¨® un contacto permanente de Zapatero con Rubalcaba y de este con la mesa negociadora, que encabezaba Jos¨¦ Antonio Alonso por el PSOE, acompa?ado del secretario de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios, Jos¨¦ Luis de Francisco.
La cr¨ªtica del PP incid¨ªa en lo sucedido el pasado martes en el Congreso: Rajoy acus¨® a Rubalcaba de haber rechazado expresamente la iniciativa de la modificaci¨®n constitucional cuando el l¨ªder de la oposici¨®n la propuso hace un a?o. El exministro y hoy candidato se limit¨® a responder que Zapatero le hab¨ªa convencido de su necesidad la v¨ªspera del debate y que la hab¨ªa apoyado, tras asegurarle el presidente que contaba con el apoyo del PP.
Tanto Zapatero como Rubalcaba y Rajoy mantuvieron ayer contactos con el portavoz de CiU, Josep Antoni Duran Lleida, para sumar a este partido al pacto. Pero Duran adelant¨® que no respaldar¨¢ la presentaci¨®n de la propuesta ante la C¨¢mara, y no garantiz¨® que finalmente vote a favor.
El nuevo art¨ªculo 135 de la Constituci¨®n
Se modifica el art¨ªculo 135 y se a?aden dos disposiciones. El art¨ªculo queda como sigue:
- 1. Todas las Administraciones P¨²blicas adecuar¨¢n sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
- 2. El Estado y las Comunidades Aut¨®nomas no podr¨¢n incurrir en un d¨¦ficit estructural que supere los m¨¢rgenes establecidos, en su caso, por la Uni¨®n Europea para sus Estados Miembros.
Una ley org¨¢nica fijar¨¢ el d¨¦ficit estructural m¨¢ximo permitido al Estado y las Comunidades Aut¨®nomas, en relaci¨®n con su Producto Interior Bruto. Las entidades locales deber¨¢n presentar equilibrio presupuestario.
- 3. El Estado y las Comunidades Aut¨®nomas habr¨¢n de estar autorizados por ley para emitir deuda p¨²blica o contraer cr¨¦dito. Los cr¨¦ditos para satisfacer los interses y el capital de la deuda p¨²blica de las Administraciones se entender¨¢n siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozar¨¢ de prioridad absoluta. Estos cr¨¦ditos no podr¨¢n ser objeto de enmienda o modificaci¨®n, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisi¨®n. El volumen de deuda p¨²blica del conjunto de las Administraciones P¨²blicas en relaci¨®n al Producto Interior Bruto del Estado no podr¨¢ superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Uni¨®n Europea.
- 4. Los l¨ªmites de d¨¦ficit estructural y de volumen de deuda p¨²blica solo podr¨¢n superarse en caso de cat¨¢strofes naturales, recesi¨®n econ¨®mica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situaci¨®n financiera o la sostenibilidad econ¨®mica o social del Estado, apreciada por la mayor¨ªa absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.
- 5. Una ley org¨¢nica desarrollar¨¢ los principios a que se refiere este art¨ªculo, as¨ª como la participaci¨®n en los procedimientos respectivos de los ¨®rganos de coordinaci¨®n institucional entre las Administraciones P¨²blicas en materia de pol¨ªtica fiscal y financiera. En todo caso, regular¨¢:
a) La distribuci¨®n de los l¨ªmites de d¨¦ficit y de deuda entre las distintas Administraciones P¨²blicas, los supuestos excepcionales de superaci¨®n de los mismos y la forma y plazo de correcci¨®n de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.
b) La metodolog¨ªa y el procedimiento para el c¨¢lculo del d¨¦ficit estructural.
c) La responsabilidad de cada Administraci¨®n P¨²blica en caso de incumplimiento de los onjetivos de estabilidad presupuestaria.
E 6. Las Comunidades Aut¨®nomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los l¨ªmites a que se refiere este art¨ªculo, adoptar¨¢n las disposiciones que procedan para la aplicaci¨®n efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.
- Disposici¨®n adicional ¨²nica
1. La ley org¨¢nica prevista en el art¨ªculo 135 de la Constituci¨®n Espa?ola deber¨¢ estar aprobada antes de 30 de Junio de 2011.
2. Dicha ley contemplar¨¢ los mecanismos que permitan el cumplimiento del l¨ªmite de deuda a que se refiere el art¨ªculo 135.3
3. Los l¨ªmites del d¨¦ficit estructural establecidos en el 135 de la Constituci¨®n Espa?ola entrar¨¢n en vigor a partir de 2020.
- Disposici¨®n final ¨²nica
La presente reforma del art¨ªculo 135 de la Constituci¨®n Espa?ola entrar¨¢ en vigor el mismo d¨ªa de la publicaci¨®n de su texto oficial en el Bolet¨ªn Oficial del Estado. Se publicar¨¢ tambi¨¦n en las dem¨¢s lenguas de Espa?a.
Acuerdo pol¨ªtico
El PSOE y el PP han firmado un acuerdo pol¨ªtico sobre la ley org¨¢nica de desarrollo del art¨ªculo 135 de la Constituci¨®n. Su texto es el siguiente:
- El PSOE y el PP entienden que es oportuno en este momento pol¨ªtico sentar ya las bases de un acuerdo sobre la ley org¨¢nica a que se refiere el art¨ªculo 135 de la C.E., que debe ser aprobada con urgencia antes del 31 de diciembre de 2012.
- Esta ley org¨¢nica fijar¨¢ en un 0,4% el d¨¦ficit estructural global m¨¢ximo del conjunto de las Administraciones P¨²blicas a partir de 2020, que se distribuir¨¢ del siguiente modo:
- El d¨¦ficit estructural en que podr¨¢ incurrir el Estado no superar¨¢ el 0,26% del Producto Interior Bruto nacional.
- El d¨¦ficit estructural en que podr¨¢ incurrir cada comunidad aut¨®noma no podr¨¢ superar el 0,14% de su Producto Interior Bruto.
- Las entidades locales deber¨¢n presentar equilibrio presupuestario.
- Los l¨ªmites referidos al d¨¦ficit estructural, as¨ª como la senda para la consecuci¨®n del objetivo de deuda en 2020 podr¨¢n ser objeto de revisi¨®n en 2015 y en 2018, a iniciativa de cualquiera de las partes que suscriben este acuerdo, para atender las circunstancias de la evoluci¨®n de la econom¨ªa.
A los efectos del contenido de la citada ley org¨¢nica, se entender¨¢ por saldo estructural aquel que se deriva de no considerar los ingresos y gastos p¨²blicos relacionados con las expansiones y recersiones normales de los ciclos econ¨®micos, garantizando as¨ª la sostenibilidad a largo plazo de los servicios p¨²blicos fundamentales.
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