Y a pesar de todo, poco de nuevo
Como no pod¨ªa ser de otra manera, la reforma constitucional en marcha ha agitado en¨¦rgicamente el espacio p¨²blico. Su urgencia, el contraste entre la velocidad del acuerdo y la proverbial dificultad de modificar la Constituci¨®n de 1978, el procedimiento jur¨ªdico elegido, la nula participaci¨®n de Comunidades Aut¨®nomas y Corporaciones Locales, la cocina pol¨ªtica tras el acuerdo, la sensaci¨®n de que es una imposici¨®n de los mercados y de Alemania. Existen muchos motivos para polemizar y disentir. Pero ello no deber¨ªa hacer que nos olvid¨¢semos de lo m¨¢s importante: del contenido del acuerdo y la reforma. Mi conclusi¨®n es la que anticipa el t¨ªtulo de la columna.
El punto de partida del an¨¢lisis es la distinci¨®n entre d¨¦ficit p¨²blico total y sus dos componentes: el d¨¦ficit estructural y el d¨¦ficit c¨ªclico. El total es la diferencia entre ingresos y gastos ordinarios que observamos en el presupuesto. A partir de esa cifra podemos hacer una estimaci¨®n sobre qu¨¦ parte se debe a una mala coyuntura econ¨®mica. Esto ser¨ªa el d¨¦ficit c¨ªclico. El d¨¦ficit estructural se calcula como la diferencia entre el total y el c¨ªclico. De forma sim¨¦trica, cuando la econom¨ªa va bien, se recauda m¨¢s y se gasta menos y surge un super¨¢vit, que podemos descomponer, a su vez, en una parte c¨ªclica y otra estructural.
El acuerdo de esta semana es menos exigente que la Ley de Estabilidad de 2001 y similar a la reforma de 2006
Teniendo presentes estas definiciones, el acuerdo de esta semana es menos exigente que las Leyes de Estabilidad Presupuestaria aprobadas en 2001 y similar al resultado de su reforma en 2006. En la legislaci¨®n de 2001 el d¨¦ficit era vetado. En la hoy vigente, se admite un d¨¦ficit m¨¢ximo de 1,5% del PIB, resultante de sumar un 0,5% excepcional para financiar inversi¨®n productiva e investigaci¨®n y desarrollo, y un 1% en concepto de d¨¦ficit c¨ªclico m¨¢ximo. En el acuerdo se contempla, a partir de 2020, un d¨¦ficit estructural del 0,4% y no se pone l¨ªmite expl¨ªcito al d¨¦ficit c¨ªclico.
Considerando las estimaciones disponibles sobre la incidencia de la coyuntura econ¨®mica en las cuentas p¨²blicas y sobre el ciclo de la econom¨ªa espa?ola en las ¨²ltimas d¨¦cadas, el l¨ªmite del 1,5% para el d¨¦ficit total se superar¨ªa ampliamente en bastantes ejercicios. En 2011 y 2012, sin duda. Dicho lo anterior, es verdad que fijar el valor m¨¢ximo del d¨¦ficit estructural atar¨¢ las manos del gobierno en fases expansivas, de forma que rebajas fiscales injustas y poco meditadas como las que hemos visto en Espa?a en la ¨²ltima d¨¦cada ser¨ªan frenadas.
En segundo lugar, hay que matizar la idea de que trasladar el acuerdo a la Constituci¨®n es un gran avance para la pr¨¢ctica de la estabilidad presupuestaria. La evidencia emp¨ªrica internacional tiende a mostrar que los l¨ªmites al gasto y d¨¦ficit son menos relevantes para la estabilidad presupuestaria que los procedimientos presupuestarios, que incluyen cuestiones como la transparencia, los l¨ªmites a la flexibilidad en la ejecuci¨®n presupuestaria o el poder estrat¨¦gico del ministro de hacienda en el seno del gobierno. Adem¨¢s, las reglas y l¨ªmites cuantitativos suelen incentivar el recurso a soluciones creativas para centrifugar gasto y d¨¦ficit a organismos no computables a efectos de aquellos.
Finalmente, no hay que perder de vista que la modificaci¨®n de la Constituci¨®n no incluir¨¢ objetivos num¨¦ricos concretos, que quedan relegados a una ley org¨¢nica y que el propio texto del acuerdo contempla la posibilidad de que d¨¦ficit estructural y el nivel de deuda ahora pactados sean revisados en 2015 y 2018. Sin olvidar tampoco que descomponer con precisi¨®n el d¨¦ficit en sus componentes no es tarea sencilla. Existen ciertos m¨¢rgenes para quien lo estima: dejarlo en manos del gobierno generar¨ªa un problema de riesgo moral.
Quiz¨¢ sea porque los mercados aun no lo han asimilado, o porque para su ritmo vital el a?o 2020 es la eternidad. Pero el anuncio del acuerdo no ha generado tanta reacci¨®n en los inversores como en la discusi¨®n p¨²blica en Espa?a. Tambi¨¦n cabe la posibilidad de que, en realidad, lo aprobado no suponga un enorme cambio con respecto a las restricciones legales nacionales y comunitarias que tenemos hoy y que el acuerdo sea m¨¢s para contentar al gobierno alem¨¢n y su canciller que a los mercados. El tiempo lo dir¨¢.
Santiago Lago Pe?as es profesor de Econom¨ªa en la Universidad de Vigo y participa en el grupo de investigaci¨®n REDE.
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