Derechos vulnerados
La situaci¨®n de los menores inmigrantes es conocida: acreditan con pasaportes -emitidos muchas veces por sus embajadas situadas en Madrid- su minor¨ªa de edad, pero las autoridades no aceptan los documentos como v¨¢lidos. Se somete entonces a los inmigrantes a pruebas m¨¦dicas para determinar su edad. Pero no son pruebas exactas, y el problema es que no se tiene en cuenta su indudable margen de error para favorecer al menor. Tampoco se toma en consideraci¨®n que no existen pruebas estad¨ªsticas de este tipo con poblaci¨®n subsahariana sino que se usan como referencia modelos basados en poblaci¨®n de raza blanca y americana. Estos extranjeros, adem¨¢s, no son asistidos por ning¨²n abogado, contraviniendo lo que establece la Ley de Protecci¨®n Jur¨ªdica del Menor.
Cuando estas cuestiones llegan a los tribunales, los jueces no suelen fallar a favor de la minor¨ªa de edad salvo en contadas ocasiones. Las sentencias desfavorables descansan por lo general en el argumento de que las pruebas m¨¦dicas han establecido la mayor¨ªa de edad "sin ning¨²n tipo de duda". Y los magistrados se?alan que el m¨¦dico forense ya ha tenido en cuenta el margen de error al emitir su informe. Sin embargo, esto no es as¨ª en todos los casos. Los m¨¦dicos forenses, en los juicios, hacen afirmaciones tan dispares como que "no existe margen de error"; que este es del 3%; que es del 10%; o que no puede establecerse margen de error alguno porque no hay pruebas estad¨ªsticas en poblaci¨®n de origen subsahariano. Frases como estas las he escuchado yo en la sala de vistas. ?Cu¨¢l es entonces la verdad sobre las pruebas m¨¦dicas si cada m¨¦dico hace una declaraci¨®n distinta en un juicio? ?A qu¨¦ pueden atenerse los menores?
Los jueces de lo civil, por otro lado, tienden a creer que los pasaportes son falsos aunque hayan sido emitidos por las embajadas de sus pa¨ªses de origen en Madrid. La situaci¨®n tiene que cambiar de alguna forma para que los derechos de los menores no sean vulnerados en virtud de pruebas inexactas. Las comunidades aut¨®nomas y la fiscal¨ªa deben garantizarlo y actuar en beneficio del menor independientemente de su origen y deben establecerse protocolos iguales para todos que palien las deficiencias actuales y garanticen una esencial seguridad jur¨ªdica.
Albert Par¨¦s es abogado.
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