Tres preguntas y una gran indignaci¨®n
Tiempo pasado: en febrero de 2010 el Gobierno socialista presenta un recurso de inconstitucionalidad contra la ley gallega de cajas que, aprobada por PPdeG y BNG en el Parlamento gallego, pretende renovar sus ¨®rganos de gobierno. En paralelo, la Xunta re¨²ne a los directivos de las dos cajas gallegas para impulsar su fusi¨®n. En mayo estas gestiones desembocan en el acuerdo para la fusi¨®n, que establece la permanencia de todos los directivos de las cajas. En el mes de julio el Tribunal Constitucional no aprecia indicios de inconstitucionalidad en lo relativo a la renovaci¨®n de los ¨®rganos de gobierno que preve¨ªa nuestra ley, por lo que levanta la suspensi¨®n de una renovaci¨®n que ya no es posible como consecuencia del acuerdo de fusi¨®n. Un acuerdo que el Banco de Espa?a aprueba en noviembre de 2010 destacando "la solvencia, rentabilidad y liquidez de la nueva entidad".
La reputaci¨®n de una instituci¨®n b¨¢sica como el Banco de Espa?a queda muy da?ada
Tiempo presente: NCG, entidad resultante de la fusi¨®n, ha cedido todo su negocio financiero a un banco (NCGB) y la inmensa mayor¨ªa de su capital es propiedad del Estado, a trav¨¦s del Fondo de Reestructuraci¨®n Ordenada Bancaria (FROB), organismo creado por un decreto del Gobierno socialista que introduce condiciones leoninas de capitalizaci¨®n a las cajas de ahorros para obligarlas a convertirse en bancos, y que establece que, de no conseguirse esa capitalizaci¨®n en los mercados, ser¨¢ el propio FROB quien aporte recursos de acuerdo con la valoraci¨®n de las cajas que el mismo FROB realice, valoraci¨®n no susceptible de recurso.
Tiempo futuro: NCGB est¨¢ presidida por el ejecutivo gallego de mayor ¨¦xito de las ¨²ltimas d¨¦cadas, que est¨¢ tratando de capitalizar el banco en un entorno tan hostil que el propio Estado (el que impone necesidades y tiempos para esa capitalizaci¨®n) suspende la privatizaci¨®n de una de sus joyas de la corona, Loter¨ªas, por los bajos precios que va a obtener.
Primera pregunta: ?A qui¨¦n interesa que NCGB salga adelante; y a qui¨¦n beneficiar¨ªa y perjudicar¨ªa, Galicia incluida, que la mitad del ahorro gallego est¨¦ gestionado desde una entidad aqu¨ª domiciliada? Segunda pregunta: si de las 45 cajas que exist¨ªan hace un par de a?os en Espa?a apenas quedan 15 y en todas ellas hay indemnizaciones como las de NCG, ?cu¨¢l es el motivo para que sean las de NCG, junto con las de la CAM (intervenida y con sus directivos sancionados), las ¨²nicas que abren informativos y telediarios en toda Espa?a? Tercera pregunta: ?No estaremos ante una operaci¨®n de justificaci¨®n de la venta a precio de saldo de la mitad del sistema financiero espa?ol a base de desprestigiar a las cajas por los errores cometidos por algunos de sus gestores, y en particular de aquellas que resultar¨ªan viables por tener un alto valor intangible (presencia en determinados territorios) que no se incluy¨® en la valoraci¨®n que hace el comprador (el FROB)?
La confianza en las instituciones depende de su reputaci¨®n. Y ¨¦sta, a su vez, de la predecibilidad de su comportamiento, que por eso est¨¢ regulado por ley. De entre las instituciones espa?olas, el Banco de Espa?a gozaba de una elevada reputaci¨®n, muy probablemente da?ada como consecuencia de su forma de actuar en los ¨²ltimos meses: ?qu¨¦ pensar¨¢n las autoridades europeas que en diciembre de 2010 reciben un informe garantizando la solvencia de NCG y solo dos meses despu¨¦s otro justificando la inyecci¨®n de 2.500 millones p¨²blicos en NCG? Tambi¨¦n sabemos que el buen funcionamiento del sistema democr¨¢tico depende de que exista una oposici¨®n cre¨ªble: ?lo es una que critica y acusa a un gobierno de aprobar leyes con la supuesta ¨²nica intenci¨®n de cargarse a los directivos de las cajas, y ahora, cuando se conocen las indecentes indemnizaciones, de connivencia con esos mismos gestores? Y el buen funcionamiento del Estado auton¨®mico depende de que los votantes tengan informaci¨®n correcta sobre cu¨¢l es la autoridad responsable de cada decisi¨®n. ?Por qu¨¦ hay tanto inter¨¦s en echarle la culpa a las CC AA por las escandalosas indemnizaciones ocultando que su competencia "exclusiva" sobre las cajas lo es "de acuerdo con las bases y ordenaci¨®n de la pol¨ªtica monetaria del Estado" (art. 30.I del Estatuto), y cuando est¨¢ meridianamente claro que es al Banco de Espa?a al que corresponde "revisar las pol¨ªticas y pr¨¢cticas de remuneraci¨®n" de las entidades financieras (art 10.bis de la ley 13/1985, de recursos propios)?
El episodio da para muchas m¨¢s reflexiones de pasado, de presente, y de futuro; y deja en el aire muchas m¨¢s que tres preguntas. Nos deja, tambi¨¦n, sin cajas de ahorros en Galicia y en Espa?a tras su bancarizaci¨®n. Pero nos deja mucho m¨¢s: un tremendo perjuicio reputacional a una instituci¨®n b¨¢sica como es el Banco de Espa?a, un deterioro de la credibilidad de la oposici¨®n en Galicia y muy tocado al importante principio de cooperaci¨®n leal entre el Estado y las CC AA. Es para indignarse. Pero por mucho m¨¢s que por unas indecentes indemnizaciones.
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