Triunfa la raz¨®n
?Triunfo, al fin, de la raz¨®n y del Estado de derecho! En el contexto de la irracional "guerra del agua" entre territorios, Andaluc¨ªa hizo de la gesti¨®n del Guadalquivir la se?a de identidad de su nuevo Estatuto de Autonom¨ªa. Desde 2009, la Agencia Andaluza del Agua ha gestionado el Guadalquivir, previo traspaso del servicio por el Estado, cuya firma fue celebrada como un acontecimiento extraordinario por el Gobierno andaluz de Chaves.
Como era previsible para quienes hemos defendido el tradicional principio de unidad de gesti¨®n de las cuencas hidrogr¨¢ficas, el Constitucional, en marzo del 2011, declar¨® inconstitucionales y nulos los art¨ªculos de los Estatutos relativos al Guadalquivir y Duero. Al fragmentar la gesti¨®n unitaria de dichas cuencas vulneran el art¨ªculo de la Constituci¨®n que atribuye al Estado la competencia sobre las aguas que discurran por m¨¢s de una comunidad aut¨®noma.
En estas sentencias, el Tribunal ha ratificado nuestro modelo hist¨®rico de gesti¨®n unitaria de las cuencas, encomendado a las confederaciones hidrogr¨¢ficas. Se trata de unos organismos estatales singulares, en cuanto que integran a todos los interesados en la gesti¨®n del agua.
Estas sentencias han puesto fin a la etapa de confusi¨®n y falsas expectativas creadas por los nuevos Estatutos de Autonom¨ªa y cierran el paso a futuras operaciones que fragmenten la unidad de las cuencas hidrogr¨¢ficas. Y es que las comunidades aut¨®nomas no pueden, ni siquiera mediante una ley org¨¢nica de transferencia o delegaci¨®n, asumir la gesti¨®n de las aguas de su territorio, pues ello supone romper la administraci¨®n unitaria de las cuencas. Los intentos de sortear estas exigencias deben considerarse inconstitucionales.
Antonio Fanlo Loras es catedr¨¢tico de Derecho Administrativo de la Universidad de La Rioja
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