El Supremo revoca la condena a cuatro agentes por torturas a etarras
Critica las pruebas "inseguras y muy abiertas" de la Audiencia de Gipuzkoa
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha absuelto a cuatro guardias civiles de los delitos de torturas graves y lesiones a los etarras Igor Portu y Mattin Sarasola, en una sentencia muy cr¨ªtica con las conclusiones "inseguras y muy abiertas" de las pruebas admitidas por la Audiencia de Gipuzkoa, que conden¨® a los agentes a penas de entre dos y cuatro a?os y medio de c¨¢rcel y ocho a?os de inhabilitaci¨®n. En mayo del pasado a?o, Portu y Sarasola fueron condenados a 1.040 a?os de c¨¢rcel por el atentado contra la T-4 de Barajas en el que murieron dos ciudadanos ecuatorianos.
La Audiencia guipuzcoana consider¨® probado que los agentes condenados formaban parte de los 15 agentes del Grupo de Acci¨®n R¨¢pida de la Guardia Civil que el 6 de enero de 2008 detuvieron a Portu y Sarasola en Arrasate-Mondrag¨®n. Seg¨²n la sentencia de instancia, los cuatro guardias habr¨ªan trasladado a una pista forestal a los terroristas a los que insultaron, amenazaron de muerte y golpearon, e incluso a Portu le habr¨ªan introducido la cabeza en un r¨ªo. Seg¨²n la Audiencia de Gipuzkoa, las lesiones que presentaban los etarras no eran "compatibles con la din¨¢mica expuesta por los agentes de la Guardia Civil en sus declaraciones".
El Supremo contradice esa conclusi¨®n y centra el debate en si las lesiones "son consecuencia de una detenci¨®n violenta", o si por el contrario, los etarras "fueron detenidos sin violencia, trasladados a un monte y sometidos a malos tratos" desde su detenci¨®n, en el caso de Sarasola, y hasta su ingreso en un hospital, en el caso de Portu. La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Jos¨¦ Ram¨®n Soriano, pone en entredicho las contradicciones entre los denunciantes sobre la hora de la detenci¨®n, las "inexactitudes relevantes" de tres testigos y la "d¨¦bil y poco rigurosa prueba" de que no existi¨® una coartada o kantada, es decir, la estrategia de presentar denuncias falsas "que todo activista de ETA est¨¢ obligado a poner en pr¨¢ctica".
En ese sentido, el Supremo entresaca varias afirmaciones del documento Hacer frente a la detenci¨®n, intervenido al comando Elurra -del que formaban parte Portu y Sarasola-, en el que se aconseja a los militantes de ETA "gritar como si os mataran y forcejear lo que pod¨¢is" que luego "ya sacaremos testigos" para "hacer cre¨ªble lo que cont¨¦is".
El Supremo critica a la Audiencia por no aplicar la posici¨®n m¨¢s favorable a los guardias civiles acusados, como impondr¨ªa la presunci¨®n de inocencia. Considera muy relevante la hora de la detenci¨®n, en la que hay numerosas contradicciones sobre si fue a las 10.30 o las 11 de la ma?ana, ya que si hubiera sido a las 11 no habr¨ªa dado tiempo a los guardias a trasladar a la pista forestal a los detenidos y recorrer despu¨¦s el trayecto que dicen haber seguido, ya que pasaron las 12.07 por el peaje de la autopista de Zarautz. El Supremo cree a la Audiencia Nacional, que en la sentencia de la T-4 estableci¨® la detenci¨®n a las 11 horas de la ma?ana.
El Supremo tambi¨¦n considera cumplido el manual de ETA de que "luego sacar¨¢ testigos". El primero de ellos, Isidro Ropero, apareci¨® "espont¨¢neamente" en el juzgado para declarar acompa?ado de un abogado y excandidato de Herri Batasuna. Seg¨²n el Supremo, la Audiencia le otorg¨® una relevancia "claramente improcedente" ya que los datos aportados por Ropero al juzgado "los pudo adquirir por distintas v¨ªas" y cualquier vecino de Mondrag¨®n los conoc¨ªa. Su testimonio queda "completamente descalificado".
Lo mismo dice del alcalde de Aramaio, Asier Aguirre, por las inexactitudes y contradicciones en que incurre, y porque en su d¨ªa fue imputado por pertenencia a banda armada, aunque luego fue absuelto. Otra testigo, Pakita Etxegoien, auxiliar de enfermer¨ªa, tan pronto ingresa Portu en el hospital llama a sus padres, de lo que el Supremo deduce que "ten¨ªa relaci¨®n con ellos, ya que no es normal que una auxiliar de hospital act¨²e de ese modo".
"Con estas rese?as del perfil personal no queremos afirmar", dicen los magistrados, "que el testigo sea veraz o falso, sino que la previsi¨®n del manual de ETA de 'sacar testigos' la cumpli¨® la organizaci¨®n, pues es razonable pensar que los propuestos eran personas id¨®neas y adecuadas para prestar la colaboraci¨®n que se les ped¨ªa por sus conexiones ideol¨®gicas con el mundo etarra".
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