El 'parany' divide a jueces y fiscales
La Audiencia de Castell¨®n archiva las denuncias contra este m¨¦todo de cazar aves, pero advierte de un cambio de criterio tras la reforma del C¨®digo Penal
El m¨¦todo de caza conocido como parany divide a fiscales y jueces de Castell¨®n. Mientras la fiscal¨ªa denuncia cada caso que le llega al estimar que es un delito contra la flora y la fauna, tanto los jueces de instrucci¨®n como la Audiencia provincial archivan las causas al creer lo contrario. El desacuerdo ha llevado al ministerio fiscal a pedir al Tribunal Supremo que se pronuncie al respecto. Mientras, fiscales y magistrados no dan su brazo a torcer. Una situaci¨®n que podr¨ªa cambiar cuando a la Audiencia de Castell¨®n comiencen a llegar denuncias posteriores al 23 de diciembre de 2010, fecha en la que entr¨® en vigor una reforma del C¨®digo Penal que puede poner fin a esta divisi¨®n en torno al parany. De momento, se impone el archivo.
La discrepancia estriba en si el m¨¦todo es o no destructivo
De momento, solo se estima delito si se captura una especie protegida
La secci¨®n segunda de la Audiencia ha dictado dos autos en esta l¨ªnea el 24 y 25 de noviembre. En los dos sostiene que para que sea considerado delito se debe carecer de autorizaci¨®n para cazar. Una exigencia que no da lugar a dudas, ya que el parany es un m¨¦todo prohibido por la normativa estatal y comunitaria porque la caza puede afectar a especies protegidas. Pese a ello, se dan casos como el del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 1 de Castell¨®n, que ha utilizado la ley de caza valenciana (anulada por tres sentencias y cuya reforma est¨¢ en suspenso por un recurso ante el Constitucional) para plantear la legalidad incluso de forma retroactiva. "Cuando sucedieron los hechos, en octubre de 2008, la referida ley no se hab¨ªa publicado, no resultando su aplicaci¨®n de forma retroactiva", advierte la Sala.
El punto de discrepancia llega a la hora de determinar si el uso de la liga para embadurnar las ramas de los ¨¢rboles (el parany), el reclamo el¨¦ctrico para atraer a los p¨¢jaros para que se posen en ellas, y el posterior uso de disolvente para despegarlos constituyen o no un m¨¦todo "destructivo". "La Sala discrepa de la tesis sostenida por el ministerio fiscal, pues la modalidad de la caza por parany no puede ser considerada como un m¨¦todo o arte de caza de similar eficacia destructiva para la fauna que el veneno o los medios explosivos", recoge el auto. Y ello a pesar de reconocer que estos materiales "son medios prohibidos por la normativa comunitaria y estatal". Seg¨²n los magistrados, sus efectos "no parecen irreversibles" y "no causan la muerte per se de los ejemplares capturados" por la liga.
En otro auto se llega a subrayar algo que no deja de ser parad¨®jico sobre la consideraci¨®n del disolvente como veneno. As¨ª, se sostiene que el C¨®digo Penal proh¨ªbe el uso del veneno para la caza y, en el parany, "no se emplea para cazar, sino precisamente para liberar a las aves capturadas". "Se podr¨ªa llegar al absurdo de que el cazador prefiriese no liberar a las aves dejando de portar disolvente" para no ser sancionado penalmente.
Pero los continuos archivos de casos por la Audiencia sobre la base de que esta forma de caza no es destructiva, pueden comenzar a cambiar, como advierte la secci¨®n segunda, por la reforma del C¨®digo Penal. Esta reforma ampl¨ªa el delito a los m¨¦todos no selectivos de caza y no solo a su potencialidad destructiva. Y la Audiencia ya sabe que tendr¨¢ que modificar su criterio. En uno de estos recientes fallos, la Audiencia avanza que la reforma "puede motivar un cambio de criterio (...) En todo caso, tal eventualidad lo ser¨¢ en el futuro".
Seg¨²n explica el portavoz del Grupo para el Estudio y Conservaci¨®n de los Espacios Naturales (Gecen), Francisco Gonz¨¢lez, no ser¨¢ hasta dentro de al menos dos a?os cuando a la Audiencia provincial lleguen las primeras denuncias con esta nueva normativa. "A¨²n se est¨¢n viendo asuntos de 2008", recuerda. Para Gonz¨¢lez, la reforma no deja lugar a dudas: "Es obvio que el uso de liga y casette (reclamo el¨¦ctrico) no es selectivo".
De momento, solo se puede estimar delito en el caso de que se haya cazado un ave protegida. Y a¨²n as¨ª hay discrepancias, esta vez entre secciones. Mientras que el auto del 25 de noviembre de la secci¨®n segunda archiva la denuncia por cazar una de estas especies estimando que del paranyer "no se deduce voluntariedad", otro fallo de la secci¨®n primera dice lo contrario y ordena tramitar por v¨ªa penal la captura de uno de estos ejemplares.
"Estas discrepancias se repetir¨¢n con el cambio de criterio que introduce la reforma del C¨®digo Penal. No hay que olvidar hasta hace poco en Tarragona una sala no ve¨ªa delito en el parany y otra s¨ª", sostiene el portavoz de Gecen.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.