Bruselas pospone una semana la decisi¨®n sobre los incentivos fiscales del Pa¨ªs Vasco y Navarra
El portavoz ha asegurado que no hay problemas de fondo para tomar la decisi¨®n, sino simplemente un retraso en la traducci¨®n, por lo que la decisi¨®n se pospondr¨¢ una semana.
La Comisi¨®n debe decidir si son ilegales o no las ayudas, como ya hizo en el caso de dos empresas concretas que se acogieron a los esquemas, Ramond¨ªn y Daewoo Electronics Manufacturing Espa?a (Demesa).
Bruselas prev¨¦ tomar una decisi¨®n sobre los siete expedientes abiertos en julio de 1999. Tres de ellos hacen referencia al cr¨¦dito fiscal de hasta el 45% de la inversi¨®n en activos fijos existentente en Vizcaya, Alava y Guip¨²zcoa entre los a?os 95 y 2000. Los cuatro restantes se refieren a deducciones de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, que tambi¨¦n se han aplicado en Navarra.
El Gobierno vasco considera que, en caso de que la Comisi¨®n Europea decida declarar ilegales estos incentivos fiscales, la incidencia en las empresas vascas que se acogieron a estas medidas fiscales ser¨ªa "muy limitada", ya que la mayor¨ªa de las empresas que ha recibido estas ayudas no han cubierto el l¨ªmite permitido por la normativa comunitaria, que es del 25% de la subvenci¨®n neta equivalente.
Adem¨¢s, explica que las normas forales cuestionadas fueron ya derogadas tras la llamada paz fiscal en enero de 2000, fecha en la que el Gobierno vasco y central alcanzaron un acuerdo.
Posible recurso del Gobierno vasco
El Ejecutivo vasco no descarta recurrir la decisi¨®n ante el Tribunal de Luxemburgo, al igual que ya hicieran las empresas Daewoo Electronics Manufacturing Espa?a, afincada en el pol¨ªgono alav¨¦s de J¨²ndiz, y Ramond¨ªn C¨¢psulas, ubida en Laguardia.
Por su parte, el Estado espa?ol recurri¨® el pasado mes de enero en la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco varias normas de las tres diputaciones forales vascas que regulan incentivos fiscales a la inversi¨®n y reducciones en las sanciones tributarias, al entender que suponen un incumplimiento de la paz fiscal firmada en enero del pasado a?o.
Las normas impugnadas establecen una deducci¨®n fiscal del 15% para la inversi¨®n en actividades de innovaci¨®n tecnol¨®gica con certificado de calidad, mientras que la Ley General Tributaria del Estado contempla un beneficio del 10%.
Del mismo modo, las normas forales determinan una deducci¨®n del 15% para la adquisici¨®n de veh¨ªculos industriales o comerciales que contribuyan a la reducci¨®n de la contaminaci¨®n, mientras que la ley estatal fija una deducci¨®n del 10%.
Asimismo, el recuerso presentado por el Estado se refiere tambi¨¦n a las reducciones en las sanciones tributarias, que en el caso del Pa¨ªs Vasco pueden llegar al 40% si el contribuyente sancionado se muestra conforme, frente al 30% que establece la Ley General Tributaria estatal.
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