"Si vive con su pareja de alquiler, mejor que el contrato figure a nombre de los dos"
El experto Arturo Jim¨¦nez responde a las preguntas sobre la campa?a de la Renta planteadas por los lectores de ELPA?S.com
A tres d¨ªas de que comience el plazo para presentar la declaraci¨®n de la Renta, el lunes 3 de mayo, son muchos los que a¨²n tienen dudas acerca de c¨®mo presentar sus datos fiscales ante la Agencia Tributaria . Arturo Jim¨¦nez, de Datadiar.com, portal de Internet que asesora a empresas sobre temas fiscales, ha charlado con los lectores de ELPA?S.com y ha aportado algunas claves para que este a?o no haya sorpresas de ¨²ltima hora. Las ayudas por alquiler han suscitado el mayor n¨²mero de preguntas.
Una lectora ha explicado que el a?o pasado tuvo que hacer la declaraci¨®n como requisito para pedir la renta b¨¢sica de emancipaci¨®n de los j¨®venes, a pesar de que sus ingresos no alcanzan los 22.000 euros anuales. En estos casos, Jim¨¦nez ha aclarado que se debe presentar la declaraci¨®n, ya que esta ayuda, cualquiera que sea su importe, supone una ganancia patrimonial no sometida a retenci¨®n que adem¨¢s forma parte de la base imponible general.
Otra lectora, que vive de alquiler con su pareja, se plantea si puede acceder a la deducci¨®n por este concepto, a pesar de que el contrato est¨¢ a nombre de la otra persona. Jim¨¦nez le ha aconsejado que, al no estar casados, ella tambi¨¦n deber¨ªa figurar en el contrato de alquiler para obtener la deducci¨®n, ya que de otra forma no puede demostrar su situaci¨®n.
En respuesta a otro lector sobre este mismo tema, Jim¨¦nez ha a?adido que para practicar la deducci¨®n por alquiler s¨®lo hay que cumplimentar todos los datos que se exigen en las casillas respectivas. Se deber¨¢ acreditar la existencia del contrato de alquiler s¨®lo si los ¨®rganos de comprobaci¨®n de la Agencia Tributaria a posteriori, as¨ª se lo solicitan.
El porcentaje de la deducci¨®n estatal por alquiler es del 10,05%, ha recordado Jim¨¦nez. "Adem¨¢s tendr¨¢ que asegurarse de si su Comunidad Aut¨®noma de residencia ha regulado una deducci¨®n por alquiler de vivienda habitual complementaria de la estatal".
Las remesas de los inmigrantes
Una de las preocupaciones de los inmigrantes a la hora de hacer la declaraci¨®n es saber si el dinero que env¨ªan a sus familias fuera de Espa?a es deducible. Jim¨¦nez ha explicado a uno de nuestros lectores que las remesas peri¨®dicas que ha efectuado a Sudam¨¦rica por montos de 300 a 500 euros al mes no tienen ninguna trascendencia a los efectos del IRPF. "Se trata de cantidades asignadas a lo que se denomina consumo particular. Tampoco puede aplicar los m¨ªnimos familiares ya que sus ascendientes o descendientes a los que remite esos importes no conviven con usted", ha puntualizado Jim¨¦nez.
Fondos de inversi¨®n
La crisis y las dificultades econ¨®micas han llevado a que ciertas personas retiren dinero de sus fondos de inversi¨®n. Este dinero debe declararse, ya que forma parte de la denominada base imponible del ahorro, ha explicado este experto. "Debe incluirse en el apartado G2 de la declaraci¨®n", ha se?alado.
Mayores en casa
Las personas que acojan en su casa a mayores desempleados y con una renta inferior a 18.000 euros, no podr¨¢n desgravarse a menos que estos familiares tengan m¨¢s de 65 a?os. Adem¨¢s, deber¨¢n convivir con el contribuyente al menos la mitad el a?o y estar empadronados en el domicilio, seg¨²n ha explicado el asesor de Datadiar.com a una lectora. El m¨ªnimo por ascendientes es de 918 euros.
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