Entrevista con Octavio Granado
Reforma de las Pensiones - Secretario de Estado de la Seguridad Social
El Gobierno ha sacado adelante una reforma del sistema p¨²blico de pensiones con el objetivo de garantizar su continuidad. El acuerdo cont¨® con la participacion de los sindicatos mayoritarios y los empresarios. Octavio Granado, secretario de Estado de Seguridad Social y tambi¨¦n responsable de Econom¨ªa en la ejecutiva del PSOE, ha charlado con los lectores sobre esta reforma.
Foto: Ricardo Guti¨¦rrez
1Funcionario de Clases Pasivas04/02/2011 11:07:15
Como funcionario adscrito obligatoriamente en el r¨¦gimen de clases pasivas, que tiene entre otras caracter¨ªsticas, que la pensi¨®n est¨¢ basada en la pertenencia a un grupo de adscripci¨®n dependiente del nivel de estudios e independiente del salario real. Mi pregunta es: ?tiene previsto el gobierno la integraci¨®n de dicho r¨¦gimen en el R¨¦gimen General de la Seguridad Social, o la reestructuraci¨®n de dicho r¨¦gimen para que est¨¦n en consonancia importes de pensiones con salarios reales?.
los nuevos funcionarios que ingresan en las Administraciones P¨²blicas se integrar¨¢n en Seguridad Social, pero los funcionarios ya integrados en Clases Pasivas continuar¨¢n en el mismo, aunque est¨¢ prevista una paulatina adaptaci¨®n de este R¨¦gimen, en el sentido de converger con el generar de Seguridad Social
2MMP04/02/2011 11:08:32
Estoy en paro y este se me termina en el mes de mayo, edad que cumplo los 62 a?os. La intenci¨®n es jubilarme y cumplo todos los requisitos para ello. Mi pregunta es, ?jubil¨¢ndome en 2011 me afecta la nueva reforma de pensiones? Gracias
No. La Ley entrar¨¢ en vigor el ? de enero de , pero contempla que las personas despedidas hasta esa fecha mantendr¨¢n la regulaci¨®n anterior a todos los efectos. Incluso los que tengan la extinci¨®n de su contrato ya prevista se jubilar¨¢n de acuerdo con la antigua normativa, aunque lo hagan despu¨¦s del ? de enero de .
3FRSS04/02/2011 11:10:11
?Para cuando est¨¢ prevista una nueva aportaci¨®n al Fondo de Reserva? ?Por qu¨¦ importe? ?Se invertir¨¢ en deuda p¨²blica?
En estos momentos los excedentes del sistema se est¨¢n utilizando para conceder aplazamientos a las empresas con dificultades, para mantener el empleo. Dadas las circunstancias, nos parece prioritario ayudar a los trabajadores y a las empresas. Cuando los aplazamientos se vayan devolviendo, podr¨¢n hacerse nuevas dotaciones. Toda la invesi¨®n del Fondo se hace en deuda p¨²blica y desde hace tres a?os, por acuerdo un¨¢nime de todos los grupos parlamentarios, en deuda espa?ola.
4I?aki04/02/2011 11:11:52
?Se elimina o modifica el periodo de cotizaci¨®n espec¨ªfico?
La denominada carencia espec¨ªfica, la obligaci¨®n de cotizar durante al menos dos a?os de los ¨²ltimos quince a?os, no va a ser objeto de modificaci¨®n. No s¨¦ si se refiere a esto, amigo I?aki, o a la cotizaci¨®n espec¨ªfica por convenios singulares. Esto si va a ser objeto de modificaciones, para posibilitar la cotizaci¨®n de inestigadores o lectores en el extranjero, o para poder cotizar durante los procesos formativos en los que antes no exist¨ªa obligaci¨®n.
5Gabi04/02/2011 11:12:47
?C¨®mo quedan las pensiones de viudedad en la reciente reforma?
Gabi, la pensi¨®n de viudedad no es objeto de reforma, aunque existe la idea de seguir mejorando la situaci¨®n de todos los pensionisqtas que viven solos y que dependen de una ¨²nica pensi¨®n muy baja, ya sean viudas, jubilados o pensionistas de incapacidad.
6conciliaci¨®n04/02/2011 11:14:04
Nos gustar¨ªa saber si el Gobierno va a cumplir con su programa electoral y finalmente ampliar la reducci¨®n de jornada para cuidado de hijos a los 12 a?os. En esta ¨¦poca de crisis tambi¨¦n puede ser atractivo para el empresario tener a alguien sacando el mismo trabajo pero pagando menos!
Ampliamos en la reforma el periodo cotizado por excedencia de dos a tres a?os, como hemos ampliado la prestaci¨®n por maternidad en caso de enfermedad del hijo, o ahora acabamos de configurar una nueva prestaci¨®n para el cuidado de hijos gravemente enfermos. Pero es verdad que lo que comentas es una tarea todav¨ªa pendiente.
7Un saludo04/02/2011 11:17:04
?Por qu¨¦ se sigue manteniendo el sistema piramidal que supone la Seguridad Social? ?Por qu¨¦ no se cambia el concepto y en lugar de que las pensiones se sufraguen con los cotizantes actuales, una parte de lo que cotizan los trabajadores actuales no les queda para ellos? As¨ª se consigue que la pensi¨®n sea en funci¨®n de lo cotizado porque se utiliza el dinero realmente cotizado.
El sistema de reparto se basa en el pacto entre generaciones . Nosotros pagamos las pensiones a nuestros padres y abuelos ya jubilados, y cuando nos jubilemos nos lo pagar¨¢n nuestros descendientes. Un sistema de reparto tiene problemas, principalmente de adaptaci¨®n a los cambios demogr¨¢ficos, perom la alternaiva, el sistema de capitalizaci¨®n, se adapta mucho peor a las crisis financieras. En la presente hay pa¨ªses d¨®nde las pensiones de capitalizaci¨®n han perdido hasta el % de su valor, y los que nos leen que tienen fondos de pensiones ya saben que su rentabilidad ha disminuido, o incluso han entrado en rentabilidad negativa. Creo sinceramente que el sistema de capitalizaci¨®n no es mejor al de reparto, aunque hay que combinar aspectos de los dos para dism inuir el riesgo. El Fondo de Reserva es un elemento de capitalizaci¨®n de las acuales cotizaciones, por ejemplo.
8Esteban04/02/2011 11:19:04
Los jubilados forzosos por despido improcedente con 60 a?os y 40 a?os cotizados que se les aplica un 30% de reduccion en la jubilac¨®n. Al cumplir los 65 a?os recuperaran el 100% de su jubilaci¨®n.
En todos los pa¨ªses del mundo y en todos los sistemas si cobras m¨¢s a?os una pensi¨®n, por adelantar la jubilaci¨®n, debes cobrar algo menos, porque en caso contrario todo el mundo anticipar¨ªa la jubilaci¨®n y el sistema se convertir¨ªa en insostenible. No es posible recibir m¨¢s y cotizar menos. La Seguridad Social espa?ola asume la p¨¦rdida de ingresos por anticipaci¨®n, pero no puede asumir, como no se hace, repitto, en ning¨²n sistema del mundo, pagar m¨¢s a?os sin reducir algo lo pagado.
9I?aki04/02/2011 11:20:03
?En que situaci¨®n quedan dentro de la reforma los mutualistas? ?Podr¨¢n seguir jubil¨¢ndose a los 60 a?os? ?Qu¨¦ a?os de cotizaci¨®n se les exigirir¨¢ para poder jubilarse a esa edad? ?Qu¨¦ coeficientes reductores se les aplicar¨¢?
Los mutualistas quedan sin modificaciones en la actual reforma. Se respeta su derecho a seguir jubil¨¢ndose desde los a?os, aceptando un coeficiente reductor del % al a?o de anticipaci¨®n sobre los , y los a?os exigidios seguir¨¢n siendo quince.
10Juan Carlos04/02/2011 11:21:22
Antes de la reforma y a partir de ahora. ?C¨®mo se contemplan las reducciones por trabajos penosos, como en las minas o en la mar? Gracias
Los coeficientes reductores de los trabajos penosos ya aprobados no experimentan cambios, y nos hemos comprometido a analizar otros trabajos diferentes que tambi¨¦n arras penosidad, peligrosidad o mayor siniestalidad. Aunque la soluci¨®n no pasa tanto por jubilarse antes como por cambiar las condiciones de trabajao para evitar que ¨¦ste sea peligroso o insalubre.
11talycual04/02/2011 11:22:20
?La entrada en vigor de la nueva jubilaci¨®n parcial ser¨¢ en 2013, como el resto de la reforma, o ser¨¢ antes?
La jubilaci¨®n parcial ampoco se ve alterada en su configuraci¨®n por la reforma, aunque se exigir¨¢ a lo largo de quince a?os una mayor cotizaci¨®n, para sufragar en parte el gran aporte de recursos que debe hacer la Seguridad Social en estos casos.
12Fernando04/02/2011 11:23:36
?Podr¨¢ un trabajador que llegue a los 63 a?os con 46 a?os cotizados, jubilarse con el 100 por cien de la pensi¨®n?
Fernando, el importe ¨ªntegro de la pensi¨®n no depende s¨®lo de lo cotizado, sino tambi¨¦n del periodo en que va a cobrarse. Cobrar dos a?os m¨¢s una pensi¨®n, y dejar de cotizar dos a?os tiene un coste, y el sistema y los beneficiarios deben compartirlo, para evitar que el sistema no pueda sostenerse.
13alfredo04/02/2011 11:25:21
La nueva reforma de las pensiones, ?afecta de alguna manera para las jubilaciones de las personas con una discapacidad superior al 45%?
No Alfredo la reforma no modifica esta cuesti¨®n, que sin duda ser¨¢ origen de iniciativas y discusiones parlamentarias. Creamos un figura para la jubilaci¨®n de las personas con discapacidad con padecimientos que reducen su carrera, y estamos comprometidos con seguir mejor¨¢ndola.
14Max04/02/2011 11:27:50
Se?or Granados: Hoy una persona que comenzo a trabajar a los 16 a?os y lo dejo a los 51 a?os, tendr¨ªa por tanto 35 a?os cotizados y no le corresponde ninguna pensi¨®n. ?Se resuelve esta injusticia con la nueva situaci¨®n que se esta negociando? Ya se que la mayor¨¬a no esta en esta situaci¨®n ?Pero y los que s¨ª est¨¢n?
Todas las personas que empezamos a trabajar pronto y tenemos m¨¢s de cincuenta a?os tenemos carreras muy largas de cotizaci¨®n. pero los sistemas de pensiones no pueden sobrevivir cobrando a?os cuotas del % de los ingresos y pagando el % de los ingresos otros a?os de esperanza de vida. Me temo que la existencia de la edad legal de jubilaci¨®n no puede evitarse, y los pa¨ªses que han intentado pagar pensiones a partir de edades tempranas han acabado pagando pensiones muy bajas.
15Andr¨¦s04/02/2011 11:30:28
Cuando ten¨ªa 24 a?os estuve m¨¢s de un a?o trabajando para el Estado y recibiendo una exigua paga. ?Se va a computar ese tiempo como periodo cotizado? Hablo del servicio militar. Creo que en la Ley de 2007 ya se inclu¨ªa.
Andr¨¦s, En Seguridad Social pagamos las pensiones con el dinero que cobramos de cuotas, y en este sentido no nos es muy f¨¢cil reconocer como cotizados periodos que no hemos recibido el ingreso para tener que pagar las pensiones con esos ingresos no recibidos. En la actualidad, el periodo de servicio militar cuenta si llegas a la jubilaci¨®n anticipada como despedido para completar el periodo de cotizaci¨®n exigido, pero hacer reconocimientos m¨¢s generosos s¨®lo ser¨ªa posible si alguna entidad nos abona las cotizaciones con las que debemos sufraar las pensiones.
16Javier Gutierrez04/02/2011 11:33:48
Don Octavio, temiendo el futuro... ?me recomienda que me meta en un plan de pensiones?
Javier, le recomiendo que mejore su base de cotizaci¨®n a la Seguridad Social, que cotice todos los periodos, y si su salario es superior a la pensi¨®n m¨¢xima, que busque en el ahorro o en planes de pensiones las rentas complementarias que va a precisar para mantener como jubilado el mismo nivel de ingresos que tiene como activo, porque la Seguridad Social tiene una pensi¨®n m¨¢xima topada. Yo no estoy en contra de la previsi¨®n social complementaria, pero hayq eu tener claro que el modelo espa?ol es el de un buen sistema de pensiones p¨²blico, y el de pensiones privadas voluntarias y complementarias.
17jmf04/02/2011 11:34:39
Ahora estoy cobrando el subsidio de mayores de 52 a?os. cumplo 61 en 2014 y cumplo los requisitos actuales. ?Puedo jubilarme anticipadamente a los 61? gracias
Se podr¨¢ jubilar anticipadamente a los , y adem¨¢s con la regulaci¨®n actualmente vigente, porque la reforma respeta el mantenimiento de la actual situaci¨®n para los trabajadores despedidos con anterioridad.
18Manuel Rodr¨ªguez04/02/2011 11:35:15
?Cu¨¢ndo comenzar¨¢ a ser efectivo la ley de las pensiones?
El ? de enero de , aunque es muy probable que algunos aspectos m¨¢s favorables el Parlamento considere que pueden implementarse con anterioridad.
19jesus04/02/2011 11:35:57
Cumplo 59 a?os, tengo pactado por un ERET un despido improcedente, este a?o tengo cotizado 37 a?os y siempre en la base maxima ?cuando puedo prejubilarme y con que edad y con que cuantia?
Jes¨²s, usted se jubilar¨¢ con la regulaci¨®n actualmente vigente, y por lo tanto sin cambios respecto de las previsiones que haya venido haciendo.
20Alcanatif04/02/2011 11:36:37
Sr. Granados, tengo 58 a?os, estoy en el paro procedente de un ERE, mantengo convenio especial con la SS y la previsi¨®n de jubilaci¨®n estaba en los 61 a?os. ?Me afectan las modificaciones que entrar¨¢n en vigor?. Gracias
No, la reforma mantiene la actual regulaci¨®n para las situaciones como la suya, con independencia de cuando se jubile.
21chema04/02/2011 11:39:36
?Van a seguir con las mismas condiciones nuestro representantes pol¨ªticos? ?o la reforma tambi¨¦n les afectar¨¢n y tendr¨¢n las mismas condiciones que el resto de los ciudadanos?
En Seguridad Social todas las regulaciones no distinguen de profesiones, y los representantes pol¨ªticos se jubilan con las mismas escalas, bases de cotizaci¨®n y condiciones que el resto de los ciudadanos. Otra cosa son los planes privados de pensiones, y los reg¨ªmenes de previsi¨®n social complementaria, que afectan a quienes los suscriben voluntariamente, o a los trabajadores de determinadas empresas o entidades, en funci¨®n de las aportaciones que hacen las mismas. Simplemente por ofrecerle una informaci¨®n complementaria, amigo Chema, la pensi¨®n m¨¢xima de la Seguridad Social espa?ola es la m¨¢s baja de toda Europa, y los topes de pensi¨®n afectan por igual a todas las personas sin excepciones, lo cual no es precisamente frecuente en otros pa¨ªses.
22Maria04/02/2011 11:41:10
Para cobrar la pensi¨®n m¨ªnima, ?siguen siendo necesarios 15 a?os o se ir¨¢n incrementando paulatinamente?
La pensi¨®n se reconoce ahora, y la reforma no va a modificar esta situaci¨®n, con quince a?os cotizados, lo que atribuye una pensi¨®n del % de la base de cotizaci¨®n. Para cobrar complementos a m¨ªnimo es preciso, asimismo, tener un tope de otros ingresos, para evitar que las ayudas vayan a personas que tienen rentas suficientes, y que pueideron cotizar en funci¨®n de esas rentas.
23Pe¨®n preocupado04/02/2011 11:45:04
Sr. Granado. ?Qui¨¦n ha contribuido m¨¢s a la hucha de la S. Social, quien lleva trabajando de pe¨®n desde los 14 a?os o el doctor que comienza a cotizar a partir de los 30 a?os con una gran n¨®mina? ?Es l¨®gico que luego exista tanta diferencia entre las pensiones de uno y otro?
En Espa?a las pensiones tienen una horquilla de ? a ? a partir de los a?os. En el resto de los pa¨ªses esta horquilla no es de uno a cuatro, sino de uno a quince por t¨¦rmino medio. Pagar por una base m¨¢xima a?os contribuye m¨¢s del triple que pagar por una base m¨ªnima , pero el sistema es m¨¢s generoso, desde luego, con las situaciones m¨¢s vulnerables (bases m¨¢s bajas y carreras m¨¢s cortas) a trav¨¦s del complemento a m¨ªnimo. Si hiciera usted el c¨¢lculo de cual ser¨ªa el resultado de aportar sus cuotas a un fondo de pensiones, probablemente el resultado ser¨ªa todav¨ªa m¨¢s dsfavorable. En todo caso, el sistema intenta combinar, y reconozco que no siempre lo consigue, contributividad y solidaridad.
24Max04/02/2011 11:46:59
Se?or Granados: No le pregunto por la cuantia de la pensi¨®n, ni por los porcentajes ni por la edad legal. Le pregunto por el derecho a cobrarla ya que, los periodistas hablan de derecho con 15 a?os de cotizaci¨®n y como usted y yo sabemos eso no es verdad.
El requisito para cobrar una pensi¨®n es cotizar quince a?os, y de ellos dos dentro de los quince ¨²ltimos. La pensi¨®n sustituye cuando se llega a una edad de referencia a los ingresos del trabajo. Si alguien vive de rentas que no tienen su origen del trabajo, por cuenta propia o ajena, es m¨¢s propio acudir a la revisi¨®n social complementaria que al sistema p¨²blico.
25carmen04/02/2011 11:49:50
Buenos d¨ªas sr Granados, ?en la reforma de las pensiones, se ha valorado de alguna forma el presupuesto para sanidad?
No, ya que la asistencia sanitaria es financiada, desde el proceso de separaci¨®n de fuentes que se inici¨® en y culmin¨® en , por los impuestos, y no por las cotizaciones sociales. Aunque el gasto sanitario crece mucho con el envejecimiento de la poblaci¨®n, y es evidente que si el Estado debe financiar la asistencia sanitaria con los impuestos eso disminuye su capacidad de financiar los gastos que deben sufragarse con cotizaciones. los espa?oles tenemos una alta esperanza de vida, un buen estado de salud y un sistema sanitario bastante equitativo, y esos son logros que debemos mantner a toda costa, porque los primeros que har¨ªan un mal negocio siregateamos esfuerzos para la sanidad ser¨ªan precisamente las personas mayores.
26Antonio04/02/2011 11:52:22
Sr. Granados, mi pregunta es ? como queda en la reforma los trabajadores fijos discontinuos, que trabajen ocho o nueve meses? se tiene en cuenta este colectivo que somos muchos, la gran mayoria del sector servicios. Gracias
Hemos buscado alternativas espec¨ªficas para los trabajadores fijos discontinuos, por sugerencia concreta de las organizaciones sindicales, en el relleno de lagunas y en otros problemas espec¨ªficos derivados de la intermitencia de su relaci¨®n laboral. Pero no est¨¢ toto el trabajo hecho: debemos seguir buscando alternativas a trav¨¦s de convenios especiales, etc, que reduzcan el riesgo de tener menor protecci¨®n por la intermitencia. Antonio, en esta negociaci¨®n los trabjadores fijos discontinuos han sido una de las principales preocupaciones de los sindicatos, y han estado muy bien defendidos.
27Ricardo04/02/2011 11:54:12
?Seran computables para la jubilaci¨®n los contratos formativos o los contratos de practicas?
Ricardo, los programas formativos que hasta ahora no cotizaban cotizar¨¢n, e incluso se ha previsto una v¨ªa para recuperar cotizaciones por periodos anteriores a la ley. En la actualidad ya los contratos que est¨¢n basados en una relaci¨®n laboral cotizan por contigencias comunes, ys us periodos son un periodo de vida laboral considerado a todos los efectos.
28un maestro04/02/2011 11:56:10
Sr. Granado, estoy muy interesado en las jubilaciones anticipadas de los maestros de EGB a los 60 a?os. Este acuerdo termina este a?o 2011, ?es previsible que se prorrogue el acuerdo a esta edad?
?sta es una cuesti¨®n que no afecta a la Seguridad Social, sino a otros departamentos, y permitir¨¢ que no me pronuncie sobre temas que no son de mi competencia. No s¨¦ si conoce que yo soy un profesor de ense?anza media, en servicios especiales, y en mi opini¨®n personal debemos tender m¨¢s a la reducci¨®n de jornada y a la reducci¨®n de riesgos psicosociales que a la jubilaci¨®n anticipada.
29Arturo Bandini04/02/2011 11:59:49
Me gustar¨ªa saber ?por qu¨¦ no se ha apostado por la introducci¨®n de nuevos impuestos en las familias de rentas m¨¢s altas, sustentando todo el peso de las reformas en las clases bajas y medias? ?Se han barajado alg¨²n tipo de medidas europeas para beneficiar a la econom¨ªa nacional? (Ej: Modelo holand¨¦s de legalizaci¨®n de consumo de drogas o prostituci¨®n en Amsterdam. Sistema de tributaci¨®n alem¨¢n... etc.)
Arturo, como ha contestado a preguntas anteriores el sistema espa?ol de Seguridad Social es muy solidario, y sus prestaciones son mucho mejores para salarios medios, no digamos bajos, que para salarios altos, que van a encontrarse con una pensi¨®n m¨¢xima muy inferior a sus remuneraciones. Pero no hay demsiadas soluciones impositivas "m¨¢gicas". En Alemania o en Pa¨ªses Bajos los pensionistas por ejemplo pagan elevadas cotizaciones para sufragar su gasto sanitario, de las que est¨¢n exonerados en Espa?a (de hecho tenemos episodios de fraude de pensionistas de estos pa¨ªses que intentan sortear sus obligaciones fiscales en sanidad d¨¢ndose de alta en la Seg-Soc espa?ola.
30Jose Ramon04/02/2011 12:00:53
Sr.Granados, buenos d¨ªas: Empece a cotizar a los 14 a?os (1970), y voy a pasar al desempleo este a?o despu¨¦s de 41 a?os cotizados. Seguir¨¦ con el Convenio Especial y llegar¨¦ a los 64 a?os con 50 a?os cotizados. ?Que pensi¨®n alcancar¨¦, siendo que desde 1982 vengo cotizando por las bases m¨¢ximas, y ahora en el Convenio voy aseguir haci¨¦ndolo por dichas m¨¢ximas? Muchas gracias.
Jos¨¦ Ram¨®n, con una carrera de cotizaci¨®n como la suya a los a?os su pensi¨®n, si no es la m¨¢xima, est¨¢ muy pr¨®xima.
Mensaje de Despedida
Muchas gracias por sus preguntas. Cuando el anteproyecto pase el informe del Consejo Econ¨®mico y Social y se apruebe el proyecto definitivo, para su remisi¨®n a las Cortes Generales, muchas de las dudas se despejar¨¢n. En todo caso debe quedar claro que la reforma entra en vigor el 2013, y que las personas que han sido despedidas con anterioridad mantendr¨¢n la regulaci¨®n actual para las condiciones de su pensi¨®n de jubilaci¨®n. Para las que comiencen a jubilarse de forma ordinaria la reforma continene peridos transitorios suficientemente suaves para qwue a?oa tras a?o su implantaci¨®n resulte poco significativa. Es una reforma necesaria, porque vivimos m¨¢s a?os, cobramos mejores pensiones y entramos m¨¢s tarde en el mercado de trabajo, pero hacemos la reforma para mantner esta realidad y consolidar el sistema, evitando futuros problemas financieros. Gracias por su comprensi¨®n y espero que estas aclaraciones hayan sido de utilidad.
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