Tres d¨¦cadas de reformas laborales
Desde la aprobaci¨®n del Estatuto de los Trabajadores se han aprobado ocho reformas laborales
El mercado laboral es probablemente el asunto que m¨¢s ha preocupado a los sucesivos Gobiernos durante las ¨²ltimas tres d¨¦cadas. Solo as¨ª se explica que desde el principio de la democracia se haya maquillado casi medio centenar de ocasiones. Los sucesivos Gobiernos casi siempre se han encontrado con tasas de desempleo por encima de la media europea -en los ¨²ltimos 30 a?os el paro ha crecido por encima del 20% en tres ocasiones- y, por eso, se ha recurrido a diferentes f¨®rmulas para introducir conceptos como flexibilidad, temporalidad, abaratamiento del despido en la legislaci¨®n laboral espa?ola¡ Muchas de estas reformas se produjeron en periodos de recesi¨®n econ¨®mica y buscaron un abaratamiento del despido. En la mayor¨ªa de los casos se aprobaron sin un acuerdo social. Esta semana el ministro de Econom¨ªa, Luis de Guindos, asegur¨® en el congreso que el paro es el principal problema de Espa?a. El Gobierno presenta hoy la en¨¦sima reforma laboral. Pero antes ya se produjeron otros cambios legislativos. Las siguientes son los principales cambios que han afectado al mercado laboral durante los ¨²ltimos 30 a?os:
1980. Estatuto de los trabajadores: el origen
El 14 de marzo de 1980, el Bolet¨ªn Oficial del Estado public¨® la primera gran norma laboral: El Estatuto de los Trabajadores. La referencia de todas las modificaciones que se han producido hasta la fecha. La patronal, CEOE, y la Uni¨®n General de Trabajadores alcanzaron un acuerdo para apoyar el proyecto de Ley del Gobierno de UCD que establec¨ªa un nuevo marco de relaciones laborales y negociaci¨®n colectiva y dejaba atr¨¢s un escenario laboral heredado del franquismo. La norma que cont¨® con el rechazo de CC OO fue intensamente debatida se revisaron 803 enmiendas antes de aprobar la estructura principal de la que se desarrollan los principales derechos y obligaciones de los trabajadores.
1984. Bienvenida a la temporalidad
En octubre de 1984, el Gobierno de Felipe Gonz¨¢lez aprueba con el apoyo de la CEOE y de UGT el Acuerdo Econ¨®mico y Social, que desarrollaba diferentes aspectos de la negociaci¨®n colectiva e introduc¨ªa aspectos novedosos para la ¨¦poca como incentivos fiscales a la inversi¨®n, protecci¨®n a los desempleados, revalorizaci¨®n de pensiones, formaci¨®n profesional y, sobre todo, tra¨ªa nuevas modalidades de contrataci¨®n temporal. Este conjunto de reformas sociales trajo un fen¨®meno contra el que, posteriormente, todos los Gobiernos han luchado: la flexibilizaci¨®n de la temporalidad. La norma fue aprobada durante una ¨¦poca convulsa en el que el paro se situaba por encima del 20%. El mecanismo de la temporalidad propici¨® dos millones de contratos en los nueve a?os siguientes pero Espa?a logr¨® la tasa de temporalidad m¨¢s alta de Europa.
1992. El plan de convergencia trae m¨¢s temporalidad
Este a?o fue el del escaparate para Espa?a. Se mostro orgullosa como organizadora de la Expo de Sevilla y los Juegos Ol¨ªmpicos de Barcelona, pero durante los fastos el ministro de Econom¨ªa de la ¨¦poca, el socialista Carlos Solchaga, puso en marcha una serie de reformas para que Espa?a pusiera el rumbo a la Uni¨®n Europea. Bajo el t¨ªtulo de plan de convergencia, el ejecutivo de Felipe Gonz¨¢lez aprob¨® un decretazo que soliviant¨® a los sindicatos porque recortaban las prestaciones por desempleo que tambi¨¦n establec¨ªa nuevos incentivos para la temporalidad. Tras una sonada huelga general, celebrada el 28 de mayo, Solchaga emprendi¨® la reforma del Instituto Nacional de Empleo (Inem) y del sistema de Formaci¨®n Profesional. Un a?o despu¨¦s se autorizaron las empresas de trabajo temporal.
1994. La ¡°soluci¨®n¡± del despido colectivo
El 27 de enero de 1994, el Gobierno de Felipe Gonz¨¢lez padec¨ªa una nueva huelga general convocada por los sindicatos mayoritarios. Tras 12 a?os de Gobierno los socialistas daban muestras de desgaste. Seis meses despu¨¦s del paro sindical el entonces ministro de Trabajo, Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n (hoy presidente de la Junta de Andaluc¨ªa) aprob¨® una nueva reforma laboral que afectaba a los despidos, la movilidad y la negociaci¨®n colectiva. El malestar sindical se acentu¨® porque la reforma ampliaba las causas objetivas del despido, hasta entonces se limitaban a cuestiones econ¨®micas y tecnol¨®gicas. A partir de entonces se tienen en cuenta las causas organizativas, que prev¨¦ en algunos casos una indemnizaci¨®n de 20 d¨ªas por a?o. Adem¨¢s, se autoriza a las empresas a despedir sin autorizaci¨®n al 10% de la plantilla y se legalizan las empresas de trabajo temporal. Con esta reforma se ampliaron las posibilidades del despido colectivo y se popularizaron los contratos en pr¨¢cticas.
1997. El contrato de 33 d¨ªas para j¨®venes y mujeres
La primera reforma laboral del Gobierno del PP de Aznar cont¨® con el respaldo de patronal y sindicatos. Javier Arenas, que ahora compite con Gri?an por la presidencia de Andaluc¨ªa, ocupaba la cartera de Trabajo y fue el encargado de impulsar este cambio. El objetivo de este nuevo cambio en el mercado laboral, que entr¨® en vigor el 17 de mayo de 1997,consisti¨® en reducir la temporalidad, que en aquel momento afectaba al 35% de los trabajadores. El punto central de este acuerdo fue la creaci¨®n del contrato laboral de car¨¢cter indefinido con un coste por despido de 33 d¨ªas por a?o trabajado, frente a los 45 de aquel momento, dirigido a j¨®venes, mujeres y mayores de 45 a?os.
2001. Se limitan los contratos eventuales
En marzo de 2001, el Gobierno del PP aprob¨® por decreto la reforma laboral con una amplia oposici¨®n de los sindicatos. Lo que le oblig¨® cuatro meses despu¨¦s, el 10 de julio, a tramitarla como ley. A pesar de eso, la reforma se vendi¨® como una ampliaci¨®n de la anterior para ampliar el plazo de los contratos de fomento de empleo que venc¨ªan ese a?o. Por eso, el objetivo de esta reforma consist¨ªa en ampliar el contrato fijo de fomento del empleo a nuevos colectivos, manteniendo la indemnizaci¨®n de 33 d¨ªas por a?o. Adem¨¢s se encarecen los contratos temporales al aplicarles una indemnizaci¨®n de ocho d¨ªas y flexibiliza el contrato a tiempo parcial. Adem¨¢s, se reduce la duraci¨®n m¨¢xima del contrato eventual desde 13,5 meses a 12 meses. Otras novedades de este nuevo cambio normativo eran de los contratos de relevo para trabajadores mayores de 65 a?os. Se introdujeron los permisos de maternidad y paternidad y se penalizaron las cotizaciones para los contratos temporales de menos de siete d¨ªas (se sub¨ªa un 36% la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes).
2006. Lucha contra la precariedad
El Ejecutivo socialista de Rodr¨ªguez Zapatero recuper¨® el di¨¢logo social para emprender una nueva reforma laboral. Eran los a?os del optimismo econ¨®mico impulsado por el sector inmobiliario. El principal problema del mercado laboral espa?ol era la precariedad y el principal objetivo de esta reforma era poner coto a la temporalidad. As¨ª este cambio normativo limit¨® el encadenamiento abusivo de contratos. Se obligaba a las empresas a hacer fijos a los trabajadores con dos o m¨¢s contratos temporales. La medida afectaba tambi¨¦n a los contratos suscritos con empresas de trabajo temporal. Se subvenciona la conversi¨®n de contratos temporales en indefinidos y se permite que los contratos eventuales firmados antes de 2008 pasen a fijos mediante una reducci¨®n del despido a 33 d¨ªas por a?o. La reforma se tramit¨® por decreto ley para agilizar su puesta en marcha.
2010. El cambio que abri¨® la puerta al despido barato
En plena crisis econ¨®mica y acosado por los mercados, el Gobierno de Rodr¨ªguez Zapatero aprob¨® su segunda reforma laboral cuyo principal objetivo consisti¨® en abaratar el despido y agilizar la contrataci¨®n. Cuando fue aprobada el 17 de junio de 2010 fue calificada como la reforma de m¨¢s calado de los ¨²ltimos 20 a?os por el Ejecutivo socialista. La reforma provoc¨® una respuesta airada de los sindicatos que convocaron una huelga general tres meses m¨¢s tarde. Con la norma se pemiti¨® que las empresas que justifiquen una situaci¨®n econ¨®mica negativa pod¨ªa indemnizar con 20 d¨ªas por a?o, frente a los 45 d¨ªas del despido improcedente. Se universaliza el contrato de fijo con una indemnizaci¨®n de 33 d¨ªas. Se permite que las empresas con apuros econ¨®micos puedan cambiar las condiciones de trabajo de los empleados. Como contrapartida se puso coto al contrato eventual por obra o servicio.
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