Los bancos no podr¨¢n pagar sueldo variable hasta que devuelvan las ayudas
Por norma general, la parte variable del salario no podr¨¢ superar el 60% de la fija La retribuci¨®n fija de altos cargos de entidades rescatadas ser¨¢n como m¨¢ximo de 600.000 euros
El Ministerio de Econom¨ªa ha redactado ya el proyecto de Orden Ministerial que regula la retribuci¨®n de los directivos de entidades con ayudas p¨²blicas canalizadas a trav¨¦s del Fondo de Reestructuraci¨®n Ordenada Bancaria (FROB) y hoy se iniciar¨¢ su periodo de audiencia p¨²blica, seg¨²n anunci¨® este jueves el ministro de Econom¨ªa y Competitividad, Luis de Guindos, durante su comparecencia ante la comisi¨®n correspondiente del Senado.
El texto precisa la aplicaci¨®n, a partir del ejercicio 2012, de los l¨ªmites establecidos en el Real Decreto aprobado el pasado febrero para el saneamiento del sistema financiero, que establece una retribuci¨®n fija m¨¢xima de 600.000 euros para los presidentes ejecutivos, consejeros delegados y directivos de entidades que hayan recibido pr¨¦stamos p¨²blicos (FROB 1) y de 300.000 euros para las que cuenten con capital del Estado (FROB 2). En el c¨®mputo de la retribuci¨®n fija se tendr¨¢ en cuenta, seg¨²n la Orden Ministerial, el sueldo fijo, la retribuci¨®n recibida de empresas del grupo o por la pertenencia a consejos u ¨®rganos de representaci¨®n, la remuneraci¨®n en especie y las aportaciones a planes de pensiones.
La principal novedad se presenta en el tratamiento de la retribuci¨®n variable en entidades con pr¨¦stamos, que se devengar¨¢ pero no se liquidar¨¢ hasta dentro de tres a?os, siempre y cuando ¡°se hayan cumplido los compromisos con el FROB¡±, indica un portavoz del Ministerio, lo que normalmente supondr¨¢ haber devuelto las ayudas. En todo caso, el variable no podr¨¢ superar el 60% de la retribuci¨®n fija, excepto para los directivos contratados despu¨¦s de la recepci¨®n de los pr¨¦stamos, en cuyo caso podr¨¢ llegar al 100% si el Ministerio de Econom¨ªa lo autoriza.
La orden tambi¨¦n regula la forma de proceder en caso de integraciones. Si se trata de una entidad sana m¨¢s una acogida a pr¨¦stamos, a los directivos de la primera ¡ªla otra los mantiene¡ª no se les aplicar¨¢n las restricciones. En este caso, igual que si se unen dos bancos FROB 1, podr¨¢n pedir a Econom¨ªa la ampliaci¨®n del variable hasta el 100% de la paga fija. Por ¨²ltimo, si un banco sin ayudas integrase otro con capital p¨²blico, este ¨²ltimo mantendr¨¢ las restricciones, aunque el departamento de Guindos podr¨¢ ¡°modular o eximir de esos l¨ªmites a los directivos que vayan a desempe?ar funciones en la entidad adjudicada¡±.
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