El Gobierno agiliza el ¡®desahucio expr¨¦s¡¯ de los inquilinos para hacerlo efectivo
La nueva ley permite un desalojo pasados diez d¨ªas del primer impago Fomento quiere animar el raqu¨ªtico mercado del alquiler en Espa?a
El Gobierno aprobar¨¢ este viernes en el Consejo de Ministros una serie de medidas que pretende hacer efectivo el conocido como desahucio expr¨¦s. Este procedimiento, mediante varias normas aprobadas entre 2009 y 2011, permite que la Justicia pueda aprobar un desahucio pasados diez d¨ªas del primer impago. Su falta de efectividad ha llevado al Ejecutivo a reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil para agilizar a¨²n m¨¢s el procedimiento. En una presentaci¨®n ante la prensa, la ministra de Fomento, Ana Pastor, indic¨® que la principal intenci¨®n de la nueva ley es ¡°que exista un equilibrio entre el arrendador y el arrendatario¡±.
La nueva ley de Medidas de Flexibilizaci¨®n y Fomento del Alquiler de Viviendas, cuyas l¨ªneas b¨¢sicas ya anunci¨® el Ejecutivo en mayo, tiene como objetivo dar gas al raqu¨ªtico mercado del alquiler en Espa?a, muy por debajo de la media de la Uni¨®n Europea. La ministra afirm¨® este jueves que la reforma ¡°beneficia al arrendatario¡± al permitirle abandonar la vivienda con un mes de preaviso sin pagar indemnizaci¨®n.
Solo hace falta un funcionario
La ley reduce de dos a uno el n¨²mero de funcionarios necesarios para proceder a un desahucio, lo que, en principio, permite que un mismo juzgado pueda hacerse cargo del doble de procesos. Adem¨¢s, hasta ahora, el pago de la deuda pon¨ªa fin autom¨¢ticamente al procedimiento de desahucio; la nueva ley eliminar¨¢ esa posibilidad. Seg¨²n el secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, Rafael Catal¨¢, la modificaci¨®n tiene como objetivo evitar la ¡°picaresca en el arrendamiento¡± que llevan a cabo ¡°profesionales del impago¡±.
Adem¨¢s, como estaba previsto en el anteproyecto presentado en mayo, tanto inquilino como arrendatario podr¨¢n pactar de mutuo acuerdo la actualizaci¨®n de las rentas, en lugar de la revisi¨®n autom¨¢tica acorde a la inflaci¨®n. La nueva ley tambi¨¦n permitir¨¢ al arrendatario renunciar al derecho de compra preferente de la vivienda en los contratos de duraci¨®n inferior a cinco a?os, aunque este derecho seguir¨¢ en vigor si no hay acuerdo.
Desahuciar si no se registra el contrato
La ley tambi¨¦n permite a los compradores de una vivienda alquilada proceder al desahucio si el contrato no consta en el Registro de la Propiedad. Hasta ahora, el comprador de la vivienda deb¨ªa honrar el contrato existente hasta que se cumpliesen cinco a?os del mismo, aun sin estar registrado. El registro seguir¨¢ sin ser obligatorio, aunque la ministra record¨® que los inquilinos ¡°tambi¨¦n pueden hacerlo¡±.
La reforma permitir¨¢ al propietario recuperar en todos los casos la vivienda si la necesita para s¨ª o sus familiares directos con un preaviso de dos meses. Hasta ahora ese supuesto deb¨ªa constar en el contrato.
Ventajas fiscales para las empresas que alquilen
El Ejecutivo quiere "canalizar el ahorro privado hacia la inversi¨®n en inmuebles", seg¨²n palabras del secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferr¨¦. Los mayores cambios en el anteproyecto de la Ley de Medidas de Flexibilizaci¨®n y Fomento del Alquiler de Viviendas con respecto al boceto presentado en mayo corresponden precisamente a la fiscalidad de las empresas que se dediquen al alquiler de inmuebles.
As¨ª, se facilita a las empresas acceder al r¨¦gimen fiscal especial de arrendamiento de viviendas, que permite una bonificaci¨®n de hasta un 90% en el Impuesto de Sociedades. Para acceder solo se necesitar¨¢ tener disponible un m¨ªnimo de ocho viviendas (diez antes de la reforma) durante tres a?os (siete anteriormente).
La ley tambi¨¦n extiende las exenciones por alquiler de vivienda al Impuesto sobre la Renta de los no Residentes. A partir de ahora, los no residentes en Espa?a podr¨¢n obtener una exenci¨®n de hasta un 100% en el impuesto. Esto no se extiende a las entidades residentes en para¨ªsos fiscales.
Pero, sobre todo, el Gobierno quiere fomentar las Sociedades Cotizadas de Inversi¨®n en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI), una figura jur¨ªdica creada en 2009 y cuyo objetivo es la inversi¨®n en activos urbanos para su alquiler. La nueva ley exime de impuestos las rentas obtenidas por estas sociedades.
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