La reforma financiera intenta limitar las batallas judiciales
El decreto para intervenir bancos pone coto a las posibles peticiones de indemnizaciones
El decreto de ley en el que trabaja el Gobierno para intervenir bancos y para liquidar las entidades inviables pisa muchos callos. Busca, en sinton¨ªa con lo que reclama Europa, que el dinero p¨²blico salga lo m¨¢s caro posible a la entidad que lo reclama, que el rescate no sea una soluci¨®n c¨®moda ni deseable. La normativa fijar¨¢ p¨¦rdidas obligatorias para los accionistas y acreedores de deuda subordinada (con menos prioridad de cobro que el resto) cuando una entidad necesite ayudas y no excluye que tambi¨¦n sufran alg¨²n menoscabo en sus inversiones los propietarios de otros instrumentos de deuda no subordinada en caso de desguace ordenado de un banco. As¨ª que el borrador del decreto, que est¨¢ sujeto a cambios y al que ha tenido acceso este diario, intenta limitar en la medida de lo posible las batallas judiciales que los afectados puedan plantear contra las decisiones del Banco de Espa?a o del Fondo de Reestructuraci¨®n Ordenada Bancaria (FROB), que pilotar¨¢ los desguaces.
En l¨ªneas generales, la nueva norma busca limitar las indemnizaciones y blindar las decisiones del FROB. Es decir, que aun cuando un juez falle a favor del inversor o acreedor que crea vulnerados sus derechos, ¡°no podr¨¢ privar de efectos a la decisi¨®n o acuerdo del FROB, sino que ¨²nicamente podr¨¢ llevar aparejada la condena de reparaci¨®n, mediante indemnizaci¨®n econ¨®mica¡±, seg¨²n recoge en texto que el Gobierno planea aprobar el pr¨®ximo viernes.
Con las preferentes ¡ªun veh¨ªculo de inversi¨®n con altos intereses, pero comprometido a perpetuidad, cuyo valor se ha hundido¡ª, algunos bancos han estado cambiando los t¨ªtulos a sus clientes por otros de distinto valor, con el fin de que puedan recuperar al menos parte de su inversi¨®n. Con la reforma, el FROB puede obligar a los bancos ayudas p¨²blicas a una recompra de las preferentes a valor de mercado ¡ªmucho m¨¢s bajo¡ª o a un canje de esta preferente por otro producto bancario. As¨ª que los due?os de productos subordinados sufrir¨¢n p¨¦rdidas, aunque por detr¨¢s de los accionistas, cuotapart¨ªcipes o socios.
El decreto sigue el dictado del memorando de entendimiento (MoU) que los socios europeos firmaron con Bruselas para acordar un pr¨¦stamos de hasta 100.000 millones para que el Estado rescate a parte de la banca.
L¨ªmite a las indemnizaciones
En los cierres ordenados de entidades, tutelados por el FROB, el Gobierno plantea que si un demandante gana el pleito contra las decisiones del fondo de rescate, la compensaci¨®n que se vea obligado a pagar no puede superar lo que el inversor en cuesti¨®n hubiese obtenido en una bancarrota desordenada. ¡°El importe de la indemnizaci¨®n alcanzar¨¢, como m¨¢ximo, la diferencia entre el da?o efectivamente sufrido y la p¨¦rdida que hubieran soportado en caso de que, en el momento que se adopt¨® el correspondiente acto, se hubiera producido la liquidaci¨®n de la entidad en el marco de un procedimiento concursal [concurso de acreedores o antigua suspensi¨®n de pagos]¡±.
La p¨¦rdida en las preferentes constituye uno de los puntos m¨¢s conflictivos de la reforma y que genera m¨¢s discrepancias entre Madrid y Bruselas, que incluso han llevado al Ejecutivo de Mariano Rajoy a aplazar la aprobaci¨®n del decreto del viernes pasado al pr¨®ximo 31 de agosto. Se trata de un producto de inversi¨®n complejo, pensado para inversores especializados, pero en Espa?a se han estado colocando entre particulares de escasa cultura financiera, y por eso el Gobierno busca v¨ªa para limitar sus p¨¦rdidas. Solo los cuatros grupos bancarios rescatados y en manos del Estado (Bankia, NovaGalicia Banco, CatalunyaCaixa o Banco de Valencia) han colocado entre sus clientes hasta 4.500 millones de euros en conjunto en estos productos.
Los interesados tienen hasta 15 d¨ªas ¡ªdesde tener conocimiento de las medidas que les afectan¡ª para protestar ante los tribunales. En los planes de liquidaci¨®n impulsados por el FROB, que deben ser aprobados por el Banco de Espa?a, se podr¨¢n presentar recursos por la v¨ªa contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional. Es la misma v¨ªa que se reserva para las decisiones que se puedan tomar respecto a los llamados instrumentos h¨ªbridos de capital.
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