Un juzgado anula intereses de demora "abusivos" aplicados por varios bancos
Un juzgado de la localidad alavesa de Amurrio ha anulado las cl¨¢usulas sobre los intereses de demora aplicados por varias entidades bancarias y de cr¨¦dito, que oscilaban entre el 18 y el 25 por ciento, al entender que son "abusivos".
As¨ª lo expresa el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 1 de Amurrio en dos autos y una providencia, a las que ha tenido acceso EFE, en una de cuyas resoluciones se apoya en la legislaci¨®n europea para determinar que los jueces pueden actuar de oficio con el fin de "proteger a los consumidores contra cualquier cl¨¢usula de car¨¢cter abusivo".
Fuentes jur¨ªdicas han destacado a Efe que estos "novedosos" pronunciamientos pueden crear jurisprudencia y tener una importante repercusi¨®n en las actuaciones de las entidades de cr¨¦dito.
En uno de los autos, el Juzgado de Amurrio anula la cl¨¢usula de un cr¨¦dito suscrito por una persona con el Banco de Santander, debido a que aplic¨® un inter¨¦s de demora del 25 por ciento anual.
La jueza pone de relieve que los intereses de demora, que se aplican por el incumplimiento de una obligaci¨®n por parte del deudor, tienen que fijarse en un tipo superior al ordinario, pero deben guardar una "cierta proporci¨®n".
Recuerda que el inter¨¦s legal del dinero aplicable al a?o 2010, cuando se firm¨® este cr¨¦dito, era del 4 por ciento anual, por lo que el inter¨¦s de demora del 25 por ciento anual "se ha de considerar abusivo y por consiguiente nulo de pleno derecho".
Por ello, anula esta cl¨¢usula y ordena a la persona que firm¨® el cr¨¦dito que abone ¨²nicamente la cantidad adeudada y los intereses remuneratorios, pero no los de demora.
Lo mismo ocurre con el segundo auto referido a otro cr¨¦dito suscrito por dos personas para la compra de un veh¨ªculo con la entidad GAG Internacional S.L., a quienes se aplic¨® un inter¨¦s de demora del 24 por ciento anual.
Tambi¨¦n en este caso la jueza recuerda que el inter¨¦s legal del dinero en 1998, cuando se sell¨® este contrato de financiaci¨®n, era del 5,5 por ciento anual, y la cl¨¢usula de demora establec¨ªa un inter¨¦s del 2 por ciento mensual, equivalente al 24 por ciento al a?o, por lo que la anula por "abusiva" y reclama el ingreso ¨²nicamente del dinero adeudado sin aplicar ese inter¨¦s.
Por ¨²ltimo, el mismo juzgado ha dictado una providencia referida a un "inter¨¦s moratorio del 18 por ciento" impuesto por Caja Laboral sobre un pr¨¦stamo hipotecario, cuando los intereses legales para el a?o 2005 eran del 4 por ciento.
En este caso, adem¨¢s, el Juzgado se apoya en la legislaci¨®n europea para declarar que los jueces pueden proteger de oficio a los consumidores contra cualquier cl¨¢usula de car¨¢cter abusivo, no s¨®lo en los juicios monitorios, es decir los que se celebran para reclamar cantidades impagadas, sino tambi¨¦n en los procedimientos de ejecuci¨®n hipotecaria, como en este caso.
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