Condenan a Caja Laboral a devolver a un cliente su inversi¨®n en preferentes
El Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 5 de Vitoria ha condenado a Caja Laboral a devolver a un cliente los 14.800 euros con los que en 2007 compr¨® aportaciones financieras subordinadas de Eroski al considerar que le proporcion¨® informaci¨®n "parcial, inveraz y sesgada", lo que invalida el contrato.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, subraya que el cliente, al que define como "un alev¨ªn en la pr¨¢ctica bancaria", era "un humilde trabajador, que pensaba que contrataba un producto para sus peque?os hijos por un plazo de cinco a?os y transcurrido ese tiempo quer¨ªa recuperar la inversi¨®n".
El juez se?ala que para una persona "profana" como el demandante la informaci¨®n del folleto explicativo sobre el producto era "poco clara, su redacci¨®n confusa, incluso enga?osa" y que este hecho le llev¨® a creer que pod¨ªa recuperar su dinero, "confusi¨®n que por supuesto la entidad financiera nunca aclar¨®".
Considera que Caja Laboral "explic¨® muy bien las bondades del producto, en especial la rentabilidad, pero no la losa del car¨¢cter perpetuo de la inversi¨®n", situaci¨®n que el magistrado define como "casarse con Eroski y la entidad financiera de por vida".
Tampoco Caja Laboral, seg¨²n el juez, le dijo que "si Eroski quebraba el cliente ser¨ªa de los ¨²ltimos en cobrar, si es que cobraba".
"Se ha vendido un producto como un dep¨®sito seguro y de inmediata disponibilidad, extremo que no concurre con la realidad. Se ha ocultado el vocablo 'perpetuidad' de la preferente", dice el juez.
La sentencia tambi¨¦n considera probado que la caja vasca dio "nula informaci¨®n" sobre las "peculiaridades de transmisi¨®n" de estos t¨ªtulos para cuya venta debe haber antes un inversor interesado en comprarlas, algo que no ocurre dado el actual "estrangulamiento del mercado".
Por ello, el magistrado considera probado que la caja nunca explic¨® al cliente "los posibles riesgos de perder la inversi¨®n" y que "nunca, nunca se le inform¨® del elevado riesgo que estaba contrayendo".
De hecho -se?ala la sentencia- el demandante "se fue convencido de las bondades" del producto porque "confi¨®" en la entidad bancaria, cuya responsabilidad en este asunto es "obvia y evidente".
Por todo ello, el juez considera acreditado que hubo "un error invalidante" en la adquisici¨®n del producto, declara nulo el contrato y condena a Caja Laboral a devolver la cantidad invertida a su cliente.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelaci¨®n ante la Audiencia Provincial de ?lava.
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