El Banco de Espa?a abre expediente por la filtraci¨®n de datos confidenciales
Quieren esclarecer por qu¨¦ un correo dirigido al gobernador y al subgobernador de la instituci¨®n con informaci¨®n confidencial acab¨® publicado en un peri¨®dico de difusi¨®n nacional
El Banco de Espa?a ha procedido a la apertura de un expediente informativo para esclarecer por qu¨¦ un correo electr¨®nico interno dirigido al gobernador y al subgobernador de la instituci¨®n con informaci¨®n confidencial acab¨® publicado en un peri¨®dico de difusi¨®n nacional. En una comunicaci¨®n interna distribuida a la plantilla, el Banco de Espa?a explica que abre este expediente despu¨¦s de que el pasado 26 de mayo un peri¨®dico reprodujera "la pr¨¢ctica totalidad" de un correo electr¨®nico dirigido por el director general de supervisi¨®n de la instituci¨®n al gobernador y al subgobernador.
En ese correo se resum¨ªan las conclusiones provisionales de visitas de inspecci¨®n practicadas a tres entidades de cr¨¦dito, informaci¨®n que por su naturaleza tiene car¨¢cter confidencial, a?ade el Banco de Espa?a en la nota enviada a sus trabajadores. En concreto, se hablaba de laxitud por parte del Banco Santander, Banesto y BBVA en el reconocimiento de dudosos y subest¨¢ndar y en la constituci¨®n de provisiones tras la inspecci¨®n del supervisor para revisar sus carteras hipotecarias. Adem¨¢s, se dec¨ªa que algunas refinanciaciones eran un mecanismo para no reconocer morosidad.
Por eso, el supervisor ha procedido a abrir un expediente con el fin de conseguir la completa aclaraci¨®n de los hechos y decidir, en su caso, si aplica las medidas previstas en su reglamento de trabajo, que establece el deber de secreto entre sus empleados por cuantas informaciones confidenciales tengan conocimiento. As¨ª se recoge en el art¨ªculo 6 de la Ley de Autonom¨ªa del Banco de Espa?a, que considera este tipo de infracciones como "faltas muy graves", por lo que incumplir el deber de secreto puede ser objeto de despido.
Adem¨¢s, en la misma l¨ªnea, el art¨ªculo 7 del C¨®digo de Conducta para el personal del Banco de Espa?a recoge la obligaci¨®n de guardar secreto sobre cuantas informaciones de naturaleza confidencial tuvieran conocimiento en el ejercicio de las mismas.
En particular, en el caso de las funciones de supervisi¨®n, el deber de confidencialidad es "una obligaci¨®n b¨¢sica cuyo cumplimiento es exigible tanto a las autoridades con competencias supervisoras como a las personas que trabajan en ellas".
Por ¨²ltimo, en Espa?a, los apartados 2 y 3 del art¨ªculo 6 del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio, trasladan al ordenamiento jur¨ªdico este principio, con lo que todas las personas que desempe?en o hayan desempe?ado una actividad para el Banco de Espa?a y hayan tenido conocimiento de datos de car¨¢cter reservado est¨¢n obligadas a guardar secreto. Tanto es as¨ª que el incumplimiento de esta obligaci¨®n determinar¨¢ responsabilidades penales y las dem¨¢s previstas en las leyes, advierte el Banco de Espa?a a sus trabajadores.
Por todo ello y tras la filtraci¨®n de una comunicaci¨®n interna, el supervisor traslada a sus empleados la extraordinaria importancia del adecuado cumplimiento del deber de secreto sobre cualquier informaci¨®n obtenida en el ejercicio de sus cargos.
"El quebrantamiento de este secreto puede ocasionar perjuicios a terceros, dificultar el correcto desarrollo de sus funciones y afectar de forma notable al prestigio de la instituci¨®n" y por ello el Banco de Espa?a solicita el apoyo de todo el personal para evitar que se vuelvan a repetir conductas similares.
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