El TC fortalece el derecho a la pensi¨®n de los trabajadores a tiempo parcial
El tribunal rechaza diferenciarlos a la hora de computar los a?os trabajados
El Tribunal Constitucional (TC) ha fallado a favor de otros dos trabajadores a tiempo parcial afectados por el pol¨¦mico sistema para calcular los periodos cotizados a efectos del reconocimiento de pensiones, tres meses despu¨¦s de haber declarado "nulo e inconstitucional" este m¨¦todo de c¨¢lculo. El pasado mes de abril ya aval¨® los recursos presentados por otras dos empleadas afectadas por el mismo problema.
Los argumentos esgrimidos en las cuatro sentencias, a las que ha tenido acceso Europa Press, son muy similares y en todos los casos el alto tribunal se ampara en su sentencia del 14 de marzo, en la que declar¨® nulo el m¨¦todo de c¨®mputo del trabajo a tiempo parcial para percibir la prestaci¨®n de jubilaci¨®n, que ya hab¨ªa sido cuestionado por el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea en noviembre de 2012.
El tribunal europeo dict¨® una sentencia en la que tachaba de "discriminatorio" el trato que daba la legislaci¨®n espa?ola a los trabajadores a tiempo parcial respecto a los contratados a tiempo completo. El TC ha hecho suya la interpretaci¨®n de la justicia europea y ha considerado que la regla de c¨¢lculo contenida en la normativa espa?ola "lesiona" el derecho a la igualdad ¡ªconsagrado en el art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n espa?ola¡ª y es "discriminatoria" por raz¨®n de sexo, ya que la mayor parte de los trabajadores a tiempo parcial en Espa?a son mujeres.
En las dos nuevas sentencias, publicadas este martes por el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE), el TC admite el recurso de amparo de uno de los empleados, al que le hab¨ªa sido denegada la pensi¨®n de jubilaci¨®n por la Seguridad Social. La Administraci¨®n consideraba que, al haber trabajado durante a?os a tiempo parcial, no reun¨ªa el periodo m¨ªnimo de cotizaci¨®n de 15 a?os. Un juzgado de lo Social y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestimaron sus demandas sobre la pensi¨®n de jubilaci¨®n. Ahora el TC le ha dado la raz¨®n.
En el otro caso resuelto hoy, otra trabajadora tambi¨¦n reclamaba una pensi¨®n de jubilaci¨®n. El Constitucional ha anulado las sentencias anteriores en las que se le denegaba la prestaci¨®n con argumentos similares y ha instado a la Seguridad Social a analizar de nuevo la situaci¨®n de esta trabajadora para que la resoluci¨®n administrativa sobre el reconocimiento o no de su pensi¨®n.
Esta decisi¨®n que tom¨® el Tribunal Constitucional de anular las reglas vigentes para el c¨¢lculo de los periodos cotizados en el tiempo parcial est¨¢ teniendo ya sus primeros efectos, ya que el Ministerio de Empleo est¨¢ negociando desde hace varias semanas con los agentes sociales un nuevo m¨¦todo de c¨®mputo que respete tanto los argumentos del TC como de la justicia europea.
En una reciente comparecencia p¨²blica, el secretario de Estado de Seguridad Social, Tom¨¢s Burgos, estim¨® que el cambio en el c¨®mputo de las cotizaciones a efectos de calcular prestaciones contributivas en el empleo a tiempo parcial, a ra¨ªz de la sentencia del TC, podr¨ªa suponer un coste anual de 1.900 millones de euros.
Burgos explic¨® que, a la espera de que se acuerde con los agentes sociales un sistema alternativo m¨¢s justo y equitativo, el Gobierno "se ve obligado a aplicar" en medio del actual vac¨ªo legal un sistema por el que cada d¨ªa trabajado a tiempo parcial equivaldr¨¢ a un d¨ªa cotizado.
No obstante, precis¨® que en el caso de las reclamaciones de prestaciones desde 1995, puesto que la sentencia del Constitucional tiene efecto retroactivo, se va a producir una situaci¨®n de "inseguridad jur¨ªdica", ya que corresponder¨¢ a los ¨®rganos judiciales determinar la normativa a aplicar. Al respecto, Burgos vaticinaba "dispares interpretaciones para colmar esta laguna legal".
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