El Gobierno regula las ayudas a los afectados por la reestructuraci¨®n de empresas
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto por el que se establecen las normas especiales para la concesi¨®n de ayudas extraordinarias a trabajadores afectados por procesos de reestructuraci¨®n de empresas.
Seg¨²n la rese?a, se trata de ayudas extraordinarias para atender situaciones de urgencia y necesidad socio-laboral que permitan paliar las consecuencias sociales derivadas de los procesos de reestructuraci¨®n de empresas.
Estas ayudas se podr¨¢n conceder en los casos en los que en el acuerdo alcanzado en el periodo de consultas del procedimiento de despido colectivo se incluya la constituci¨®n de un plan de rentas.
?ste podr¨¢ ser un pago de un subsidio o de una cantidad destinada al pago por el trabajador del convenio especial con la Seguridad Social.
En este caso, la aportaci¨®n del Ministerio de Empleo al plan de rentas no podr¨¢ superar en su conjunto el 40 % del importe total del mismo.
Las ayudas ser¨¢n compatibles con las prestaciones del Fondo de Garant¨ªa Salarial a que tengan derecho los beneficiarios como consecuencia de la insolvencia de su empresa.
Tambi¨¦n podr¨¢n concederse directamente a los trabajadores, en r¨¦gimen de pago ¨²nico, ayudas extraordinarias por una cuant¨ªa equivalente a la reposici¨®n de las prestaciones contributivas por desempleo consumidas durante los per¨ªodos de suspensi¨®n de los contratos o de reducci¨®n de jornada, siempre que no se tenga derecho a ellas en virtud de cualquier otra norma.
Los trabajadores incluidos en un plan de rentas y que est¨¦n desempe?ando una actividad remunerada en el momento de la concesi¨®n de la ayuda, tambi¨¦n se les podr¨¢ reconocer el derecho a ella, pero su cobro quedar¨¢ suspendido hasta que el trabajador se encuentre en situaci¨®n legal de desempleo.
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