La UE decide que solo ser¨¢ "sangr¨ªa" lo que se produzca en Espa?a y Portugal
El Parlamento Europeo ha dado hoy el visto bueno al uso exclusivo de la denominaci¨®n "sangr¨ªa" para identificar la bebida producida en Espa?a y Portugal.
En el resto de Estados miembros el t¨¦rmino "sangr¨ªa" solo podr¨¢ utilizarse como complemento de la denominaci¨®n "bebida aromatizada a base de vino", seguida obligatoriamente del pa¨ªs de procedencia.
Los diputados aprobaron por 609 votos a favor, 72 en contra y 4 abstenciones la propuesta, incluida en la nueva normativa sobre el etiquetado y la protecci¨®n de las indicaciones geogr¨¢ficas de los productos vitivin¨ªcolas aromatizados.
La legislaci¨®n, sobre la que ya hab¨ªa un acuerdo entre el Parlamento Europeo y el Consejo -pa¨ªses de la Uni¨®n-, defiende que se puedan aplicar "disposiciones particulares" en el caso de los productos tradicionales, como la sangr¨ªa.
La medida tiene por objetivo proteger el t¨¦rmino sangr¨ªa, originario de Espa?a y Portugal, y circunscribir su uso en otros Estados miembros a la informaci¨®n complementaria o facultativa del producto.
Los Estados miembros tendr¨¢n un plazo de un a?o para aplicar la nueva norma, que tambi¨¦n circunscribe a Espa?a el uso de la denominaci¨®n "clarea".
El eurodiputado socialista Andr¨¦s Perell¨® dijo hoy que se hab¨ªa "hecho justicia a una de nuestras bebidas m¨¢s tradicionales que, hasta ahora, se ve¨ªa obligada a compartir mercado en igualdad de condiciones con las de otros pa¨ªses donde no es aut¨®ctona".
Seg¨²n afirm¨® este eurodiputado en un comunicado, "no se trata de impedir que nadie fabrique este tipo de vinos aromatizados all¨¢ donde se quiera, pero a partir de ahora nuestros sectores tradicionales gozar¨¢n de la seguridad jur¨ªdica que les da la denominaci¨®n exclusiva para Espa?a y Portugal".
El nuevo reglamento actualiza las denominaciones de venta y las adapta a la normativa sobre informaci¨®n al consumidor.
Adem¨¢s, adec¨²a las normas a los requisitos de la Organizaci¨®n Mundial del Comercio (OMC), define los criterios de reconocimiento de las indicaciones geogr¨¢ficas y establece reglas para las ya existentes.
El acuerdo sobre la legislaci¨®n se ha producido tras dos a?os de negociaciones.
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