Rebaja del impuesto sobre Sociedades al 20% con menos deducciones
El primer paso ser¨ªa una rebaja de cinco puntos, hasta el 25% Se suprimir¨ªa la diferencia entre grandes sociedades y pymes
Los expertos de la reforma fiscal, que este viernes han explicado la propuesta entregada al Gobierno, critican a fondo el Impuesto de Sociedades actual y proponen una rebaja del tipo actual del 30% hasta el 25% inicialmente y luego al 20% acompa?ada de una eliminaci¨®n de deducciones.
La filosof¨ªa de la Comisi¨®n respecto a la reforma del Impuesto sobre Sociedades es tambi¨¦n la de eliminar algunos de los beneficios fiscales existentes para permitir una reducci¨®n significativa de los tipos legales del impuesto, que son muy relevantes para incentivar tanto la inversi¨®n dom¨¦stica como la extranjera, en particular en un contexto de fuerte y creciente competencia internacional. El objetivo es aproximar los tipos efectivos de gravamen a los tipos legales, de forma que se faciliten las decisiones de inversi¨®n y se impidan estrategias empresariales decididas por motivaciones fiscales.
Los expertos critican que el Impuesto sobre Sociedades espa?ol se caracteriza en la actualidad por la existencia de tipos de gravamen nominales elevados que coexisten con tipos efectivos reducidos para las empresas que son capaces de optimizar las numerosas deducciones que contiene el tributo. Al mismo tiempo, la existencia de dos tipos de gravamen y dos reg¨ªmenes impositivos en funci¨®n del volumen del negocio, genera desincentivos al crecimiento de las empresas, con consecuencias negativas para la productividad de la econom¨ªa. Adem¨¢s, el impuesto sigue manteniendo su sesgo tradicional en favor del endeudamiento de las empresas, dado el trato favorable que recibe la financiaci¨®n mediante deuda frente a la emisi¨®n de capital. Finalmente, sus deducciones generan elevados costes recaudatorios sin apenas efectos positivos sobre la econom¨ªa nacional.
La propuesta b¨¢sica de la Comisi¨®n es la de reducir el tipo nominal del impuesto de manera significativa, desde el 30% actual, que se encuentra entre los m¨¢s elevados de los pa¨ªses de nuestro entorno, hasta los alrededores del 20%. Pero esa reducci¨®n deber¨ªa efectuarse por etapas, con una posici¨®n intermedia situada quiz¨¢ en las proximidades del 25%. En paralelo, deber¨ªa suprimirse el r¨¦gimen especial de las empresas de reducida dimensi¨®n existente hoy, pues suele tener efectos muy negativos sobre la productividad, dado que supone un desincentivo para el crecimiento de las empresas, lo que les impide beneficiarse de las econom¨ªas de escala.
Menos deducciones
En relaci¨®n con las deducciones, la Comisi¨®n propone establecer una tributaci¨®n m¨ªnima en el r¨¦gimen de exenci¨®n para evitar la doble imposici¨®n internacional por el impuesto extranjero que grave a la entidad participada. Esa tributaci¨®n m¨ªnima podr¨ªa fijarse a trav¨¦s del nivel del tipo impositivo, pudiendo servir de referencia el tipo m¨¢s bajo del Impuesto sobre Sociedades en la Uni¨®n Europea, que se sit¨²a hoy en el 10%. Se propone, adem¨¢s, la supresi¨®n de la deducci¨®n por actividades de investigaci¨®n y desarrollo e innovaci¨®n tecnol¨®gica, la deducci¨®n por inversi¨®n de beneficios, la deducci¨®n por inversiones medioambientales, la deducci¨®n por reinversi¨®n de beneficios extraordinarios y las deducciones por creaci¨®n de empleo, entre otras de menor cuant¨ªa, por considerarlas poco eficientes para el logro de los objetivos que persiguen y suponer, sin embargo, un importante coste recaudatorio.
Como complemento a la limitaci¨®n de los gastos financieros recientemente aprobada por el Gobierno, la Comisi¨®n ha analizado distintas v¨ªas para reducir de forma gradual el sesgo al endeudamiento a que incita el Impuesto sobre Sociedades. A tales efectos la Comisi¨®n propone considerar como fiscalmente no deducible el importe de los gastos financieros netos que se deriven de un exceso de endeudamiento sobre el equilibrio entre fondos propios y deudas respecto al total de los activos. En paralelo, propone que se establezca un umbral de deducibilidad fiscal de los gastos financieros netos que quiz¨¢ podr¨ªa fijarse, como m¨¢ximo, en un mill¨®n de euros.
La Comisi¨®n propone tambi¨¦n que se efect¨²e una revisi¨®n en profundidad de los actuales coeficientes fiscales de amortizaci¨®n con la finalidad de conseguir su simplificaci¨®n y su mejor ajuste a la vida ¨²til de los activos. Hasta que esta revisi¨®n se lleve a efecto, la Comisi¨®n considera que deber¨ªa prorrogarse la actual limitaci¨®n de las amortizaciones al 70% de los coeficientes m¨¢ximos. En esa misma l¨ªnea la Comisi¨®n propone la supresi¨®n de los vigentes reg¨ªmenes de libertad de amortizaci¨®n y de amortizaci¨®n acelerada. Asimismo, dado que el Impuesto sobre Sociedades es m¨¢s generoso que la norma contable en relaci¨®n a la posibilidad de amortizaci¨®n del fondo de comercio y del inmovilizado intangible de vida ¨²til indefinida, propone establecer con car¨¢cter permanente un porcentaje de deducci¨®n reducido, para ambos supuestos.
Tambi¨¦n propone la Comisi¨®n que las p¨¦rdidas contables no realizadas no sean objeto de deducci¨®n en el impuesto hasta su efectiva realizaci¨®n por amortizaci¨®n, enajenaci¨®n o baja del activo correspondiente.
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