Los bancos deben informar de toda transacci¨®n con billetes de 500 euros
Hacienda gana un pleito en el Tribunal Supremo para fiscalizar operaciones bancarias
Los usuarios de billetes de 500 euros deben tener cuidado porque Hacienda tiene potestad para vigilarles de cerca. Una sentencia del Tribunal Supremo obliga a los bancos a informar con detalle a la Agencia Tributaria de los clientes que realicen cualquier tipo de operaci¨®n con billetes de 500 euros as¨ª como de las operaciones de m¨¢s de 10.000 euros cualquiera que sea el valor facial de los billetes utilizados.
El fallo, del pasado mes de febrero, revoca una sentencia anterior de la Audiencia Nacional atendiendo un recurso de la Abogac¨ªa del Estado que pleiteaba con el Banco Pastor (absorbido luego por el Banco Popular) que se neg¨® a finales de 2006 a aportar la informaci¨®n requerida por la Oficina Nacional de Investigaci¨®n del Fraude (ONIF) sobre operaciones de caja con billetes de 500 euros, as¨ª como de movimientos de m¨¢s de 10.000 euros, seg¨²n la sentencia. Desde marzo de 2011, las entidades deben informar a la Agencia Tributaria de las pagos y cobros en met¨¢lico de m¨¢s de 3.000 euros.
Un foco de fraude
El debate sobre la conveniencia de prohibir los billetes de 500 euros porque son un foco de fraude est¨¢ instalado en la UE. Los partidarios de su desaparici¨®n alegan que casi nunca se utilizan en la econom¨ªa real y que, por el contrario, facilitan movimientos de capitales ilegales y la econom¨ªa sumergida.
El debate se aviv¨® cuando las autoridades brit¨¢nicas decidieron, en mayo de 2010, retirar de la circulaci¨®n del pa¨ªs los billetes de 500 euros por su frecuente uso en actividades criminales. La decisi¨®n fue tomada tras una investigaci¨®n de la Agencia contra el Crimen Organizado, el Tesoro y el Ministerio del Interior, que revel¨® que un 90% de los billetes de ese valor que entraban en el Reino Unido se utilizaban en transacciones ilegales.
En Espa?a, Hacienda tambi¨¦n sigue de cerca estas operaciones. Una investigaci¨®n de la Agencia Tributaria revel¨® que entre 2007 y 2009 la circulaci¨®n de billetes de 500 euros motiv¨® un fraude de 750 millones.
El PSOE, a iniciativa de su secretario general, Alfredo P¨¦rez Rubalcaba, propuso el pasado a?o eliminar estos billetes como medida de lucha contra el crimen organizado y la evasi¨®n de capitales, aunque durante el mandato de su Gobierno se neg¨® a adoptar esa medida. Los inspectores de Hacienda tambi¨¦n la incluyen como una medida contra el fraude y ampl¨ªan la abolici¨®n a todas las transacciones con billetes de 200 euros. El gobernador del Banco de Espa?a, Luis Linde, dijo no tener claro un criterio sobre el tema.
En concreto, las entidades financieras deben identificar a las personas que motivaron los movimientos de efectivo de cada una de las operaciones, con el NIF (o DNI), y notificar el importe en euros. Asimismo, deben dar justificaci¨®n tanto contable, con cuenta de contrapartida, como documental, de los movimientos de caja, cuyo importe unitario sea superior a 10.000 euros, cualquiera que sea el valor facial de los billetes utilizados incluyendo albaranes de entrega o recogida de efectivo por las compa?¨ªas de transporte de fondos.
Tambi¨¦n en este caso, cuando sea conocida por la entidad, se precisa la identidad de las personas f¨ªsicas que realizaron esas operaciones, y la calidad en la que act¨²an, ya sea como titulares, en inter¨¦s propio, o como representantes, empleados o autorizados de otras personas f¨ªsicas o jur¨ªdicas. Deben facilitar adem¨¢s la identificaci¨®n de las cuentas a las que se hayan cargado, en su caso, cheques bancarios pagados por caja, as¨ª como de sus titulares.
La sentencia argumenta que la informaci¨®n demandada por la ONIF ten¨ªa trascendencia tributaria y, por tanto, se correspond¨ªa con las obligaciones de informaci¨®n de la Ley General de Tributaria, con el objeto de detectar actividades u operaciones fraudulentas de contribuyentes a inspeccionar.
Refuta as¨ª las tesis defendidas por el Pastor y que atendi¨® la anterior sentencia de la Audiencia Nacional, de que la informaci¨®n requerida era en el fondo ¡°una informaci¨®n cuasi estad¨ªstica¡±, cuyo inter¨¦s para la Hacienda se puede cumplimentar con el deber de informaci¨®n peri¨®dico o temporal, incluso con otras instituciones como el Banco de Espa?a ¡°pero sin trascendencia tributaria con anterioridad a la emisi¨®n de dicho requerimiento, al no identificarse a los obligados tributarios cuyo incumplimiento de informaci¨®n o cumplimiento de sus deberes fiscales se sospeche¡±, a?ad¨ªa.
Por el contrario, la sentencia del Supremo se?ala que el requerimiento de la informaci¨®n por parte de Hacienda permite ¡°poder planificar la actuaci¨®n de la inspecci¨®n, optimizando los siempre escasos recursos administrativos¡± y que, por su propia naturaleza, no se refiere a operaciones concretas, sino a colectivos de personas u operaciones. ¡°Por tanto es clara la utilidad directa de la informaci¨®n solicitada, para la adecuada planificaci¨®n inspectora, junto con la que tambi¨¦n puede tener en la futura comprobaci¨®n y prueba de los hechos¡±, dice el Supremo.
La cuant¨ªa de los billetes de 500 euros en circulaci¨®n en Espa?a se situ¨® en 39.609 millones de euros en febrero pasado, el nivel m¨¢s bajo desde mayo de 2005, y un 12,9% menos que hace un a?o, seg¨²n el Banco de Espa?a. Los billetes de alta denominaci¨®n acumulan 20 meses consecutivos a la baja. No obstante, se trata el pa¨ªs de la Uni¨®n Europea en el que m¨¢s billetes de este valor facial circulan, aproximadamente la cuarta parte del total de la Uni¨®n. En Espa?a circulan billetes por valor de 52.858 millones de euros, lo que supone que los de 500 euros representan el 75% del total por valor y corresponden a un total de 79 millones de billetes de alta denominaci¨®n, frente a los 91 millones que hab¨ªa un a?o antes.
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