Seguros obligatorios de la hipoteca ?seguro?
Ciertas pr¨¢cticas abusivas han llevado al Parlamento Europeo a aprobar la prohibici¨®n, mediante Directiva, de vincular seguros e hipotecas
Entre noviembre de 2008 y noviembre de 2013 hemos pasado, solo en la Comunidad Aut¨®noma de Madrid, de 4.633 hipotecas concedidas con un importe medio de 300.244 € a tan solo 2.535 pr¨¦stamos, con una media de 178.602 €
Esos datos implican un frenazo espectacular en el negocio bancario a largo plazo. Unido a otras muchas tensiones internas, coyunturales y globales configuran un panorama inquietante.
Tal vez por ello se aprecia una especial deriva a la generaci¨®n de ingresos por otras v¨ªas. Entre otras, la colocaci¨®n de seguros a sus clientes. Dicha colocaci¨®n tiene varios modus operandi, como la venta tradicional a trav¨¦s de sus redes y otra f¨®rmula que, con demasiada y creciente frecuencia, levanta ampollas tanto entre sus clientes como entre su m¨¢s directa competencia: los mediadores de seguros.
Tanto es as¨ª que recientemente hemos asistido a ciertos hitos que vienen a poner en tela de juicio la forma en que son comercializados los seguros en dicho canal bancario: por una parte el monumental enfado de ciertos directivos del sector asegurador, de Colegios y Asociaciones Profesionales que han denunciado un problema que era vox p¨®puli dado que se investigan los recibos domiciliados por los clientes para contra ofertar seguros, algo que viola las m¨¢s elementales reglas de competencia y protecci¨®n de datos.
Ciertas pr¨¢cticas abusivas han llevado al Parlamento Europeo a aprobar la prohibici¨®n, mediante Directiva, de vincular seguros e hipotecas. En Espa?a esta pr¨¢ctica no solo viene siendo denunciada por los mediadores de seguros, sino tambi¨¦n por asociaciones de consumidores como ADICAE.
Para todo espa?ol de cierta edad el banco era un lugar de conocimiento y confianza. Tal vez por esa carga cultural tendemos a creernos lo que all¨ª se nos dice. Pero as¨ª como en ciertas entidades se han vendido Preferentes, Swaps y otros productos que hoy sabemos t¨®xicos tambi¨¦n, es cierto que no siempre se hacen bien las cosas en materia de seguros. Si el banco nos dice que es obligatorio un seguro de hogar y otro de vida asociados al pr¨¦stamo hipotecario nos lo creemos, confiados. Hasta nos vendieron esos mal llamados "seguros de protecci¨®n de pr¨¦stamos" (que nunca fueron operaciones de seguro). Se firma, porque se quiere la casa, pero las dudas nos asaltan ?son realmente obligatorios? ?Puedo cancelarlos?
Si atendemos a la informaci¨®n que facilita el Consejo General del Notariado, llama la atenci¨®n que ni siquiera cite los seguros entre los controles a ejercer por el notario. El Banco de Espa?a habla de que el banco podr¨¢ "ofrecer" lo cual dista mucho de "obligar" y recomienda al cliente "elegir" entre opciones la m¨¢s adecuada. Tenemos otra fuente en los Criterios del Servicio de Reclamaciones de la Direcci¨®n General de Seguros, donde se aclara que la Ley solo establece la obligatoriedad de contar con un seguro de hogar si el pr¨¦stamo se tituliza. En caso contrario el seguro de hogar, simplemente, es completamente voluntario, facultativo.
Nadie hallar¨¢ una sola Ley donde se indique que un seguro de vida es obligatorio al formalizar un pr¨¦stamo.
Por tanto, no es correcto hablar de seguros obligatorios ¨C salvo la titulizaci¨®n ya citada - y mucho me temo que estemos ante contratos ... obligados. Y para estos casos la ley Ley 3/2014?de Consumidores y Usuarios declara abusivas ciertas pr¨¢cticas que limitan los derechos o confunden al consumidor.
Tambi¨¦n esa?Ley 3/2014 nos habla del Derecho de desistimiento, de echar para atr¨¢s los contratos que no deseamos. Esa es la primera v¨ªa legal para cancelar seguros que no deseamos o que no deseamos contratar con quien nos los impone. La libertad de elegir es un Derecho irrenunciable para todo consumidor y cualquier cl¨¢usula contraria a ese Derecho es nula.
Tampoco es ¨¦tico ofrecer un precio razonable solo si se contratan esos productos vinculados y penalizar, castigar, si el consumidor decide confiar su protecci¨®n a otras soluciones; adem¨¢s de ser bastante c¨ªnico llamar a eso "bonificar".
Para el seguro de hogar bastar¨¢ con ejercer el Derecho de Desistimiento previsto en el art 78 de la citada Ley 3/2014 en el plazo de catorce d¨ªas si el banco nos inform¨® del Derecho de Desistimiento o de doce meses si no lo hizo. Recordemos que podemos justificar existencia de seguro con un certificado del seguro de la comunidad por el porcentaje de copropiedad sobre la suma asegurada total del edificio. Eso es ahorro.
A veces ante el riesgo de anulaci¨®n en a?os futuros el banco pretende asegurarse el ingreso por comisiones cobrando la prima del seguro de toda la duraci¨®n por adelantado. Es lo que se llama una "prima ¨²nica". Si no contamos con liquidez para pagar por adelantado es habitual que financien la prima dentro de la hipoteca. A un 4% de inter¨¦s promedio un seguro de 10.000 € a 30 a?os acabar¨¢ costando 17.187 €; seguro que contratado de otro modo costar¨ªa menos, ofreciendo m¨¢s renta disponible a la familia, pero adem¨¢s al financiarse dentro de la hipoteca puede generar conflictos con Hacienda (el seguro no es vivienda). Tal vez en 30 a?os la posibilidad de una amortizaci¨®n anticipada o un divorcio acaben convirtiendo ese seguro en in¨²til, en un gasto est¨²pido.
Afortunadamente es muy f¨¢cil echar atr¨¢s un seguro de vida: tan solo tenemos que recurrir al art¨ªculo 83.a de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro por el que cualquier tomador de un seguro de vida tiene la facultad de anularlo en los 30 d¨ªas siguientes a la recepci¨®n de la p¨®liza. Sin tener que dar ninguna explicaci¨®n. Un burofax al asegurador (no al banco) y eso es todo cuanto hay que hacer. Por cierto, como la Ley 50/1980 es imperativa (art 2?) no hay nada que negociar, basta con cumplir la Ley.
Recomiendo muy sinceramente contar con un seguro de hogar y, al menos, otro de vida. Pero libremente contratados, de acuerdo con las necesidades de cobertura particulares y asistidos -si se quiere- por profesionales.
Carlos Lluch, experto independiente de iAhorro.com
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