La Audiencia Nacional declara nulos los 821 despidos de Coca-Cola
Los jueces consideran que la embotelladora no realiz¨® adecuadamente el proceso de fusi¨®n Obliga a la readmisi¨®n de los despedidos pero la empresa dice que recurrir¨¢ al Supremo
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha declarado nulo el proceso de despido colectivo de 1.190 trabajadores puesto en marcha por Coca-Cola Iberian Partners (CCIP), de los que finalmente ejecut¨® 821, y que supuso el cierre de las f¨¢bricas de Fuenlabrada (Madrid), Mallorca, Alicante y Asturias. Adem¨¢s, obliga a la readmisi¨®n de los despedidos, con abono de los salarios dejados de percibir. La sentencia considera que la compa?¨ªa, que llev¨® a cabo los despidos el pasado mes de abril, no realiz¨® adecuadamente el proceso de fusi¨®n por el que ocho embotelladoras se unieron en una, y no comunicaron el cambio de empresa a los representantes de los trabajadores. Tambi¨¦n destaca que no se inform¨® como correspond¨ªa a los sindicatos de los planes de reestructuraci¨®n y que se produjeron pr¨¢cticas de esquirolaje (que tambi¨¦n reconoci¨® Inspecci¨®n de Trabajo), al trasladar la distribuci¨®n de producto de las plantas en huelga a otras en activo.
La empresa considera "incomprensible" la nulidad y dice que "no afecta a la situaci¨®n de las cuatro plantas que se han cerrado"
La sentencia de la Audiencia Nacional abre un panorama complicado a la embotelladora de Coca-Cola, ya que las cuatro f¨¢bricas que cerr¨® y donde se produjeron los despidos (las cartas de despido se enviaron en abril), llevan ya tiempo sin funcionamiento. La soluci¨®n a este conflicto no ser¨¢ f¨¢cil, porque buena parte de los trabajadores, especialmente los de la planta de Fuenlabrada, ya advirtieron de que no aceptar¨ªan pactar despidos, aunque sobre la mesa hubiera indemnizaciones muy cuantiosas. El comit¨¦ de empresa defendi¨® en enero que solo negociar¨¢n si la empresa acepta un plan industrial que pase por mantener los puestos de trabajo en Madrid. Y la compa?¨ªa se niega a mantener esa f¨¢brica abierta. Durante el periodo de negociaci¨®n del ERE ofreci¨® traslados a otra ciudad e indemnizaciones de 45 d¨ªas por a?o trabajado con un tope de 42 mensualidades. No hubo acuerdo, porque supon¨ªa destruir los puestos de trabajo.
Marcos de Quinto: "Las f¨¢bricas seguir¨¢n cerradas"
Marcos de Quinto, presidente de Coca-Cola Espa?a, ha salido a defender a la embotelladora a trav¨¦s de Twitter. El ejecutivo, que ha utilizado esta red social en multitud de ocasiones para criticar a los sindicatos que han negociado el ERE en Coca-Cola Iberian Partners, ha asegurado que los despidos seguir¨¢n adelante. "Las fabricas que cerraron seguir¨¢n cerradas, la sentencia se recurrir¨¢ y el ERE seguir¨¢", ha dicho en su cuenta de Twitter.
Tras conocerse la sentencia que anula los despidos de Coca-Cola esta ma?ana, en la red social muchos usuarios han comenzado a interpelar a De Quinto, muy activo habitualmente en Twitter. La respuesta del presidente de Coca-Cola se ha hecho esperar, pero ha llegado a media tarde. Adem¨¢s de comunicar que el ERE seguir¨¢ adelante, ha vuelto a criticar a los sindicatos: "El aparente triunfo sindical no lo es para los trabajadores: mientras los primeros brindan, los segundos rezan", ha dicho.
"Vamos a exigir la reincorporaci¨®n de los trabajadores", ha se?alado Jos¨¦ Vicente Canet, Secretario de Acci¨®n Sindical de la federaci¨®n agroalimentaria de CC OO, que ha explicado que el sindicato est¨¢ estudiando el fallo, que acaba de conocer. CSIF, por su parte, exige a la empresa su ejecuci¨®n "eliminando as¨ª sufrimiento e incertidumbre de los trabajadores afectados" y le pide que abra una negociaci¨®n para dar una soluci¨®n "razonable" al conflicto. UGT, en un comunicado, tambi¨¦n ha pedido que la compa?¨ªa proceda a solucionar "sus problemas empresariales abriendo una negociaci¨®n con las centrales sindicales en la que el empleo no se vea afectado".
Pero la empresa, de momento, no tiene intenci¨®n de acatar la sentencia. Ha confirmado que recurrir¨¢ la decisi¨®n ante el Supremo, aunque los sindicatos tienen la posibilidad de solicitar en la Audiencia Nacional la ejecuci¨®n de la misma si no negocian un acuerdo con la empresa. El fallo afecta ¨²nica y exclusivamente a los trabajadores que hayan sido despedidos en virtud del despido colectivo impugnado y no a los que hayan cesado su relaci¨®n laboral por otras causas.
Tras la decisi¨®n de la Audiencia Nacional, la filial espa?ola de la multinacional Coca-Cola (no la embotelladora) ha sido quien ha emitido un comunicado, en el que se?ala que la nulidad de los despidos es "incomprensible" y asegura que la sentencia "no afecta a la situaci¨®n de las cuatro plantas que se han cerrado". Tampoco supone "la reincorporaci¨®n autom¨¢tica de los trabajadores afectados, que tendr¨¢n que aguardar a una sentencia firme tras el recurso", advierte la multinacional. Dice que la sentencia genera "incertidumbre" sobre los trabajadores que se acogieron al plan voluntario de salidas o traslados y considera si no "hay que plantearse si esta sentencia no acabar¨¢ perjudicando finalmente a los intereses de los trabajadores".
Las cuatro f¨¢bricas que cerr¨® Coca-Cola y donde deber¨¢n reincorporarse los despedidos llevan tiempo sin producci¨®n
La empresa considera contradictorio que "la sentencia valide que el embotellador s¨ª es un grupo de empresas y que la mesa de negociaci¨®n estaba bien constituida", y que no cuestione la justificaci¨®n del ERE (realizado por causas organizativas), pero que aun as¨ª tome la decisi¨®n de anular los despidos. "La raz¨®n por la que la sentencia declara nulo el proceso es que no se dio a la representaci¨®n sindical un plan industrial claro que hubiera ayudado a entender la complejidad de todo el proceso, lo que no hab¨ªa sido cuestionado por los sindicatos ni es un requisito exigido por la ley. Adem¨¢s, el embotellador entreg¨® a los representantes de los trabajadores toda la documentaci¨®n precisa para explicar dicho plan", defiende.
Los sindicatos piden la readmisi¨®n inmediata
La sentencia de la Sala de lo Social estima las demandas de los sindicatos UGT, CC OO y CSIF contra la decisi¨®n extintiva de la empresa, que argument¨® causas organizativas y productivas para poner en marcha esa medida. La resoluci¨®n de la Sala explica que el origen del conflicto viene de la fusi¨®n de las ocho embotelladoras que la marca ten¨ªa en la pen¨ªnsula ib¨¦rica en una sola, en un proceso de integraci¨®n del que result¨® Coca-Cola Iberian Partners como compa?¨ªa autorizada para preparar y envasar las bebidas en Espa?a y Portugal.
Fruto de esa fusi¨®n, la compa?¨ªa puso en marcha una serie de ajustes que le permitieran un ahorro de costes, entre los que estaba reducir la plantilla a trav¨¦s de diferentes medidas como las prejubilaciones, las bajas incentivadas o las recolocaciones, as¨ª como los despidos forzosos en caso de que no se llegara al objetivo de la reestructuraci¨®n. Los sindicatos se negaron a aceptar el acuerdo si ello supon¨ªa el cierre de f¨¢bricas, como efectivamente ocurri¨® con las de Fuenlabrada, Palma de Mallorca, Alicante y Asturias.
Ahora, la Sala de lo Social declara nulo el despido colectivo por cuanto el nuevo empleador es un grupo de empresas laboral que nunca se ha constituido formalmente como empresario, no habiendo informado ni negociado el cambio de empresario con los representantes de los trabajadores, que se encontraron sorpresivamente dicho cambio al ser convocados para negociar el despido colectivo, a pesar de mantenerse de alta cada uno para su empresa respectiva. ¡°Se ha producido, por tanto, un completo y manifiesto incumplimiento de las obligaciones de informaci¨®n, consulta y negociaci¨®n en el supuesto de cambio de titularidad de la empresa. Y no se trata de un incumplimiento situado en el pasado (¡) es un incumplimiento que se mantiene en el presente y se proyecta sobre el periodo de consultas del despido colectivo, porque en ese momento la informaci¨®n y documentaci¨®n sobre la constituci¨®n del grupo era todav¨ªa incompleta¡±, dicen los jueces.
A?aden que la forma de proceder ¡°al constituir el ¨¢mbito del despido sin ni siquiera haber informado a los trabajadores del cambio de empresario no puede en modo alguno considerase conforme con una m¨ªnima exigencia de buena fe negocial. Concurre por ello causa de nulidad del despido colectivo¡±, subrayan.
Falta de informaci¨®n sobre la reestructuraci¨®n
En relaci¨®n con la falta de informaci¨®n facilitada por la empresa, la sentencia tambi¨¦n explica que Coca-Cola Iberian Partners debi¨® haber entregado a la comisi¨®n negociadora un plan detallando los planes de reestructuraci¨®n respecto de la producci¨®n. ¡°No se ha proporcionado la informaci¨®n reclamada por los representantes de los trabajadores durante la negociaci¨®n (¡) sobre cu¨¢l era la forma de distribuir la producci¨®n entre plantas y l¨ªneas antes de la reestructuraci¨®n y c¨®mo se prev¨¦ hacerlo despu¨¦s. Y esa informaci¨®n s¨ª era relevante para valorar las causas y negociar sobre la posibilidad de evitar o reducir los despidos y sus efectos, por lo que esa omisi¨®n informativa s¨ª se anuda a la consecuencia de la nulidad del despido¡±, recalcan los magistrados.
La Sala acepta otro de los argumentos de los demandantes respecto a la irregularidad de las pr¨¢cticas de ¡°esquirolaje¡± puestas en pr¨¢ctica por la compa?¨ªa de bebidas durante la huelga masiva de los trabajadores de la planta de Fuenlabrada. El fallo considera que la empresa "desactiv¨®" de forma "il¨ªcita el ejercicio de la huelga por parte de los trabajadores".
La conducta, describe la sentencia, consisti¨® en modificar las rutas de distribuci¨®n del producto de otras factor¨ªas para suministrar producto a Madrid, algo que tambi¨¦n da un argumento para dictar la nulidad, dado que de esa forma se desactiv¨® la eficacia de la huelga, que es un instrumento l¨ªcito de los trabajadores en el marco de la negociaci¨®n del despido colectivo. En este punto, la resoluci¨®n, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, recuerda que la Inspecci¨®n de Trabajo y Seguridad Social investig¨® esos hechos y los consider¨® contrarios al derecho fundamental de huelga.
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