?C¨®mo solicitar las nuevas ayudas fiscales para familias y dependientes?
La Agencia Tributaria ampl¨ªa el plazo hasta el 31 de marzo para reclamar los nuevos cheques familiares de 100 euros mensuales
La Agencia Tributaria ha ampliado el plazo para que los contribuyentes soliciten los nuevos cheques familiares de 100 euros, aprobado hace unas semanas tras el anuncio del presidente del Gobierno en el Debate sobre el Estado de la Naci¨®n. Las familias monoparentales con dos hijos y a perceptores de prestaciones por desempleo o de pensiones de los reg¨ªmenes p¨²blicos de previsi¨®n social y asimilados que formen parte de una familia numerosa, o que tengan a su cargo ascendientes o descendientes discapacitado tendr¨¢n hasta el pr¨®ximo 31 de marzo para solicitar las nuevas ayudas.
El Gobierno ya aprob¨® con la reforma fiscal nuevos impuestos negativos a las familias numerosas, para aquellas de categor¨ªa especial y a los contribuyentes con ascendientes o descendientes dependientes que se suman al que ya se conced¨ªan a las madres trabajadores con hijos de menos de tres a?os. Estas ayudas, que son acumulables, consisten en una deducci¨®n de 1.200 euros sobre la cuota a pagar. Hacienda permite solicitar el anticipo de esta deducci¨®n mediante un cheque mensual de 100 euros.
Ahora el Ministerio de Hacienda vuelve a abrir la puerta para solicitar el cobro anticipado de las deducciones sobre las que se haya generado derecho entre enero y marzo para todos los beneficiarios de los cheques familiares.
C¨®mo solicitar el cheque mensual
Para beneficiarse del cheque mensual de 100 euros al mes se debe rellenar el modelo 143 de la Agencia Tributaria. Para cumplimentarlo debe acudir a la p¨¢gina web de la Agencia (www.aeat.es) y pinchar sobre el banner de Sede Electr¨®nica. En el ep¨ªgrafe de Tr¨¢mites destacados pinchar en el cap¨ªtulo de Presentar y Consultar declaraciones. Una vez dentro, se busca el modelo 143.
Para presentarlo se pueda hacer a trav¨¦s de las v¨ªas telem¨¢ticas que Hacienda pone a disposici¨®n de los contribuyentes: Cl@ave, PIN 24 horas, DNI electr¨®nico o mediante certificado digital.
La solicitud tambi¨¦n se puede formalizar por tel¨¦fono (901 200 345) y en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.
Cuando existan varios beneficiarios de una misma deducci¨®n, el abono anticipado se solicita de manera colectiva o individual, elecci¨®n que se podr¨¢ modificar para las distintas deducciones en enero de cada a?o.
En el caso de la solicitud colectiva, deben suscribir la solicitud todos los solicitantes que pudieran tener derecho a la deducci¨®n. Quien figure como primer solicitante debe cumplir los requisitos para el abono de la deducci¨®n en el momento en que se presente la solicitud y ser¨¢ quien reciba la transferencia bancaria mensual. Si los beneficiarios optan, en cambio, por la solicitud individual, el importe de la deducci¨®n se divide entre los distintos solicitantes por partes iguales.
Requisitos para reclamarlo
1. T¨ªtulo de familia numerosa y/o certificado de discapacidad: los solicitantes deben comprobar que cuentan con la documentaci¨®n acreditativa de familia numerosa y el certificado de discapacidad del ascendiente o descendiente. Las Comunidades Aut¨®nomas env¨ªan directamente esta documentaci¨®n a la Agencia Tributaria.
2. N¨²mero de Identificaci¨®n Fiscal (NIF) de todos los solicitantes que figuren en la solicitud, as¨ª como de los descendientes y ascendientes con discapacidad. Para menores de 14 a?os que no cuenten con NIF se puede solicitar un NIF con la letra ¡®K¡¯ de menores en las oficinas de la Agencia Tributaria.
3. Alta en la Seguridad Social o mutualidad y plazos m¨ªnimos de cotizaci¨®n (en las solicitudes colectivas basta con que el requisito lo cumpla quien figure como primer solicitante), excepto pensionistas y desempleados.
Para subsanar errores en el modelo o ampliar los supuestos de ayuda
Los solicitantes que en meses anteriores hayan presentado con errores el modelo 143 de solicitud de pago anticipado podr¨¢n agilizar el cobro subsan¨¢ndolos por Internet o por tel¨¦fono, o solicitar cita previa por internet para atenci¨®n personalizada en las oficinas de la Agencia Tributaria. En unos casos deber¨¢n completar la solicitud ya presentada y en otros sustituirla por una nueva.
En el caso de las sustituciones, podr¨¢n aprovechar la ampliaci¨®n del plazo para solicitar el pago y tener derecho de cobro anticipado desde enero.
Cuando se trate de completar una solicitud ya presentada (por ejemplo, cuando no se hubiesen incluido a todos los beneficiarios en las solicitudes colectivas), el defecto formal se puede solventar accediendo, con ¡®Cl@ve¡¯, ¡®PIN 24 horas¡¯ o certificado electr¨®nico de los beneficiarios que deben adherirse, al tr¨¢mite "Adhesi¨®n a solicitud colectiva (resto de solicitantes)". Se debe seleccionar la solicitud a la que le falta la adhesi¨®n y, en la identificaci¨®n del beneficiario no recogido en la solicitud inicial, se debe hacer ¡®clic¡¯ en la opci¨®n "Adherirse".
Para el caso de consignaci¨®n incorrecta de beneficiarios, el solicitante podr¨¢ dar de baja la solicitud y presentar una nueva. Para ello, el solicitante debe entrar en el tr¨¢mite Consulta de detalle y tramitaci¨®n y, en el apartado de Servicios disponibles, pinchar en la opci¨®n Baja de solicitud. Posteriormente, debe presentar una solicitud nueva.
Algunos de los errores m¨¢s frecuentes son la inclusi¨®n de los hijos de una familia numerosa como beneficiarios cuando los beneficiarios son los progenitores y las solicitudes individuales en las que se consignan menos beneficiarios de los que realmente tienen derecho.
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