El Tribunal Supremo confirma la nulidad del ERE de Coca-Cola
Los jueces obligan a la empresa a readmitir a los trabajadores despedidos
El Tribunal Supremo ha confirmado este mi¨¦rcoles la nulidad del ERE que la embotelladora de Coca-Cola realiz¨® hace m¨¢s de un a?o y que afect¨® a 821 trabajadores. Como ya hiciera la Audiencia Nacional, el pleno de la Sala de lo Social entiende que la empresa vulner¨® el derecho a la huelga de los trabajadores, lo que hace "innecesario" analizar el resto de dudas jur¨ªdicas planteadas sobre el despido colectivo.
Tras analizar la sentencia que dict¨® la Audiencia en noviembre pasado, los magistrados del Supremo coinciden en que durante la huelga convocada en contra de los despidos planteados por la empresa por el cierre de la planta de Fuenlabrada, la compa?¨ªa sustituy¨® la producci¨®n dejada de realizar por la de otras embotelladoras del grupo, perjudicando as¨ª, seg¨²n los jueces, el "adecuado" desarrollo del periodo de consultas del proceso del ERE.
La sentencia resuelve tambi¨¦n dos extremos de car¨¢cter procesal. El primero, que en los despidos colectivos declarados nulos, la condena a readmisi¨®n debe llevar unida la condena al abono de salarios de tramitaci¨®n (lo que hayan dejado de cobrar desde que salieron de Coca-Cola) de acuerdo con los art¨ªculos 123 y 124 de la Ley de la Jurisdicci¨®n Social. Adem¨¢s, la sentencia del Supremo es "directamente ejecutiva", lo que obligar¨¢ a la compa?¨ªa a readmitir a los empleados.
La Audiencia, que s¨ª estudi¨® y valor¨® todos los extremos del despido colectivo, consider¨® tambi¨¦n que la empresa no realiz¨® adecuadamente el proceso de fusi¨®n por el que ocho embotelladoras se unieron en una y no comunic¨® el cambio de empresa a los representantes de los trabajadores. Adem¨¢s, sostuvo que no se inform¨® como correspond¨ªa a los sindicatos de los planes de reestructuraci¨®n y que se produjeron pr¨¢cticas de esquirolaje (que tambi¨¦n reconoci¨® Inspecci¨®n de Trabajo), al trasladar la distribuci¨®n de producto de las plantas en huelga a otras en activo.
La decisi¨®n del Supremo contradice el argumento del fiscal del alto tribunal, que defendi¨® que el asunto se devuelva a la Audiencia Nacional para que vuelva a decidir, pero solo si el despido fue ajustado a derecho o no.
Sin embargo, este escrito de la fiscal del Supremo, Pilar Barrero, chocaba con la opini¨®n del fiscal de la Audiencia Nacional que, como parte procesal, impugn¨® el recurso de la empresa. Para Benito Egido, fiscal de la Audiencia, en consonancia con la posici¨®n mantenida en el juicio, el despido colectivo debe ser nulo porque durante el proceso de negociaci¨®n se conculc¨® el derecho de huelga, apuntan fuentes sindicales.
Respuesta de la empresa
La compa?¨ªa Coca-Cola Iberian Partners ha se?alado a trav¨¦s de un comunicado que "respeta el fallo del Tribunal Supremo que, a pesar del criterio recogido en el Informe del Ministerio Fiscal, declara nulo el proceso de reestructuraci¨®n derivado del plan de consolidaci¨®n". "La compa?¨ªa acatar¨¢ y cumplir¨¢ con la legalidad como ha hecho siempre. Cuando reciba oficialmente la sentencia, Iberian Partners estudiar¨¢ en detalle la forma de ejecutarla sin alterar el proyecto de futuro de la compa?¨ªa que es ya una realidad", ha a?adido.
La empresa asegura que todos los empleados afectados que solicitaron la readmisi¨®n han seguido dados de alta en la Seguridad Social y est¨¢n recibiendo sus salarios.
"La compa?¨ªa quiere reiterar que, a pesar de las dificultades a las que se ha enfrentado, el proyecto empresarial de Iberian Partners es un proyecto de futuro que da empleo directo a m¨¢s de 4.300 personas en lo que es ya la primera empresa de alimentaci¨®n y bebidas del pa¨ªs", concluye su comunicado.
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