Los jueces moldean la reforma laboral
Los despidos colectivos, la reducci¨®n de sueldos y los convenios, los puntos m¨¢s afectados por decisiones judiciales
Apenas hab¨ªan pasado tres meses desde la aprobaci¨®n de la reforma laboral del 10 de febrero de 2012 cuando una empresa catalana, Dopec, y otra madrile?a, Talleres L¨®pez Gallego, vieron c¨®mo sus respectivos tribunales auton¨®micos declararon nulos sus despidos colectivos. Se hab¨ªan ejecutado d¨ªas despu¨¦s de que se aprobara la nueva normativa. Estos no han sido casos aislados, y desde que la ley cambi¨® cientos de fallos judiciales que giran en torno a la reforma laboral, terminan acompa?ados del mismo debate: ?Van contra el esp¨ªritu de la norma? ?contradicen lo que pretend¨ªa hacer el Gobierno?
La justicia, dicen varios catedr¨¢ticos, ha corregido algunos excesos
El ¨²ltimo fallo, que aparece incluso en el texto de la sentencia y en su voto particular, lleg¨® el lunes. Tal y como este diario adelant¨®, el Supremo consideraba v¨¢lidas las cl¨¢usulas de pr¨®rroga autom¨¢tica e indefinida de los convenios colectivos, pese a que haya pasado un a?o sin que se haya producido su renovaci¨®n. Y esto, pese a que un a?o es precisamente el plazo que daba la reforma para que el convenio se extinguiera si no hab¨ªa uno nuevo, ¡°salvo pacto en contrario¡±.
Todos los expertos consultados ponen el foco en tres aspectos concretos sobre los que los fallos judiciales est¨¢n moldeando el texto aprobado hace tres a?os. Adem¨¢s, los cambios no siempre van en la direcci¨®n que pretend¨ªa el Ejecutivo. Los tres aspectos son: los despidos colectivos, las reducciones de sueldo y otros cambios de condiciones de trabajo (medidas de flexibilidad interna) y la pr¨®rroga indefinida de los convenios. Mientras el debate sigue, el Ejecutivo no reconoce esta situaci¨®n. La ministra de Empleo, F¨¢tima B¨¢?ez, dijo en el Congreso: ¡°No es verdad que se est¨¦ torpedeando en los tribunales la reforma laboral. Me alegro de que los tribunales pongan en su sitio a quienes no cumplen la ley¡±.
En lo que s¨ª hay consenso, es en subrayar el tema ¡ªy las sentencias¡ª m¨¢s pol¨¦mico: la pr¨®rroga indefinida y autom¨¢tica de los convenios hasta su renovaci¨®n, la llamada t¨¦cnicamente ultraactividad, vigente hasta 2012, o su l¨ªmite a un a?o, como dict¨® la reforma. Aqu¨ª fue el Supremo quien par¨® los pies a la reforma: el 17 de diciembre de 2014 fall¨® que los derechos adquiridos en los convenios segu¨ªan aplic¨¢ndose porque, aunque hubiera pasado un a?o sin renovarse, estos tambi¨¦n formaban parte de los contratos laborales individuales. Esta sentencia, que se aprob¨® por ocho votos contra seis y cont¨® con tres votos particulares, es la que ha levantado m¨¢s polvareda. Desde luego, la interpretaci¨®n no comulga con el esp¨ªritu de la norma. As¨ª lo subraya el abogado Luis Zumalac¨¢rregui, quien pese a no compartir las intenciones del Gobierno en la reforma, no duda en tildar de ¡°voluntarista¡± el fallo.
¡°Yo no hubiera hecho esa interpretaci¨®n¡±, apunta un antiguo magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. ¡°La ley est¨¢ para cumplirla y si hay dudas, se eleva una cuesti¨®n de constitucionalidad¡±, contin¨²a el antiguo juez, quien solo en este caso expresa discrepancias con sus antiguos compa?eros. Sobre el resto de temas defiende que ¡°no ha habido contrarreforma¡± sino la l¨®gica interpretaci¨®n que los tribunales hacen de toda norma.
La ultraactividad tambi¨¦n ha acaparado titulares esta semana. El Supremo confirm¨® una sentencia de la Audiencia Nacional que manten¨ªa vigentes los convenios indefinidamente hasta que hubiera uno nuevo si as¨ª lo hab¨ªan pactado sindicatos y empresarios, antes o despu¨¦s de la reforma. El Gobierno rechaz¨® que el fallo golpeara la reforma, porque esta afirmaba espec¨ªficamente que cab¨ªa el ¡°pacto en contrario¡± que ampliara la pr¨®rroga m¨¢s all¨¢ del a?o legal. El catedr¨¢tico Jes¨²s Cruz Villal¨®n apuntala esa tesis y subraya que, si el Ejecutivo hubiera querido acabar con los pactos previos, lo pod¨ªa haber aclarado en el texto legal.
La ley persegu¨ªa reducir los litigios y ha terminado por aumentarlos
Tambi¨¦n los despidos colectivos han sido otro de los campos en los que no ha faltado trabajo en los tribunales. La intenci¨®n del Ejecutivo era reducir el margen de interpretaci¨®n de los jueces al dejar sentado que un motivo de despido es la ca¨ªda de facturaci¨®n durante tres trimestres consecutivos. ¡°La reforma contiene una paradoja. Por un lado quiere quitar poder a los tribunales y luego judicializa muchos asuntos, por ejemplo, los despidos colectivos¡±, apunta Jes¨²s Lahera, profesor de Derecho. Y ah¨ª, es donde los tribunales han introducido criterios de proporcionalidad y razonabilidad en la decisi¨®n empresarial. ¡°No puede ser que una gran empresa a la que le cae la facturaci¨®n tres euros en tres trimestres despida a la mitad de su plantilla¡±, caricaturiza un magistrado en ejercicio. Los jueces han recurrido al convenio 158 de la OIT, suscrito por Espa?a, que dice que para acabar con una ¡°relaci¨®n de trabajo¡± tiene que haber ¡°causa justificada¡±.
Otro de los puntos m¨¢s pol¨¦micos han sido las anulaciones de despidos colectivos porque las empresas no negociaban de ¡°buena fe¡±, al no presentar la documentaci¨®n necesaria (ese fue uno de los motivos por lo que se echaron abajo las rescisiones de Talleres L¨®pez Gallego) o porque se vulneraban derechos fundamentales. Esto ¨²ltimo ha sido la causa por la que la Audiencia anul¨® el ERE de Coca-Cola, ya que considera que no se respet¨® el derecho a la huelga, un fallo que fue confirmado por el Supremo, aunque todav¨ªa no se conoce el texto del alto tribunal. Sobre algunas de estas sentencias, catedr¨¢tico Federico Dur¨¢n, que defiende que los jueces est¨¢n siendo muy ¡°rigoristas¡± en detrimento de los intereses empresariales, afirma que al principio hubo quien pens¨® con la norma reci¨¦n aprobada que se pod¨ªa despedir casi sin control.
Sobre las modificaciones de las condiciones laborales, el paso del tiempo ha ido imponiendo ¡°un exigente control judicial de la causa de la modificaci¨®n¡±, se?ala Lahera en un reciente art¨ªculo.
?Una norma mal hecha?
¡°Una reforma laboral de esta envergadura necesariamente provoca dudas de interpretaci¨®n que exigen la intervenci¨®n de los jueces, aunque el legislador pretenda ser muy claro¡±, comenta Jes¨²s Cruz Villal¨®n, catedr¨¢tico de Derecho del Trabajo de la Universidad de Sevilla.
De la misma opini¨®n es Eduardo Rojo Torrecilla, tambi¨¦n catedr¨¢tico de Derecho del Trabajo, en su caso, en la Universidad Aut¨®noma de Barcelona y autor de un exhaustivo seguimiento de las sentencias en su blog. ¡°Las normas necesitan de la jurisprudencia¡±, defiende Jes¨²s Lahera, profesor de Derecho Laboral en la Universidad Complutense. La jurisprudencia, apunta por su parte Luis Zumalac¨¢rregui, abogado laboralista, ha sido ¡°m¨¢s favorable a los intereses del trabajador, con lo que se han equilibrado los aspectos m¨¢s duros de la norma¡±.
No coincide con ellos Federico Dur¨¢n, tambi¨¦n catedr¨¢tico de Derecho Laboral, y miembro del ¨¢rea laboral de Garrigues. ¡°Esta es una reforma fallida¡±, responde, ¡°en lo sustancial est¨¢ agotada¡±. Asegura que la redacci¨®n de la norma es ¡°mala¡± sin ambages, ya que ha abierto la puerta a muchas interpretaciones.
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