El Tribunal de la UE dice que la ley hipotecaria ya protege de abusos
"La norma modificada ya garantiza a los consumidores una acci¨®n completa y suficiente", fallan los jueces comunitarios
El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (UE) ha concluido que la ley hipotecaria espa?ola tras su ¨²ltima modificaci¨®n ya protege a los consumidores frente a posibles cl¨¢usulas abusivas al darles el derecho a recurrir y detener una ejecuci¨®n. "La Ley de Enjuiciamiento Civil modificada ya garantiza a los consumidores una acci¨®n completa y suficiente" y "constituye un medio adecuado y eficaz" de acuerdo con la directiva europea sobre protecci¨®n de cl¨¢usulas abusivas, seg¨²n un auto de la m¨¢xima instancia judicial comunitaria.
Los jueces de Luxemburgo se han pronunciado sobre este caso a ra¨ªz de una consulta prejudicial de la Audiencia de Castell¨®n sobre la compatibilidad de la ley hipotecaria espa?ola con la norma de la UE en un caso que enfrenta a un particular y al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA).
El BBVA demand¨® por impago a un particular en 2011 y orden¨® la ejecuci¨®n de la hipoteca, una medida contra la que el individuo afectado formul¨® oposici¨®n. El Juzgado de Primera Instancia de Castell¨®n desestim¨® en 2013 esa oposici¨®n, y el particular present¨® entonces un recurso de apelaci¨®n, que fue admitido a tr¨¢mite por la Audiencia de Castell¨®n, que decidi¨® preguntar al Tribunal de Justicia de la UE.
Tras la sentencia?del Tribunal de Luxemburgo del caso Aziz en 2013, una sentencia en la que se explicaba en qu¨¦ puntos la ley hipotecaria espa?ola no se ajustaba a las normas europeas, la normativa nacional fue modificada.
Sin embargo, tras esa modificaci¨®n la Audiencia de Castell¨®n segu¨ªa teniendo dudas porque, seg¨²n la ley espa?ola, los consumidores solo pueden recurrir un auto que desestime su oposici¨®n a una ejecuci¨®n cuando el juez de primera instancia no acoja la causa de oposici¨®n basada en el car¨¢cter abusivo de una cl¨¢usula contractual.
El Tribunal de la UE explica que la ley espa?ola permite al juez declarar la nulidad del procedimiento de ejecuci¨®n hipotecaria en curso, de manera que ya no se expone al consumidor al riesgo de perder su vivienda como consecuencia de una venta forzosa de la misma. Reconoce que la ley modificada solo permite al consumidor recurrir una resoluci¨®n por la que se desestima la oposici¨®n basada en el car¨¢cter abusivo de una cl¨¢usula contenida en el contrato, pero no cuando la oposici¨®n se basa en otras cl¨¢usulas.
Sin embargo, la directiva comunitaria se limita a la protecci¨®n de los consumidores frente al uso de cl¨¢usulas abusivas, por lo que el hecho de que los consumidores no puedan recurrir contra una ejecuci¨®n por otros motivos no puede afectar negativamente a la protecci¨®n del consumidor por la que vela la norma europea.
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