El Gobierno fija una sola tasa en los cajeros pero sin tope
El banco due?o del cajero ser¨¢ el ¨²nico que pueda cobrar a los no clientes que saquen efectivo, pero su comisi¨®n no estar¨¢ limitada.
El Gobierno aprob¨® este viernes un real decreto ley que da libertad para cobrar comisiones a los due?os de los cajeros cuando un no cliente saque efectivo. La tasa que el propietario de la m¨¢quina cargue al emisor de la tarjeta ser¨¢ la m¨¢xima que se puede cobrar al cliente.
El banco de la tarjeta podr¨¢ absorber o no este coste, pero no cargar¨¢ una comisi¨®n adicional, como ocurre hasta ahora. A¨²n es pronto para saber si este sistema abaratar¨¢ o no las tasas finales ya que depender¨¢ de los acuerdos entre bancos y de la vinculaci¨®n del cliente con su entidad.
Tras seis meses de pol¨¦mica, el Gobierno ha regulado la guerra de los cajeros. Fue CaixaBank la que inici¨® la batalla cobrando dos euros a los no clientes en marzo pasado y ser¨¢ la entidad catalana la que tenga que retirar esta tarifa a partir de hoy. La nueva norma establece que el due?o del cajero no podr¨¢ cobrar una tasa hasta el 1 de enero pr¨®ximo.
Al inicio del pr¨®ximo a?o, CaixaBank, y el resto de propietarios de cajeros, podr¨¢n volver a cobrar lo que quieran porque tienen libertad para fijar las comisiones. Hasta ahora, el sistema regulaba que los dem¨¢s due?os de los cajeros se cobraban entre s¨ª unos 0,65 euros por operaci¨®n. El cliente muchas veces pagaba m¨¢s por sacar dinero, pero era porque el emisor de la tarjeta le cobraba una segunda comisi¨®n que ahora el Gobierno ha prohibido.
A partir de enero, la rentabilidad cambia de bando: la comisi¨®n ser¨¢ para el due?o de la m¨¢quina y el emisor de la tarjeta no cobrar¨¢ nada. Si aplican los dos euros de CaixaBank (que BBVA y Santander tambi¨¦n iban a aplicar), los propietarios de los cajeros triplicar¨¢n sus ingresos y los due?os de las tarjetas los reducir¨¢n.
Con este c¨¢lculo, el ministro de Econom¨ªa, Luis de Guindos, dijo ayer tras el Consejo de Ministros, que ¡°las comisiones ser¨¢n m¨¢s reducidas que ahora y m¨¢s transparentes¡±. Guindos justific¨® que el dinero vaya para los due?os de las m¨¢quinas ¡°porque la red de cajeros ha supuesto una red importante inversi¨®n para las entidades, que deben rentabilizar¡±. Este es el mismo argumento que us¨® CaixaBank para empezar a cobrar dos euros.
El riesgo de este sistema es que los due?os del cajero pongan unas tasas abusivas para los clientes ajenos o que expulsen a la competencia. Seg¨²n fuentes del mercado, esta batalla empez¨® para arrinconar a las peque?as entidades y, sobre todo, a ING Direct, una entidad con pocos cajeros. Para evitar abusos, el decreto establece que los due?os de los cajeros env¨ªen semestralmente informaci¨®n a la Comisi¨®n Nacional de la Competencia en la que justifiquen los costes que supone la operativa en el cajero. Competencia se convierte as¨ª en un jugador clave en el sistema de cajeros.
Menos datos en pantalla
La ley establece que en la pantalla del cajero aparezca la comisi¨®n que cobra el due?o al emisor de la tarjeta. Lo que pagar¨¢ el usuario no podr¨¢ ser superior a esa tarifa porque su banco no le puede cargar nada por la operaci¨®n. Sin embargo, tal y como est¨¢ redactado, no ver¨¢ la comisi¨®n exacta que va a pagar, porque, dependiendo de los acuerdos que tenga su banco, puede no pagar todo. Ahora en los cajeros s¨ª pone la tarifa final, por lo que este paso se considera una regresi¨®n en la transparencia informativa. Si hay acuerdo entre los bancos, podr¨ªan poner la tarifa definitiva, pero eso no lo ordena la ley. La tarifa que se cobre ser¨¢ la misma en toda Espa?a. Sin embargo, podr¨ªa ser diferente para unas entidades y otras.
Un cambio relevante es que ya no se permite que el due?o del cajero cobre directamente al no cliente. La tasa la cargar¨¢ el banco emisor y este al usuario. As¨ª, si el cliente tiene comisiones altas, podr¨¢ negociar con su entidad una reducci¨®n.
Fondo de reserva de las fundaciones bancarias
Ley de auditor¨ªa
El Consejo de Ministros tambi¨¦n ha aprobado este viernes un real decreto para el?desarrollo de la Ley de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias por el que se regula el fondo de reserva que deben constituir estas fundaciones. La norma?completa los cambios legislativos derivados del rescate de Espa?a para recapitalizar su sector financiero. Son fundaciones bancarias algunas de las antiguas cajas, aquellas que mantienen un 10% del capital o de los derechos de voto de una entidad de cr¨¦dito, o que puedan nombrar o destituir alg¨²n miembro de su ¨®rgano de administraci¨®n.
Deber¨¢n dotar un fondo de reserva aquellas fundaciones que tengan una participaci¨®n igual o superior al 50% en una entidad de cr¨¦dito o bien tengan el control de la misma, con un plazo de cinco a?os para constituirlo. Se establece como m¨ªnimo en el 0,6% de los activos ponderados por riesgo. Puede materializarse en activos de elevada liquidez y calidad crediticia y han de estar disponibles plenamente en todo momento para su uso en caso de necesidad de recapitalizaci¨®n. Se deber¨¢ constituir en la fundaci¨®n bancaria y formar parte de su balance, aunque excepcionalmente y cuando se cumplan ciertos requisitos, se puede constituir en una entidad tenedora.
Adem¨¢s, ese mismo real decreto delimita el concepto de Entidad de Inter¨¦s P¨²blico, recogido en la Ley de Auditor¨ªa de Cuentas de julio de 2015 en l¨ªnea con los est¨¢ndares europeos. Este tipo de entidades son las que est¨¢n sometidas a un r¨¦gimen m¨¢s estricto y exhaustivo de auditor¨ªa.
Con esta definici¨®n?entrar¨ªan, entre otras, adem¨¢s de las entidades de cr¨¦dito, sociedades cotizadas y aseguradoras, las fundaciones bancarias, los fondos de pensiones e instituciones de inversi¨®n colectiva a partir determinados umbrales de part¨ªcipes y socios as¨ª como entidades que tengan un volumen de negocio superior a 2.000 millones y m¨¢s de 4.000 empleados. Con esta modificaci¨®n, se pasar¨¢ a un entorno de 1.800 entidades. El sector se hab¨ªa quejado de la anterior definici¨®n que manejaba el Gobierno y que extend¨ªa los requisitos m¨¢s duros a cerca de 10.000 sociedades.
La OCU mostr¨® sus dudas sobre si este sistema supondr¨¢ una rebaja de comisiones o no, ya que depender¨¢ de los acuerdos bancarios que no han empezado a negociarse. Adicae calific¨® la norma de ¡°claro ¨¦xito de los consumidores¡± por prohibir la doble comisi¨®n, y por ¡°el control que ejercer¨¢ Competencia¡±.
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