La CNMC exigir¨¢ que las comisiones de los cajeros ¡°no excedan¡± los costes
El organismo vigilar¨¢ para que no haya comisiones excesivas que impidan la competencia
La Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha se?alado cu¨¢les ser¨¢n sus criterios para vigilar las comisiones de los cajeros con la aplicaci¨®n de la nueva ley. El organismo atender¨¢ especialmente que hay relaci¨®n entre las comisiones y los costes de prestar el servicio, de forma que no se creen barreras excesivas a competidores sin red de cajeros.
"Para garantizar el cumplimiento de la normativa de competencia, la comisi¨®n que fije el titular del cajero a la entidad adquirente deber¨ªa tener en cuenta los costes de prestaci¨®n del servicio (orientaci¨®n a costes), de manera que el precio cobrado por el servicio no exceda el coste de su prestaci¨®n, tal como ha exigido la autoridad de competencia en diferentes resoluciones", ha advertido el supervisor este jueves en un comunicado.
La CNMC considera que el nuevo sistema de regulaci¨®n de las comisiones por la retirada de efectivo incrementa la sencillez y la transparencia. En todo caso, advierte que cumplir la nueva norma no supone ninguna salvaguarda para el cumplimiento estricto de la normativa de competencia, que contin¨²a siendo plenamente aplicable. Por eso recuerda que las comisiones deben estar orientadas a costes para asegurar la competencia efectiva en el mercado.
Dificultades para los peque?os
Seg¨²n Competencia, las comisiones finalmente cobradas por las entidades con red propia podr¨ªan dificultar el acceso de clientes de entidades sin redes propias o con redes de dimensi¨®n limitada. El organismo cree que eso podr¨ªa traducirse en una limitaci¨®n de las posibilidades de competir de estas entidades en el mercado y podr¨ªa dificultar la entrada de futuros competidores. La entrada de competidores sin redes propias ha constituido un factor de gran importancia para el desarrollo de la competencia efectiva en este mercado, explica el organismo, en referencia a entidades como ING o Evo Banco, que apenas cuentas con oficinas ni cajeros.
En la nueva norma, que ya est¨¢ en vigor y fue convalidada por el Congreso este mi¨¦rcoles, se elimina la doble comisi¨®n, de forma que la entidad propietaria del cajero autom¨¢tico no podr¨¢ exigirla al usuario del servicio pero s¨ª a la entidad emisora de la tarjeta. El emisor de la tarjeta podr¨¢ repercutir o no, total o parcialmente, esta comisi¨®n a su cliente, de acuerdo con su pol¨ªtica comercial. En cualquier caso, dicho importe no podr¨¢ superar el pagado a la entidad propietaria del cajero y la pantalla del cajero autom¨¢tico deber¨¢ informar al usuario del importe m¨¢ximo que se podr¨¢ repercutir, aunque en ocasiones el usuario no sabr¨¢ cu¨¢nto se le va a repercutir realmente.
Las entidades tendr¨¢n que llegar a acuerdos, para lo que hay un periodo transitorio. La CNMC advierte de que vigilar¨¢ esos acuerdos y elaborar¨¢ un informe anual en el que se analizar¨¢n para garantizar que respetan las normas de competencia. La Comisi¨®n crear¨¢ un grupo de trabajo interno que elaborar¨¢ el informe para su aprobaci¨®n y publicaci¨®n antes del final del primer semestre de 2006.
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