Espa?a gana la primera batalla internacional por las renovables
El arbitraje internacional desestima la demanda de dos fondos internacionales por el recorte de primas del Gobierno en 2010
El Ministerio de Industria, Energ¨ªa y Turismo celebra hoy su primera batalla internacional por los recortes a las primas de las renovables. Seg¨²n ha informado, el Tribunal Arbitral de la C¨¢mara de Comercio de Estocolmo ha dado la raz¨®n al Reino de Espa?a en la disputa que manten¨ªa con los fondos Charanne B.V. y Construction, Investments S.A.R.L desde 2013. Ha quedado desestimada la demanda que estos inversores presentaron por las reformas llevadas a cabo en el a?o 2010 en el sector de la fotovoltaica, que supusieron un recorte a las primas que recib¨ªan por la producci¨®n de energ¨ªa limpia.
La victoria de Industria sobre estos dos fondos es importante para el Gobierno, porque al margen de evitar una indemnizaci¨®n y el pago de costas, supone un espaldarazo a los recortes por los que Espa?a acumula al menos 20 demandas m¨¢s a nivel global. La decisi¨®n de hoy, sin embargo, es de un tribunal de Estocolmo (que tiene abiertos al menos dos casos m¨¢s contra Espa?a), mientras que el grueso de demandas no se discute en este organismo, sino en el de arbitraje del Banco Mundial, el Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionista Extranjero y Estado (conocido por sus siglas en espa?ol CIADI, o ICSID en ingl¨¦s).
Aun as¨ª, Industria celebra la victoria sobre los recortes que aprob¨® el anterior Gobierno, el de Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero, y que despu¨¦s el Ejecutivo de Mariano Rajoy ampli¨® en 2013. "Se trata del primer laudo arbitral internacional en resolverse de los que se han interpuesto contra el Reino de Espa?a en el sector renovable al amparo del Tratado de la Carta de la Energ¨ªa", subraya el Gobierno. Seg¨²n explica el departamento dirigido por Jos¨¦ Manuel Soria, el tribunal arbitral de Estocolmo considera que la adopci¨®n de medidas para tratar de limitar el d¨¦ficit y el crecimiento del precio "no se considera ni arbitraria, ni irracional ni contraria al inter¨¦s p¨²blico, como ped¨ªan los demandantes".
El Laudo confirma, siempre seg¨²n Industria, que las normas impugnadas sobre la retribuci¨®n de las renovables en 2010 no son contrarias a los compromisos adoptados por el Reino de Espa?a en el marco del Tratado de la Carta de la Energ¨ªa. "Consecuentemente, desestima la demanda y condena a los Demandantes a pagar al Reino de Espa?a, que actuaba bajo la defensa de la Abogac¨ªa del Estado y del bufete Herbert Smith Freehills, los gastos administrativos y casi 1,2 millones de euros en concepto de costas".
Nuevo golpe a los inversores
La decisi¨®n arbitral es un nuevo varapalo para las empresas e inversores que reclaman compensaciones en Espa?a por las perspectivas de rentabilidad que no se cumplieron, al aplicar los dos ¨²ltimos Gobiernos sendos recortes a los incentivos a las renovables. El Constitucional se?al¨® hace dos semanas que el recorte de 2013 no era ilegal y esta misma semana el Supremo consider¨® que no era necesario indemnizar a los afectados por los recortes de 2010.
"El Laudo concluye que los cambios normativos de 2010 en el sector renovable no violaron expectativa leg¨ªtima alguna bajo el derecho internacional. A juicio del Tribunal Arbitral, los demandantes no pod¨ªan tener la expectativa leg¨ªtima de que el marco regulatorio que establec¨ªa las primas a las renovables pudiera permanecer inmutable durante toda la vida de sus plantas. Adem¨¢s, el Tribunal reconoce que la normativa espa?ola dejaba abierta claramente la posibilidad de que se modificara el sistema de retribuci¨®n de la energ¨ªa fotovoltaica", se?ala Industria, que ha enviado un comunicado celebrando la decisi¨®n.
Unos recortes "previsibles"
"El propio Tribunal Arbitral se?ala que los inversores hubieran podido prever f¨¢cilmente, dada la situaci¨®n, la posibilidad de cambios del marco regulatorio de haber realizado previamente un an¨¢lisis exhaustivo del marco jur¨ªdico. An¨¢lisis que, seg¨²n el Tribunal, hubiera sido acorde con el nivel de diligencia esperado de un inversor extranjero en un sector como el energ¨¦tico, altamente regulado, y que es indispensable para proceder a realizar la inversi¨®n", a?ade Industria.
Seg¨²n explica el Gobierno, el laudo se?ala adem¨¢s que la obligaci¨®n de otorgar un trato justo y equitativo no implica que el marco regulatorio deba mantenerse igual para todas las plantas a lo largo de toda su vida, pues ello supondr¨ªa congelar el marco regulatorio y limitar¨ªa cualquier cambio de la regulaci¨®n. "El Tribunal tampoco considera demostrado que las medidas impugnadas sean contrarias al inter¨¦s p¨²blico, como pretend¨ªan los demandantes".
En este sentido, subraya que las primas liquidadas al sector fotovoltaico eran superiores, en t¨¦rminos absolutos, a las pagadas a las restantes tecnolog¨ªas renovables e iban creciendo cada a?o en proporciones importantes, al tiempo que la factura de los consumidores espa?oles iba aumentando mucho m¨¢s que la media de la Uni¨®n Europea.
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