El cubo de Rubik pierde su marca registrada en los tribunales europeos
El Tribunal de Justicia de la UE cree que al tener soluciones t¨¦cnicas debe registrarse como patente
El cubo de Rubik es un rompecabezas con 43 trillones de combinaciones posibles. Completarlo es objeto de esfuerzos en todo el planeta e incluso genera competencia: esta semana un holand¨¦s de 20 a?os bati¨® el r¨¦cord del mundo al resolverlo en solo 4,74 segundos superando, por 16 cent¨¦simas, una marca que duraba casi un a?o. Y es, tambi¨¦n, motivo de controversia judicial. El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea ha dictaminado este jueves que no se puede considerar que la forma del cubo de Rubik sea una marca, y su registro debe quedar anulado y efectuarse en la oficina de patentes. La decisi¨®n lleva la contraria al Tribunal General y a la oficina de propiedad intelectual europea, que hab¨ªan respaldado su condici¨®n de marca comunitaria, y abre la puerta a que los competidores puedan replicar el producto sin incumplir la ley.
Todo empez¨® cuando la empresa brit¨¢nica Seven Towns registr¨® en 1999 en la oficina de propiedad intelectual la forma c¨²bica del juego en la categor¨ªa puzles tridimensionales para evitar imitaciones. Siete a?os despu¨¦s, la juguetera alemana Simba Toys pidi¨® que se anulase la marca alegando que la capacidad de rotar es una soluci¨®n t¨¦cnica y, por tanto, no deb¨ªa ser considerada una marca, dado que la legislaci¨®n comunitaria busca evitar que una sola empresa pueda tener el monopolio sobre las caracter¨ªsticas de uso de un producto. Ni la oficina de propiedad intelectual ni el Tribunal General consideraron que hubiera razones para anular la marca y rechazaron las razones de la juguetera alemana. Este ¨²ltimo tribunal adujo que la soluci¨®n t¨¦cnica que caracteriza al cubo de Rubik no est¨¢ vinculada a su forma, sino a un mecanismo interno invisible, por lo que pod¨ªa seguir registrada como marca.
Este jueves, diez a?os despu¨¦s de la petici¨®n, el tribunal de la UE ha estimado lo contrario, y ha se?alado en su sentencia que el Tribunal General deber¨ªa haber examinado la capacidad de rotaci¨®n de los peque?os cubos m¨®viles coloreados que componen el cubo. El dictamen deja ahora la pelota en el tejado de la oficina europea de propiedad intelectual, que deber¨¢ adoptar una nueva resoluci¨®n. La reacci¨®n de la empresa due?a del cubo de Rubik ha llegado en forma de comunicado. "Los jueces sientan un da?ino precedente para las compa?¨ªas que tratan de innovar y crear marcas s¨®lidas", critic¨® su presidente, David Kremer.
M¨¢s all¨¢ de la batalla judicial, la popularidad del cubo de Rubik es innegable. Se calcula que el juego ha vendido 400 millones de copias desde que lo inventara hace 42 a?os el profesor de arquitectura h¨²ngaro Ern? Rubik. Y su negocio no decae: cada a?o se venden unas 10 millones de unidades. En los ¨²ltimos tiempos ha habido encendidas discusiones sobre cu¨¢l es el menor n¨²mero de movimientos necesario para completarlo. Los bandos se divid¨ªan b¨¢sicamente en dos: los que defend¨ªan que era posible hacerlo en 26 movimientos y los partidarios de que con 20 pasos era suficiente. La soluci¨®n lleg¨® hace seis a?os, cuando un grupo de investigadores logr¨® demostrar, en estrecha colaboraci¨®n con Google, que 20 movimientos era suficiente. "El n¨²mero de Dios", le llaman. Precisamente su movimiento, la posibilidad de rotar que tantos quebraderos de cabeza sigue creando de una esquina a otra del planeta, ha sido el argumento esgrimido por la justicia europea para defender que no debe aparecer en el registro de marcas.
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