Competencia sanciona al Colegio de Abogados de Guadalajara por recomendar precios
La CNMC le impone una multa por ofrecer a los asociados una lista de tarifas orientativas
La Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 10.515 euros al Ilustre Colegio de Abogados de Guadalajara (ICAGU) por realizar una recomendaci¨®n colectiva de precios m¨ªnimos a sus asociados a trav¨¦s de la publicaci¨®n de unos criterios orientativos, ha informado este martes el organismo que preside Jos¨¦ Mar¨ªa Mar¨ªn Quemada.
Seg¨²n la Ley de Colegios Profesionales, el ejercicio de las profesiones colegiadas debe realizarse en r¨¦gimen de libre competencia y est¨¢ sujeto, en cuanto a la oferta de servicios y a la formaci¨®n de precios, a la Ley sobre Defensa de la Competencia (LDC), que proh¨ªbe la existencia de recomendaciones colectivas de precios, incluso aunque adopten forma de baremos de car¨¢cter meramente orientativo.
La CNMC ha acreditado que el Colegio de Abogados de Guadalajara public¨® en abril de 2011 unos criterios orientativos, pretendidamente elaborados para la emisi¨®n de dict¨¢menes sobre honorarios profesionales a requerimiento judicial en los supuestos de tasaci¨®n de Costas y Jura de Cuentas, que constitu¨ªan en realidad una recomendaci¨®n colectiva de precios.
Seg¨²n Competencia, no se trataba de verdaderos criterios, sino de una lista completa de los honorarios a aplicar por los abogados colegiados en Guadalajara en sus servicios profesionales. En concreto, la CNMC considera probado que este Colegio difundi¨® los criterios orientativos de precios entre todos sus colegiados, tanto mediante correos electr¨®nicos individualizados como a trav¨¦s de la web, con el objetivo de fomentar comportamientos "uniformes" a partir de abril de 2011 y hasta la actualidad.
Competencia entiende que esta conducta ha propiciado comportamientos similares entre profesionales de la misma rama y desincentivado la competencia entre los mismos en precios, calidad e incluso servicio, sustituyendo los riesgos de la libre competencia por la cooperaci¨®n entre competidores, con los consiguientes perjuicios que ello conlleva para los consumidores.
"Esta conducta vulnera claramente la Ley de Colegios Profesionales y la Ley de Defensa de la Competencia ya que ambos textos legales proh¨ªben la existencia de ese tipo de baremos de honorarios, incluso con car¨¢cter meramente orientativo", subraya el organismo.
La CNMC recuerda que contra esta resoluci¨®n no cabe recurso alguno en v¨ªa administrativa, pudi¨¦ndose interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el d¨ªa siguiente al de su notificaci¨®n.
Otras multas a Colegios Profesionales
En septiembre de 2015, la CNMC ya sancion¨® al Colegio de Abogados de Guadalajara por imponer requisitos restrictivos a la competencia para ejercer la asistencia jur¨ªdica gratuita en Guadalajara.
Igualmente, en septiembre de 2016, sancion¨® al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) y al de Alcal¨¢ de Henares (ICAAH) por similares recomendaciones colectivas de precios dirigidas a sus colegiados a trav¨¦s de la publicaci¨®n de unos supuestos criterios orientativos que inclu¨ªan, como en el caso del Colegio de Guadalajara, un listado completo de tarifas a aplicar por los abogados colegiados.
La Ley de Colegios Profesionales proh¨ªbe expresamente la emisi¨®n de baremos orientativos de honorarios por los Colegios profesionales.
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