Renta 2016: ?Necesito un asesor fiscal?
El sistema Renta Web, que simplifica el tr¨¢mite, se ampl¨ªa a todos los contribuyentes, pero recurrir a un profesional puede ser ¨²til para resolver los casos m¨¢s complejos
Presentar la declaraci¨®n de la renta a trav¨¦s del programa Padre ya no ser¨¢ posible. El adi¨®s del tradicional programa para hacer la declaraci¨®n es la principal novedad de la campa?a que empieza el pr¨®ximo 5 de abril. Le sustituye el sistema Renta Web, que empez¨® su andadura el a?o pasado sin estar disponible para las rentas de actividades econ¨®micas. En esta edici¨®n se ampl¨ªa a todos los contribuyentes.
El antiguo programa inform¨¢tico, que era indispensable para desentra?ar las situaciones fiscales m¨¢s complejas y requer¨ªa una actualizaci¨®n cada a?o, ser¨¢ suplantado definitivamente por una plataforma que le ofrece una propuesta de declaraci¨®n por v¨ªa telem¨¢tica. Esta herramienta recopila todos los datos personales y fiscales en manos de la Agencia Estatal de Administraci¨®n Tributaria (AEAT) y permite actualizarlos en caso de error u omisi¨®n de alg¨²n dato. Aunque cada a?o se intenta simplificar la tramitaci¨®n de las declaraciones, siempre surge la pregunta: ?Existen situaciones en las que resulta ventajoso recurrir a un asesor fiscal?
Cita con la Agencia Tributaria
La declaraci¨®n para liquidar el impuesto sobre la renta (IRPF) se puede presentar personalmente desde el 11 de mayo hasta el 26 de junio?en entidades colaboradoras, comunidades aut¨®nomas y oficinas de la AEAT, si el resultado es a ingresar con domiciliaci¨®n en cuenta bancaria; o hasta el 30 de junio en los dem¨¢s casos.
Quien no quiera o no pueda utilizar el sistema Renta Web, que estar¨¢ disponible desde el 5 de abril, puede pedir cita para solicitar ayuda presencial en una de las oficinas de la AEAT de la comunidad aut¨®noma en la que resida a partir del 4 de mayo y hasta el 29 de junio, seg¨²n un calendario provisional que manejan los expertos. Sin embargo, desde?la Asociaci¨®n Espa?ola de Asesores Fiscales (Aedaf) recuerdan que ¡°bas¨¢ndonos en los criterios publicados en campa?as anteriores, solo podr¨¢n ser atendidos en el servicio de cita previa los contribuyentes con rentas del trabajo inferiores a 65.000 euros brutos anuales o rentas del capital mobiliario inferiores a 15.000 euros brutos anuales¡±.
Los que?ejerzan actividades econ¨®micas en r¨¦gimen de estimaci¨®n directa, o hayan realizado m¨¢s de dos transmisiones patrimoniales, o tengan m¨¢s de un inmueble arrendado, tampoco podr¨¢n acudir a la cita previa. Quedan excluidos de este servicio los contribuyentes que tienen rentas derivadas de reg¨ªmenes especiales, salvo las rentas derivadas de entidades en r¨¦gimen de atribuci¨®n de rentas e imputaciones de rentas inmobiliarias, y los que est¨¢n obligados a declarar por el impuesto sobre Patrimonio.
Actividades econ¨®micas
Los agentes tributarios, en definitiva, solo atender¨¢n los casos m¨¢s sencillos, que suelen ser las rentas del trabajo, puesto que pr¨¢cticamente solo requieren un certificado de retenciones del IRPF, intereses y poco m¨¢s, seg¨²n la portavoz de la Asociaci¨®n Espa?ola de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget), Mar¨ªa Dolores Ortega. Algo que se puede despachar en unos 15 o 20 minutos.
Por el contrario, los aut¨®nomos tienen que reflejar en la declaraci¨®n de renta los gastos y los ingresos del ejercicio del a?o pasado a trav¨¦s de un balance abreviado. ¡°Son datos que no se pueden extraer de ning¨²n tipo de borrador de la Agencia Tributaria, porque se llevan en la contabilidad de cada aut¨®nomo¡±, explica Ortega. Esto supondr¨ªa dedicarle un tiempo del que los agentes tributarios no disponen.
Ganancias patrimoniales
El borrador de la AEAT se basa ¨²nicamente en los datos a los que la agencia tiene acceso: catastro, rendimientos del trabajo, de intereses bancarios, y retenciones de profesionales y por alquileres. Todo lo que no se encuentre en la base de datos de la Agencia Tributaria, como por ejemplo una ganancia patrimonial, tiene que ser declarado por el propio contribuyente, pero ¡°requiere un estudio muy especializado y un conocimiento bastante m¨¢s amplio del que tienen los agentes¡±.
Situaciones familiares e inversores
En el caso de una persona que est¨¢ divorciada, habr¨¢ que aclarar qu¨¦ tipo de pensi¨®n compensatoria pasa al ex c¨®nyuge, se?ala Ortega, as¨ª como si est¨¢ pagando un alquiler de una vivienda habitual y tambi¨¦n una hipoteca, con el objetivo de determinar las deducciones que le correspondan y que suelen escaparse al filtro de la AEAT. ¡°Tampoco ahondan en la compraventa de productos financieros¡±, afirma, ¡°o en la posibilidad de compensar las p¨¦rdidas de ejercicios anteriores con los beneficios del ¨²ltimo, en determinados casos¡±.
Otras situaciones que dan derecho a deducciones de las que muchos contribuyentes no suelen estar avisados, seg¨²n la portavoz de Asefiget, son la reforma de las viviendas ocupadas por minusv¨¢lidos y los gastos para la educaci¨®n, como por ejemplo la compra de uniformes o la contrataci¨®n de clases de idiomas.
Una mirada global al ejercicio fiscal
M¨¢s all¨¢ de los contribuyentes que no tienen acceso al servicio de ayuda de la AEAT para confeccionar su declaraci¨®n, y para los que es necesario acudir a un asesor fiscal, las recomendaciones de un profesional pueden ser ¨²til a la hora de recordar determinadas deducciones y otros beneficios fiscales que var¨ªan seg¨²n la situaci¨®n personal concreta o del lugar en el que se reside. ¡°Por ejemplo, la deducci¨®n por alquiler sigue vigente en algunas Comunidades Aut¨®nomas, con requisitos distintos en cada una de ellas¡±, se?alan desde la Asociaci¨®n Espa?ola de Asesores Fiscales (Aedaf). ¡°Teniendo en cuenta que la normativa que regula el IRPF es cada vez m¨¢s compleja, en muchos casos tambi¨¦n es necesario contar con la asistencia de un experto que no s¨®lo conozca la norma, sino tambi¨¦n los ¨²ltimos criterios interpretativos sobre la misma de la propia Administraci¨®n y de los Tribunales¡±, subrayan.
Si ¡°en Hacienda van a lo b¨¢sico¡±, el asesor fiscal ¡°mira globalmente la situaci¨®n tributaria del contribuyente, resaltando lo que haya podido surgirle durante el ejercicio fiscal¡±, dice Mar¨ªa Dolores Ortega, portavoz de la Asociaci¨®n Espa?ola de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget). A lo largo de una entrevista con su cliente, no solo se asegurar¨¢ de que tribute en la Comunidad Aut¨®noma en la que ha estado residiendo, en el caso de que se haya mudado, sino que ¡°buscar¨¢ la manera, dentro de la legalidad, de que pague la menor cantidad posible de impuestos, acogi¨¦ndose a todas las deducciones y bonificaciones a la que tenga derecho¡±. Por ello, cobrar¨¢ desde 40 euros hasta 200 o 300 euros, ¡°en funci¨®n de la complejidad de la declaraci¨®n que tiene que elaborar¡±.
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