Los asesores fiscales, en el punto de mira
Los esc¨¢ndalos por evasi¨®n tributaria ponen la lupa sobre quienes urden las maniobras
La sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de mayo que condenaba a 21 meses de c¨¢rcel y a una multa de dos millones de euros al futbolista Leo Messi por defraudar cuatro millones de euros al fisco, inclu¨ªa una afirmaci¨®n que pon¨ªa en el punto de mira a los asesores fiscales de la estrella del Bar?a. La resoluci¨®n se?alaba que resultaba "dif¨ªcil de comprender" que los asesores a los que acudi¨® el futbolista fueran "excluidos de toda preocupaci¨®n acusadora por parte del Ministerio Fiscal y la Abogac¨ªa del Estado". El Alto Tribunal pon¨ªa as¨ª el foco en una cuesti¨®n que est¨¢ dando mucho de qu¨¦ hablar en los ¨²ltimos tiempos: la responsabilidad de los asesores fiscales de grandes fortunas cuyos clientes eluden sus deberes con la Agencia Tributaria.
Esc¨¢ndalos como el caso de los papeles de Panam¨¢, que sac¨® a la luz informaci¨®n sobre personajes conocidos de todo el mundo con cuentas en el pa¨ªs centroamericano; Football Leaks, que destap¨® el entramado fiscal de futbolistas como Cristiano Ronaldo, vinculados al agente y representante Jorge Mendes; o el despacho Nummaria, en Madrid, que arroj¨® una nueva lista de personajes conocidos, como los actores Imanol Arias o Ana Duato, en el marco de una nueva investigaci¨®n por fraude fiscal, han hecho visible un problema global que provoca p¨¦rdidas de miles de millones de euros para las arcas p¨²blicas.
En este ¨²ltimo caso, el titular del bufete de abogados Nummaria, Fernando Pe?a, que dej¨® su cargo como inspector de Hacienda para montar su propio despacho, est¨¢ acusado de crear entramados fiscales para sus clientes, de los que, presuntamente, tambi¨¦n se habr¨ªa beneficiado ¨¦l mismo. Y es que, en muchas de las maniobras para reducir al m¨ªnimo la factura con el fisco, el papel que juegan algunos asesores fiscales puede ser esencial, puesto que, sin su ayuda, parece dif¨ªcil pensar que las grandes estrellas pudieran ser capaces de urdir sofisticadas tramas para eludir impuestos. Pero, ?hasta qu¨¦ punto pueden ser considerados los asesores responsables de los delitos de sus clientes?
Cooperador necesario
Duro dictamen del Supremo
Una sentencia del Tribunal Supremo del pasado 21 de diciembre condenaba por delito fiscal y blanqueo a un abogado que asesor¨® y cooper¨® con su cliente brit¨¢nico para ocultar inversiones il¨ªcitas y eludir el pago de tributos en Espa?a. El letrado no s¨®lo conoc¨ªa el origen il¨ªcito de los caudales, sino que proporcion¨® los medios necesarios ¡ªsociedades en para¨ªsos fiscales, cuentas corrientes puente y pagos en efectivo¡ªpara ocultar el origen de los recursos y facilitar la elusi¨®n de impuestos. El abogado se anunciaba como experto en dise?o de operativas a coste fiscal cero o muy bajo y ofrec¨ªa a sus clientes dentro de sus servicios profesionales mecanismos de opacidad u ocultamiento. Su despacho lleg¨® a actuar como intermediario en los flujos de pago, sustituyendo la identidad de las personas que aportaban el capital con c¨®digos num¨¦ricos para impedir un seguimiento. Su actuaci¨®n fue considerada dolosa al proporcionar al cliente los medios necesarios para el blanqueo y la elusi¨®n fiscal.
Seg¨²n apunta Juan Antonio Frago, fiscal de delitos econ¨®micos en La Coru?a, la sentencia del caso Messi, con la dura afirmaci¨®n del Supremo respecto a los asesores fiscales, "obligar¨¢ a revisar cada vez con m¨¢s detalle determinados tipos de asesoramiento". Explica que la clave en estos casos estar¨¢ en la figura del 'cooperador necesario', regulada en el art¨ªculo 28 del C¨®digo Penal, seg¨²n la cual es responsable de un delito quien "coopera en su ejecuci¨®n con un acto sin el cual no se habr¨ªa efectuado", por lo que la misma pena que le sea impuesta a un cliente podr¨ªa recaer tambi¨¦n sobre su asesor. En todo caso, deber¨¢n ser los tribunales los que, en funci¨®n de las circunstancias, interpreten si en un determinado supuesto el delito no se hubiera cometido de no contar con asesoramiento profesional.
En caso de que los asesores fiscales sean abogados, entra adem¨¢s en juego la normativa contra el blanqueo de capitales que impone a los letrados, as¨ª como a otros intermediarios, una serie de exigencias en materia de prevenci¨®n de blanqueo de capitales que, en la pr¨¢ctica, les obliga a 'vigilar' en cierta medida las actuaciones de sus clientes y a avisar al ¨®rgano de prevenci¨®n de blanqueo, el Sepblac, en caso de que detecten actuaciones sospechosas. Todo ello, eso s¨ª, con ciertos l¨ªmites, ya que, tal y como contempla el art¨ªculo 22 de la Ley de Prevenci¨®n del Blanqueo, debe tenerse en consideraci¨®n el deber de secreto profesional de los letrados y su papel en la defensa de sus clientes.
Para los despachos, las exigencias de control pueden implicar tomar medidas como la fijaci¨®n de una pol¨ªtica de admisi¨®n de clientes. Y es que no hay que perder de vista que con la actual regulaci¨®n de la responsabilidad penal de las personas jur¨ªdicas, los propios despachos podr¨ªan llegar a tener que responder por los delitos cometidos en su seno.
La Comisi¨®n Europea tambi¨¦n ha puesto sus ojos en los asesores fiscales, impulsando una propuesta para "actuar frente a la planificaci¨®n fiscal agresiva". Obligar¨¢ a notificar a las autoridades cualquier esquema fiscal transfronterizo que incluya elementos como la utilizaci¨®n de sociedades intermedias, el recurso a la doble deducci¨®n o el traslado de los ingresos a jurisdicciones con baja imposici¨®n. Est¨¢ previsto que estos nuevos requisitos de informaci¨®n entren en vigor el 1 de enero de 2019.
Iniciativa europea
Aunque la iniciativa europea parece ambiciosa, no todo el mundo se muestra optimista sobre sus efectos reales. Jos¨¦ Mar¨ªa Pel¨¢ez, inspector fiscal y especialista en blanqueo de capitales, considera "positivo que la UE manifieste su intenci¨®n de controlar la actividad de determinados asesores e intermediarios que ofrecen a grandes fortunas productos y estructuras con el objetivo de defraudar y blanquear", pero no cree que la medida vaya a ser efectiva, puesto que va a consistir en que sean los propios asesores quienes declaren sus estructuras y forma de operar "y eso todos sabemos que no va a ocurrir". Cree que los contribuyentes seguir¨¢n enter¨¢ndose de este tipo de casos cuando surja un esc¨¢ndalo.
En el caso concreto de Espa?a, Pel¨¢ez subraya el "sonrojo" que produce que en la sentencia del caso Messi, "el Tribunal Supremo considere ins¨®lito que no se incluyera en la acusaci¨®n a los asesores a los que acudi¨® el futbolista, ya que, cuando acude al despacho profesional no es para que ¨¦ste le informe sobre cu¨¢l sea su obligaci¨®n tributaria y c¨®mo darle adecuado cumplimiento, sino para que le indiquen c¨®mo lograr eludirlo, pues solamente desde este designio se comprenden los actos materialmente ejecutados por el acusado".
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