El exbanquero Fern¨¢ndez Gayoso sale en libertad tras devolver lo cobrado de Novacaixagalicia
La edad y delicada salud del expresidente de la entidad ha sido determinante para su excarcelaci¨®n
La Audiencia Nacional ha autorizado este lunes la excarcelaci¨®n del expresidente de Novacaixagalicia (NCG) Julio Fern¨¢ndez Gayoso, de 85 a?os, despu¨¦s de cumplir la cuarta parte de la condena de dos a?os como cooperador en los delitos de apropiaci¨®n indebida y administraci¨®n desleal, y haber devuelto de forma solidaria con el resto de los exdirectivos de la entidad condenados los 10,4 millones de euros que percibieron indebidamente por prejubilaciones del banco y planes de pensiones.
El influyente exbanquero, implicado en uno de los mayores esc¨¢ndalos financieros tras el rescate de 9.000 millones que precis¨® el banco en 2010 para seguir adelante a ra¨ªz de la fusi¨®n de Caixa Galicia y Caixanova, abandonar¨¢ la prisi¨®n pontevedresa de A Lama despu¨¦s de que Instituciones Penitenciarias le concediese la libertad como paso previo a la obtenci¨®n del tercer grado, teniendo en cuenta, sobre todo, su delicada salud y avanzada edad. Seg¨²n el auto del juez de Instituciones Penitenciaras, Jos¨¦ Luis Castro, y con el criterio favorable de la Fiscal¨ªa de la Audiencia Nacional, Gayoso podr¨¢ disfrutar de un r¨¦gimen abierto que le permitir¨¢ dormir a diario fuera de la c¨¢rcel y pasar los fines de semana en su domicilio.
Pero el exbanquero tendr¨¢ que acogerse a un programa de reinserci¨®n social que dirige la Fundaci¨®n Erguete de Vigo como medida previa a la concesi¨®n de la libertad condicional. Fue la propia fundaci¨®n (cuya presidenta es Carmen Avenda?o, exconsejera de Caixanova en la etapa de Gayoso) la que propuso que el interno participara en sus planes ocupacionales orientados a la integraci¨®n laboral de exdrogodependientes.
Sin embargo, la Audiencia no ha resuelto todav¨ªa los recursos de los cuatro compa?eros de banquillo de Gayoso y ex altos cargos de la entidad que hoy opera como Abanca. Estos permanecen en prisi¨®n desde el pasado 16 de enero cuando se orden¨® su internamiento para ser los primeros banqueros que entraban en prisi¨®n en Espa?a por una condena por fraude financiero.
Jos¨¦ Luis Pego, ?scar Rodr¨ªguez Estrada, Gregorio Gorriar¨¢n y el asesor jur¨ªdico Ricardo Pradas han devuelto junto al expresidente los 10,4 millones de los 22 que la justicia les oblig¨® a reintegrar por las prejubilaciones millonarias recibidas, incluyendo planes de pensiones e indemnizaci¨®n por despido. Ellos han cumplido tambi¨¦n la cuarta parte de la condena, pero la Fiscal¨ªa ha rechazado sistem¨¢ticamente sus recursos de excarcelaci¨®n.
Los exdirectivos han recurrido en apelaci¨®n el auto de la Secci¨®n Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional, presidida por el magistrado Alfonso Guevara, que rechaz¨® la suspensi¨®n de la condena pese a que suele hacerlo cuando, en este caso, las penas son inferiores a dos a?os y cuando los condenados no tienen antecedentes penales.
El tribunal ha tenido en cuenta, adem¨¢s, que los cinco ejecutivos no han demostrado absoluto arrepentimiento ya que hab¨ªan devuelto menos de la mitad de lo reclamado en la sentencia cuando ingresaron en prisi¨®n, bien a trav¨¦s de embargos o en efectivo. Una condena que a criterio del Tribunal Supremo fue ¡°exigua¡± dado los excesos cometidos por los exbanqueros, pero que no pudo elevarse en apelaci¨®n al no haber sido recurrida por ninguna de las partes.
Argumenta el auto que el exbanquero result¨® condenado como responsable civil solidario y en tal sentido debe valorarse su puesta en libertad ¡°tras mostrar absoluto arrepentimiento¡±, y haber abonado su parte proporcional de la condena, incluso haber avalado con su patrimonio el pago correspondiente a otros condenados, como es el caso de Jos¨¦ Luis Pego.
En cuanto al tipo de delito y la especial gravedad de los hechos, el auto se?ala que ¡°ha generado alarma social¡± y reproduce el argumento del Ministerio Fiscal que en su ¨²ltimo informe denegando la libertad de Gayoso subray¨® que ¡°el mensaje que se transmitir¨ªa a la sociedad, a¨²n alarmada muy seriamente por la gravedad del comportamiento delictivo, provocar¨ªa inquietud y sobresalto ante el escaso castigo por los hechos delictivos¡±.
Expone el auto, incidiendo en la teor¨ªa expuesta por el fiscal, que ¡°no basta con pagar y con haber pasado escasos seis meses en prisi¨®n para conseguir el tercer grado penitenciario¡±. Y a?ade que la ejecuci¨®n de la pena debe ser ejemplar, en l¨ªnea con la sentencia del Tribunal Supremo que calific¨® de desproporcionada por su levedad la pena impuesta a los condenados.
Sin embargo, el juez, adem¨¢s de incidir en su avanzada edad y delicada salud del interno, subraya que la condena impuesta a Gayoso es de dos a?os por apropiaci¨®n indebida y aunque no haya cumplido la mitad de la condena es inexigible legalmente este requisito porque no es integrante de ninguna organizaci¨®n criminal y la pena es muy inferior a los cinco a?os, cuant¨ªa a partir de la cual es obligado cumplir los requisitos de seguridad.
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