Sentencia Intel: las circunstancias importan
La compa?¨ªa americana de microprocesadores se ha librado, por ahora, de la que en su d¨ªa fue la mayor multa de la historia de la Uni¨®n Europea,1.060 millones de euros, por abuso de posici¨®n dominante
La Gran Sala del Tribunal de Justicia ha dictado hoy una sentencia hist¨®rica, confirmando que la l¨ªnea que separa el bien del mal, en el derecho de la competencia, es de car¨¢cter econ¨®mico y no exclusivamente jur¨ªdico-formal.
La esperada sentencia se refiere a la mayor multa de la historia de la Uni¨®n Europea hasta aquel entonces: 1.060 millones de euros impuestos a Intel por acordar descuentos de exclusiva con los fabricantes de ordenadores HP, Dell, Lenovo y NEC, destinados a expulsar del mercado a su competidor, AMD.
No siempre es f¨¢cil para empresas en posici¨®n de dominio como Intel, con un 70% de cuota de mercado, discernir si una determinada conducta est¨¢ prohibida o no. Estas empresas, dada su posici¨®n, est¨¢n sometidas a una "especial responsabilidad" de no perjudicar la competencia y no pueden incurrir en conductas que ser¨ªan perfectamente legales y hasta procompetitivas, de ser realizadas por empresas que no disfrutan de esta posici¨®n.
El Tribunal General, la instancia inferior, hab¨ªa sostenido que los descuentos por exclusividad otorgados por empresas en posici¨®n de dominio est¨¢n prohibidos sin necesidad y con independencia de las circunstancias concurrentes en cada caso, opci¨®n que sin duda otorgaba seguridad jur¨ªdica pero que potencialmente permit¨ªa incluir en la prohibici¨®n conductas inocuas o incluso procompetitivas. El Tribunal de Justicia no respalda al Tribunal General, confirmando la necesidad de an¨¢lisis econ¨®mico, devolviendo el asunto al Tribunal para que ¨C 8 a?os despu¨¦s de la imposici¨®n de la multa ¨C examine el an¨¢lisis de los descuentos realizado por la Comisi¨®n.
Por ello, ya no ser¨¢ posible calificar determinadas conductas cometidas por empresas en posici¨®n de dominio como abusos en abstracto, por muy claros que parezcan. Es necesario, adem¨¢s, que las autoridades de la competencia tengan en cuenta las circunstancias econ¨®micas y demuestren que la conducta ten¨ªa la capacidad de restringir la competencia y eliminar a competidores m¨¢s eficientes (no importando que se elimine a los ineficientes).
El Tribunal de Justicia se ha limitado a anular el test utilizado por el Tribunal General para revisar la decisi¨®n de la Comisi¨®n Europea, inst¨¢ndole a comprobar que aqu¨¦lla tuvo adecuadamente en cuenta las circunstancias econ¨®micas. Aunque el an¨¢lisis en su d¨ªa realizado por la Comisi¨®n Europea permanece sin revisar, la sentencia del Tribunal de Justicia supone un espaldarazo a esta Instituci¨®n, que hab¨ªa publicado en el a?o 2009 ¨C coincidiendo con la imposici¨®n de la multa a Intel - unas Orientaciones sobre la aplicaci¨®n del derecho de la competencia a las empresas en posici¨®n de dominio que ahora se ven confirmadas por el Tribunal de Justicia. Resta por ver si ese m¨¦todo se aplic¨® bien en este caso concreto, pero las reglas ahora est¨¢n claras y son econ¨®micas.
Miguel Odriozola es socio responsable de Competencia en Clifford Chance
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