El Gobierno busca una salida a la guerra del IVA entre el fisco y las televisiones auton¨®micas
Introduce una disposici¨®n en la ley de contratos del sector p¨²blico, aprobada la semana pasada, para aclarar el contencioso
La nueva ley de contratos del sector p¨²blico, aprobada la semana pasada, contiene una disposici¨®n final con la que el Gobierno pretende solucionar los contenciosos que mantienen la mayor¨ªa de televisiones p¨²blicas auton¨®micas con la Agencia Tributaria a cuenta del IVA. Varios canales regionales tienen recurridas actas fiscales por cerca de 200 millones. Con la nueva norma, los ingresos por subvenciones de las televisiones p¨²blicas regionales o locales no est¨¢n sujetos a IVA. A¨²n as¨ª, las televisiones reclaman mejoras en su financiaci¨®n.
Corporaci¨® Catalana de Mitjans Audiovisuals (TV3), la Sociedad P¨²blica de Radiodifusion y Television Extreme?a (Canal Extremadura), Televisi¨®n Auton¨®mica de Castilla-La Mancha (CMT), Corporacion Radio y Television de Galicia (TVG) y la Televisi¨®n Auton¨®mica de Arag¨®n (TVAA), entre otras, mantienen un pulso contra la Agencia Tributaria a cuenta del tratamiento del IVA. Hace un par de meses, la FORTA, la federaci¨®n de televisiones auton¨®micas, advirti¨® de que Hacienda les estaba sometiendo a una "asfixia econ¨®mica" que las pod¨ªa "abocar a la liquidaci¨®n". Para intentar salvar la situaci¨®n, el Gobierno ha introducido un cambio a trav¨¦s de la ley de contratos del sector p¨²blico, aprobada la semana pasada.
Pero la guerra de estos entes p¨²blicos con Hacienda se libra desde mucho antes. Hasta 2014 las televisiones auton¨®micas solo repercut¨ªan ¡ªcargaban¡ª el IVA de los ingresos por publicidad y patrocinio de sus programas pero no el de las subvenciones p¨²blicas que recib¨ªan a su vez de los entes p¨²blicos regionales. Sin embargo, se deduc¨ªan todo el IVA que soportaban de todos sus gastos. El resultado es que aligeraban sustancialmente su factura fiscal y mejoraban su liquidez, porque era frecuente que la liquidaci¨®n les saliera a devolver.
Pero Hacienda cambi¨® de interpretaci¨®n en 2014. Entonces comenz¨® a considerar que estas sociedades p¨²blicas ten¨ªan un objeto dual. Por un lado ten¨ªan una actividad comercial por los ingresos de patrocinio y publicidad; y por otro, desarrollaban un servicio p¨²blico. As¨ª que empez¨® a abrir inspecciones a las televisiones bajo el pretexto de que estas solo se pod¨ªan deducir una parte del IVA, el que correspond¨ªa a su actividad comercial. Y para calcularlo aplicaba la regla de la prorrata. Como cerca del 90% de los ingresos de estos canales proceden de las subvenciones de los entes regionales y solo el 10% de sus anuncios, el nuevo m¨¦todo permiti¨® que el fisco abriera decenas de inspecciones millonarias.
La sentencia de Extremadura
El Tribunal Econ¨®mico Administrativo Central (TEAC), que dirime los asuntos tributarios, dict¨® el pasado mayo una sentencia que daba la raz¨®n a la televisi¨®n extreme?a en el contencioso que manten¨ªa con la Agencia Tributaria sobre la devoluci¨®n del IVA. Es decir, este fallo permit¨ªa al canal deducirse todo el IVA de sus gastos, pero le obligaba a soportar el impuesto de las subvenciones que recibe. Sin embargo, la modificaci¨®n legal de la semana pasada vuelve a cambiar la situaci¨®n.
La tensi¨®n creci¨® con la entrada en vigor de la reforma fiscal en 2015, que afect¨® a la ley del IVA. La nueva norma obligaba a los entes p¨²blicos a integrar en la base imponible el IVA las subvenciones. Es decir, a repercutir el IVA de la financiaci¨®n p¨²blica. Esto encarec¨ªa su factura fiscal, un 21% m¨¢s, y desencaden¨® una oleada de recursos de las televisiones ante los tribunales y, en consecuencia, otra catarata de actas de Hacienda. El pulso se recrudec¨ªa.
Volver al pasado
Las presiones de la Forta, las propias comunidades aut¨®nomas y la delicada situaci¨®n financiera de estos entes audiovisuales han empujado al Gobierno a modificar la ley del IVA a trav¨¦s de una disposici¨®n de la ley de contratos del sector p¨²blico, aprobada la semana pasada. "La financiaci¨®n p¨²blica recibida por estos servicios p¨²blicos no estar¨¢ incluida en la base imponible del IVA", precisa el subsecretario de Estado de Hacienda, Felipe Mart¨ªnez Rico.
Tom¨¢s Lamarca, socio de LEAN Abogados y experto fiscalista, explica que el cambio legal invalida la reforma de 2015 que afecta a estos casos. "Es como si volviera a la interpretaci¨®n inicial por la que no se soporta el IVA de las subvenciones y de la financiaci¨®n p¨²blica que reciben estas televisiones". Lamarca recuerda que el asunto est¨¢ muy judicializado e incluso han llegado recursos a Bruselas. Por su parte, Enrique Laucirica, secretario general de Forta, reclama que se "aclare definitivamente el tema. Es muy controvertido. Llevan a?os desarrollando la normativa y sigue sin estar clara".
Jes¨²s Rodr¨ªguez M¨¢rquez, del despacho F&J Mart¨ªn Abogados, advierte de que la nueva norma tiene efectos retroactivos. A¨²n as¨ª, el cambio no content¨® a las televisiones auton¨®micas.
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