Empleo quiere auditor¨ªas salariales en las grandes empresas para lograr la igualdad salarial
Los contratos temporales podr¨¢n durar hasta tres a?os si as¨ª se pacta en los convenios
El Ministerio de Empleo apuesta por la transparencia para acercar los sueldos de hombres y mujeres. En el borrador presentado a los agentes sociales para la reforma de la contrataci¨®n ha incluido la obligaci¨®n para las empresas con m¨¢s de 250 empleados de hacer auditor¨ªas salariales para ¡°sensibilizar a empresas y trabajadores¡± del problema. Tambi¨¦n se concreta la reducci¨®n de los tipos de contratos temporales, que, en principio, durar¨¢n dos a?os, pero se podr¨¢ ampliar hasta tres si se pacta as¨ª en los convenios.
Los representantes del Ministerio de Empleo, de los sindicatos mayoritarios UGT y CC OO, y de las patronales CEOE y Cepyme volver¨¢n a verse esta semana para hablar de la reforma de la contrataci¨®n que pretende hacer el Gobierno. Habr¨¢ pasado casi un mes desde que Empleo entreg¨® a los agentes sociales su propuesta, compuesta de tres documentos y m¨¢s documentaci¨®n adjunta, en la que se concreta la senda sobre la materia que el PP y Ciudadanos pactaron para la investidura: reducirlos a tres tipos (indefinido, temporales y formaci¨®n).
Aprovechando esto, Empleo quiere cambiar el Estatuto de los Trabajadores y la Ley de Igualdad para que los salarios de las mujeres se acerquen a los de los hombres. En 2016 el sueldo medio de los hombres ascend¨ªa a 2.075,65 euros brutos al mes y el de las mujeres a 1.661, es decir, ellas cobran un 20% menos al mes. ¡°Para lograr este objetivo [la igualdad retributiva] es necesario adoptar [...] medidas que promuevan la transparencia salarial¡±.
Esas medidas consisten en aumentar las obligaciones de las empresas para facilitar informaci¨®n sobre los sueldos y obligar a las empresas de m¨¢s de 250 trabajadores a realizar una auditor¨ªa salarial con ese fin. Esta medida deber¨¢ contemplarse en el plan de igualdad que ya deben tener estas empresas. Lo que no recoge la propuesta es la sanci¨®n que hay aparejada en caso de incumplimiento. Esto, para las fuentes sindicales consultadas, supone mantener el mismo car¨¢cter de la ley de igualdad aprobada en 2007, que es ¡°program¨¢tica¡± m¨¢s que de obligado cumplimiento.
En los apartados de contrataci¨®n, el borrador contempla otras medidas. Estas, detalladas a continuaci¨®n, pueden cambiar en la negociaci¨®n:
Reducci¨®n del tipo de contratos. El men¨² de contratos se reducir¨¢ a tres opciones. Habr¨¢ uno para los indefinidos. Se crear¨¢ otro, ¨²nico, para todo tipo de contrataci¨®n temporal, que pasara a convertirse en indefinida a los dos a?os de vigencia. Ahora existen los eventuales, los de interinidad, los de obra o servicio y otros menos usados (relevo, jubilaci¨®n parcial, temporal de discapacitados...). La tercera modalidad ser¨¢ la formativa, en la que se fusionar¨¢n las dos actuales de esta clase: de pr¨¢cticas (para quien ha salido de la universidad) y de formaci¨®n (para trabajadores sin cualificaci¨®n hasta los 30 a?os mientras el paro supere el 15%, entonces bajar¨ªa a 25).
Temporales de hasta tres de duraci¨®n. En principio, todos los contratos temporales tendr¨¢n una duraci¨®n m¨¢xima de dos a?os, despu¨¦s se convertir¨ªan en indefinidos. No obstante, este plazo podr¨¢ ampliarse hasta tres si se pacta en los convenios. Esto, en realidad, supone abrir la posibilidad de aumentar el periodo de trabajo temporal a todos los contratos de este tipo, algo que no sucede en la actualidad. Ahora hay un l¨ªmite de dos a?os para todos los temporales menos para los de obra o servicio que tienen un tope de tres a?os ampliables a cuatro si se pacta en un convenio sectorial. Ahora este pacto podr¨¢ darse a nivel sectorial y empresarial.
Indemnizaci¨®n creciente. Como recog¨ªa el pacto de investidura, inspir¨¢ndose en el programa electoral de Ciudadanos, los contratos temporales llevaran aparejada durante el primer a?o de vida una indemnizaci¨®n de 12 d¨ªas por a?o trabajado; en el segundo, de 16; y en el tercero, de 20, como ahora tienen garantizado los indefinidos en caso de un despido procedente. Si es improcedente, tanto temporales como fijos ya tienen garantizados 33 d¨ªas por a?o trabajado con un l¨ªmite de 24 mensualidades. Y eso no cambia.
Preaviso desde los seis meses. La regulaci¨®n actual contempla que cuando vaya a acabar un contrato temporal que dure m¨¢s de un a?o la empresa debe avisar al trabajador 15 d¨ªas antes al menos. Si la duraci¨®n es menor, no tiene por qu¨¦ haber advertencia. La propuesta de Empleo contempla un preaviso desde los seis meses de duraci¨®n. En estos casos, el anuncio por parte de la empresa debe llegar con siete d¨ªas de antelaci¨®n. A partir del a?o, se mantendr¨ªa la obligaci¨®n de que el aviso llegue con al menos 15 d¨ªas de antelaci¨®n.
Un problema para la Administraci¨®n
La unificaci¨®n de los contratos temporales en uno solo, incluidos los de interinidad, unido a la limitaci¨®n en el encadenamiento de contratos supone un problema para la Administraci¨®n. ?Por qu¨¦? El sector p¨²blico es uno de los que m¨¢s recurre a interinos para cubrir bajas de todo tipo y otras necesidades. El Ministerio de Empleo acaba con esta modalidad de contrataci¨®n y mantiene los l¨ªmites al encadenamiento: un trabajador que haya sido contratado por m¨¢s de 24 meses seguidos o en un plazo de 30 meses se convierte en fijo.
Ahora los contratos de interinidad est¨¢n excluidos de la limitaci¨®n en el encadenamiento de contratos. La nueva redacci¨®n no hace esta excepci¨®n, ya que la interinidad desaparece. La salvedad se acota a contratos formativos, a los sustitutos de los jubilados parcialmente, a los que firmen empresas de inserci¨®n o los de programas p¨²blicos de empleo-formaci¨®n. El ministerio recoge una excepci¨®n a la duraci¨®n m¨¢xima de dos a?os de los temporales para transformarse en fijo: cuando el trabajador sustituido tiene derecho a reserva de puesto de trabajo (tareas sindicales, cargos pol¨ªticos). La excepci¨®n no se traslada al encadenamiento de contratos.
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