Las comunidades de vecinos ante un nuevo reglamento contra incendios
La normativa eleva el nivel de exigencia respecto de las empresas instaladoras y mantenedoras
El pasado 12 de diciembre entr¨® en vigor el nuevo Reglamento de Instalaciones de Protecci¨®n Contra Incendios, que viene a sustituir al publicado en 1993. Los 25 a?os transcurridos entre ambas normas se hacen notar de manera significativa en la nueva regulaci¨®n, que viene a actualizar y homogeneizar la nueva disposici¨®n con los Reglamentos de Seguridad y calidad Industrial publicados en los ¨²ltimos a?os para otros tipos de instalaciones, adem¨¢s de incorporar criterios que ha ido adelantando el C¨®digo T¨¦cnico de la Edificaci¨®n, publicado en 2006. La protecci¨®n contra incendios se debe abordar ¨C y as¨ª lo hace el nuevo reglamento ¨C desde dos ¨®pticas diferentes, la prevenci¨®n y la extinci¨®n.
El primer objetivo de toda edificaci¨®n debe ser su dise?o y construcci¨®n bajo unas pautas que permitan, en la medida de lo posible, prevenir la producci¨®n del siniestro. Bajo esta ¨®ptica hay que destacar que el adecuado uso y mantenimiento del resto de las instalaciones de la vivienda o local, singularmente las instalaciones el¨¦ctricas, contribuyen de manera decisiva a la prevenci¨®n de incendios. Lamentablemente todos los a?os nos encontramos con noticias de sucesos que tienen su origen en un mal estado de las instalaciones de la vivienda o en un uso inadecuado por parte de los usuarios.
Por tanto, existe un trabajo fundamental en lo que podr¨ªamos denominar cultura de la prevenci¨®n. Pero una vez que el siniestro se produce, es esencial disponer de los medios adecuados para evitar su propagaci¨®n y proceder a su r¨¢pida extinci¨®n.
El reglamento aborda esta cuesti¨®n desde distintos enfoques, todos los cuales contribuyen a que su aplicaci¨®n pr¨¢ctica evite da?os personales y materiales. De un lado hace referencia a los materiales y equipos que integran los sistemas de detecci¨®n y extinci¨®n de incendios, haciendo especial hincapi¨¦ en la adecuada homologaci¨®n de los mismos, cuesti¨®n que debe ser especialmente verificada por quienes ejecutan, mantienen e inspeccionan la instalaci¨®n.
Adem¨¢s, eel nuevo reglamento viene a establecer unos ciclos de vida ¨²til de algunos de dichos equipos, de manera que su obsolescencia no los haga inoperativos. Por ejemplo, en el caso de los detectores, se sustituir¨¢n cada 10 a?os. En este sentido, este reglamento a?ade nuevas instalaciones de protecci¨®n activa contra incendios que no estaban contempladas en el anterior, como son los sistemas fijos de extinci¨®n por aerosoles condensados, sistemas para el control de humos y de calor, mantas ign¨ªfugas o alumbrado de emergencia.
Con todo, la principal novedad del nuevo reglamento es la instauraci¨®n de un sistema de inspecciones peri¨®dicas de las instalaciones de protecci¨®n contra incendios. A la tradicional obligaci¨®n de que toda instalaci¨®n cuente con un adecuado mantenimiento a cargo de una empresa mantenedora habilitada, se a?ade ahora la obligaci¨®n de inspeccionar las instalaciones cada 10 a?os por parte de una entidad independiente, en este caso un Organismo de Control Acreditado (OCA), que deber¨¢ ser contratada al efecto por el titular de la instalaci¨®n.
Es cierto que algunas instalaciones se excluyen de esta obligaci¨®n, por ejemplo las viviendas, los locales destinados a aparcamiento de superficie inferior a 500 metros cuadrados, los locales comerciales tambi¨¦n de superficie inferior a 500 metros o las oficinas de superficie inferior a 2000 metros, pero la mayor parte de las instalaciones de una cierta dimensi¨®n estar¨¢n sujetas a este control de seguridad. Por ejemplo, el garaje de una comunidad de propietarios con una superficie superior a 500 metros cuadrados, deber¨¢ ser objeto de este tipo de inspecci¨®n, aunque las viviendas no lo est¨¦n.
Hay que destacar que se ha establecido un periodo transitorio para que las instalaciones ya construidas se pongan al d¨ªa sobre esta obligaci¨®n, con lo que titulares de inmuebles y administradores de fincas deber¨¢n estar particularmente atentos a esta nueva obligaci¨®n a fin de cumplirla dentro de los plazos legalmente previstos.
De la misma manera el reglamento viene a regular de manera pormenorizada los requisitos de las empresas que tienen como misi¨®n la ejecuci¨®n y el mantenimiento de las instalaciones de protecci¨®n contra incendios.
En este sentido, desde Agremia podemos considerar aspectos positivos como la elevaci¨®n del nivel de exigencia respecto de las empresas instaladoras y mantenedoras, incrementando la cualificaci¨®n exigida a los responsables t¨¦cnicos de las mismas y de sus operarios, o ampliando las v¨ªas de acceso a la profesi¨®n. Por el contrario, consideramos injustificada la obligatoriedad de contar con un sistema de calidad certificado de manera indiscriminada y para todo tipo de empresa.
En definitiva, se trata de un buen reglamento que viene a modernizar la regulaci¨®n existente y mejora su coordinaci¨®n con otras normativas que inciden en la seguridad de los edificios, aumentado la exigencia sobre los materiales y equipos empleados, los profesionales encargados de la ejecuci¨®n y mantenimiento de las instalaciones, que incide de manera especial en el adecuado mantenimiento de las mismas y en la vigilancia de su estado por medio de las nuevas inspecciones obligatorias, sin perjuicio de aquellos aspectos que, como hemos destacado, pueden plantear dudas sobre su necesidad, oportunidad o eficacia. Esperamos que algunos de estos ¨²ltimos sean moderados o matizados a trav¨¦s de la Gu¨ªa de Aplicaci¨®n que est¨¢ preparando el Ministerio y que esperamos salga a la luz en breve.
Jos¨¦ Mar¨ªa de la Fuente es presidente de Agremia (Asociaci¨®n de Empresas del Sector de las Instalaciones y la Energ¨ªa)
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.