Energ¨ªa ordena devolver a las el¨¦ctricas sus pagos por el bono social de 2014
El retorno de 200 millones se realizar¨¢ con cargo al super¨¢vit de ingresos del sistema el¨¦ctrico
El Ministerio de Energ¨ªa, Turismo y Agenda Digital ha ordenado devolver a las el¨¦ctricas las cantidades que abonaron en concepto de bono social el ejercicio de 2014, m¨¢s los intereses legales computados desde que se hizo el pago hasta la fecha de su reintegro, con lo que se cumplir¨¢ la sentencia del Tribunal Supremo que obligaba a hacer ese pago tras un recurso de las el¨¦ctricas. Dichos pagos se realizar¨¢n con cargo a los super¨¢vit de ingresos del sistema el¨¦ctrico que est¨¢n depositados en la cuenta espec¨ªfica del encargado de las liquidaciones, ha informado hoy el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE).
El bono social el¨¦ctrico en 2014 rond¨® los 200 millones de euros y fue asumido en su mayor parte por Endesa (41,61%), Iberdrola (38,47%) y Gas Natural (14,18%). Desde 2014, el sistema el¨¦ctrico se encuentra en positivo, acumulando m¨¢s de 1.440 millones de euros de super¨¢vit. En concreto, ese a?o el super¨¢vit ascendi¨® a 550,3 millones de euros, mientras que en 2015 alcanz¨® los 469,3 millones de euros y en 2016 m¨¢s de 421 millones de euros.
El ministerio tambi¨¦n ha dispuesto dar traslado de la presente orden a la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), como ¨®rgano encargado de las liquidaciones, a fin de que proceda a realizar los reintegros a los que se refieren los apartados anteriores. Dicha Comisi¨®n deber¨¢ enviar al ministerio la informaci¨®n sobre la liquidaci¨®n que hiciese.
El pasado mes de octubre, el Ministerio ya aprob¨® otra orden para la devoluci¨®n de las cantidades abonadas por las el¨¦ctricas por el bono social en los ejercicios 2015 y 2016, despu¨¦s de que otro fallo del Supremo estimara que estas indemnizaciones a las compa?¨ªas deb¨ªan realizarse con cargo al sistema el¨¦ctrico y no al Tesoro P¨²blico o a las comercializadoras.
A finales de octubre del a?o pasado, el Supremo ya hab¨ªa estimado los recursos interpuestos por Endesa y Viesgo -la antigua E.ON Espa?a- y reconoci¨® el derecho de los demandantes a cobrar una indemnizaci¨®n por las cantidades abonadas en concepto de bono social en aplicaci¨®n del real decreto de 2014 por el que se fij¨® la metodolog¨ªa de financiaci¨®n.
En varias sentencias, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo declar¨® la nulidad de esa orden y estim¨® los recursos interpuestos por Estebanell y Pahisa, Electra del Maestrazgo, Fuci?os Rivas, Endesa, Iberdrola Espa?a S.A.U, Cooperativa Popular de Fluido El¨¦ctrico de Camprod¨®n, Asociaci¨®n de Empresas El¨¦ctricas (ASEME), Iberdrola S.A., Gas Natural SDG, Viesgo Infraestructuras Energ¨¦ticas S.L. (antes E.ON Espa?a S.L.).
En consecuencia, el ministerio ha procedido a ejecutar las citadas sentencias, ordenando la devoluci¨®n de las cantidades abonadas en concepto de bono social por todos los grupos de sociedades, o en su caso, sociedades designadas en la Orden IET/350/2014, por las que se determinaron los sujetos obligados a financiar el bono social en el ejercicio 2014.
Incluidas en los Presupuestos
A este respecto, el Gobierno ya hab¨ªa incluido varias disposiciones adicionales en el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2017 en las que recog¨ªa la posibilidad de dedicar parte del super¨¢vit del sistema el¨¦ctrico a sufragar tanto las ayudas a las renovables en territorios no peninsulares como indemnizaciones por fallos judiciales a favor de empresas del sector.
Estas disposiciones con rango de ley supon¨ªan una modificaci¨®n de la Ley del Sector El¨¦ctrico de 2013, en la que se establece que el super¨¢vit del sistema el¨¦ctrico deber¨¢ dedicarse ¨ªntegramente a amortizar la deuda generada tras sucesivos a?os de d¨¦ficit de tarifa.
La disposici¨®n adicional cent¨¦sima d¨¦cima cuarta se?ala que, "de forma excepcional para el a?o 2017, los super¨¢vits de ingresos del sistema el¨¦ctrico podr¨¢n destinarse al pago de indemnizaciones en ejecuci¨®n de sentencias derivadas de normativa del sector el¨¦ctrico".
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