La CNMC obliga a las el¨¦ctricas a cambiar las marcas de sus filiales para no confundir a los usuarios
El objetivo es que existan diferencias en la denominaci¨®n y los logotipos respecto de las sociedades con las que comercializan
La Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dado seis meses a las compa?¨ªas el¨¦ctricas que operan a la vez en el mercado libre y en el regulado para que modifiquen su nombre y su marca (no podr¨¢n ser los mismos que los de sus filiales) y eviten as¨ª crear confusi¨®n entre los consumidores. La resoluci¨®n es jur¨ªdicamente vinculante y llega despu¨¦s de que la Organizaci¨®n de Consumidores y Usuarios (OCU) denunciara que las empresas incumpl¨ªan la normativa que establece que distribuidoras, comercializadoras y comercializadoras de referencia usen marcas y logotipos diferentes. Una confusi¨®n que seg¨²n OCU, y ahora tambi¨¦n seg¨²n la CNMC, es perjudicial para el cliente final.
La medida va dirigida a las empresas distribuidoras tanto de electricidad como de gas y comercializadores de referencia y de ¨²ltimo recurso. Seg¨²n la ley, un mismo grupo empresarial integrado verticalmente puede ofrecer sus servicios a trav¨¦s de una comercializadora regulada y a trav¨¦s de una comercializadora libre, y tener una compa?¨ªa de distribuci¨®n.
En Espa?a, ocho de cada diez hogares no son capaces de distinguir si est¨¢n pagando la luz con un precio regulado (PVPC en electricidad y TUR en gas) o libre. La similitud de logos, siglas y denominaciones entre la comercializadora regulada, la comercializadora libre y la distribuidora del mismo grupo empresarial confunde a los consumidores. Esto se debe a que un mismo grupo empresarial puede comercializar el gas y la electricidad a sus clientes a trav¨¦s de dos empresas distintas, que facturan diversos precios por la electricidad y el gas. Son las llamadas comercializadoras de referencia (comercializadores de ¨²ltimo recurso en el sector gasista) para el suministro regulado o comercializadoras del mercado libre.
El escrito que la OCU present¨® en 2016 se?alaba que la confusi¨®n se refer¨ªa tanto a los nombres de las empresas como a las comunicaciones y canales de atenci¨®n al cliente y, sobre todo, al logo utilizado, en muchos casos id¨¦ntico para las distintas compa?¨ªas que operan en el mercado libre y regulado y que forman parte del mismo grupo empresarial.
Para ello, las empresas tendr¨¢n que realizar cambios en la informaci¨®n, presentaci¨®n de marca e imagen de marca respecto a la filial del mismo grupo empresarial que comercializa en el mercado libre. De esta forma, los consumidores podr¨¢n identificar correctamente en sus facturas qu¨¦ comercializadora le ofrece el servicio y saber si est¨¢n en el mercado libre o regulado, como exige la normativa europea.
En primer lugar, la resoluci¨®n del supervisor obliga a modificar la denominaci¨®n social para evitar la confusi¨®n en la presentaci¨®n de la marca respecto a las sociedades del mismo grupo que realicen actividades de comercializaci¨®n. La CNMC advierte de que la incorporaci¨®n del t¨¦rmino ¡°distribuidor¡± o ¡°comercializador de referencia¡± o ¡°comercializador de ¨²ltimo recurso¡± no ser¨¢ suficiente para aclarar la diferencia entre una empresa y otra.
En segundo lugar, tendr¨¢n que cambiar el logotipo, de forma que su comparaci¨®n gr¨¢fica, fon¨¦tica o conceptual no induzca a error. En este sentido se advierte que utilizar palabras, letras, cifras, figuras, signos, dibujos o s¨ªmbolos iguales entre la comercializadora de referencia, la libre y la distribuidora, como est¨¢ actualmente ocurriendo en algunos casos, confunde a los clientes.
Un mismo grupo empresarial puede ofrecer sus servicios a trav¨¦s de una comercializadora regulada y a trav¨¦s de una comercializadora libre, y tener una compa?¨ªa de distribuci¨®n
En tercer lugar, se obliga no crear confusi¨®n en la informaci¨®n que se remite a los consumidores por cualquier canal de comunicaci¨®n (telef¨®nico, escrito, web, presencial). El objetivo es evitar la confusi¨®n sobre la identidad de las filiales del grupo que realicen actividades de comercializaci¨®n. En la informaci¨®n deber¨¢ quedar diferenciada e inequ¨ªvocamente identificada la empresa.
Entre los ejemplos citados por la CNMC que crean confusi¨®n entre los usuarios, est¨¢n los logos y denominaciones de Endesa Energ¨ªa, S.A. (mercado libre) y Endesa Energ¨ªa XXI, S.L.U. (mercado regulado) y los de?Iberdrola Clientes e?Iberdrola Comercializaci¨®n de ¨²ltimo recurso. Tambi¨¦n considera que existe confusi¨®n en el caso de Viesgo y Edp, ya que ninguna de las dos comercializadoras de referencias disponen de una p¨¢gina web independiente ni identifican debidamente la marca e imagen de marca en la informaci¨®n que proporcionan.
Por otro lado, la CNMC destaca que la nueva denominaci¨®n social de la comercializadora de referencia (comercializadora regulada Gas&Power S.A) de?Gas Natural y de la comercializadora libre perteneciente al grupo Naturgy Iberia "no confunde al consumidor". Tampoco considera necesario que Tramelcor adopte cambios, ya que su comercializadora libre Gaselec es f¨¢cilmente?distinguible.?
La diferencia entre la tarifa regulada y la del mercado libre est¨¢ en el precio que el consumidor paga por el consumo de energ¨ªa. El cliente de la comercializadora de referencia paga un precio regulado por su consumo. Adem¨¢s, solo si est¨¢ suscrito al PVPC, en el sector el¨¦ctrico, puede solicitar el bono social (descuentos de entre 25% y 40%) cuando tenga derecho a este descuento. Por el contrario, cuando el cliente tiene su suministro con una comercializadora del mercado libre, paga el precio que libremente acuerde con la comercializadora por la energ¨ªa consumida. Adem¨¢s, podr¨¢ contratar servicios adicionales, como seguros de mantenimiento, servicios de aver¨ªas y otro tipo de vinculaciones con periodos de permanencia y penalizaciones, en algunos casos.?
En un periodo de tres meses, las empresas afectadas podr¨¢n aportar a la CNMC las medidas que van a realizar para que se valore si se ajustan a los cambios requeridos.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.