El Gobierno abre la puerta a revisar las subcontratas p¨²blicas y compensarles por el alza del salario m¨ªnimo
Hacienda estudiar¨¢ caso a caso y dar¨¢ soluciones transitorias a las empresas con contratos en la administraci¨®n que se vean muy afectadas por la subida de los sueldos
El Gobierno abrir¨¢ la puerta a revisar los contratos p¨²blicos que se vean afectados por la subida del salario m¨ªnimo, siempre que esta alza genere un desequilibrio importante en las cuentas de las empresas que prestan servicios a la Administraci¨®n. Seg¨²n aseguran fuentes gubernamentales, el Ministerio de Hacienda analizar¨¢ caso por caso, y modificar¨¢ los contratos si lo juzga necesario. Las empresas se hab¨ªan quejado de que la actual legislaci¨®n no les permit¨ªa trasladar la subida de costes salariales.
El Gobierno aprobar¨¢ el viernes en el Consejo de Ministros la subida del salario m¨ªnimo. El incremento, del 22,3% hasta los 900 euros, podr¨ªa tener consecuencias en multitud de empresas subcontratadas que prestan servicios a las Administraciones P¨²blicas. En las contratas de limpieza, vigilancia o mantenimiento resulta frecuente que las remuneraciones se encuentren por debajo de los 900 euros. Y con esa subida del salario m¨ªnimo en una sola vez sus costes salariales pueden dispararse. Sin embargo, las empresas no tendr¨¢n f¨¢cil repercutir esa subida a los contratos ya ganados debido a que el anterior Gobierno del PP ya puso en marcha la ley de desindexaci¨®n, que proh¨ªbe con car¨¢cter general que las revisiones de los contratos p¨²blicos se liguen a la inflaci¨®n.
La actual norma s¨ª que permite algunas excepciones como que las empresas puedan repercutir a la Administraci¨®n las alzas de sus materias primas. Pero no permite que se puedan trasladar como parte de la factura los incrementos de costes salariales m¨¢s all¨¢ de lo que suban los sueldos de los funcionarios seg¨²n se recoja en los Presupuestos del Estado. Y en 2019 la revalorizaci¨®n anunciada para los empleados p¨²blicos ser¨¢ de un 2,5%, muy lejos de ese 22,3% que se elevar¨¢ el salario m¨ªnimo. Seg¨²n se haya recogido o no en el pliego de condiciones, la ley de desindexaci¨®n puede regir los precios de muchos contratos.
¡°No solo se han saltado el anterior acuerdo suscrito en el di¨¢logo social. Este aumento tendr¨¢ un impacto en los costes laborales y en el empleo. Y supondr¨¢ un gran problema para las empresas que cuentan con escaso margen y dan servicios a la Administraci¨®n en actividades muy intensivas en mano de obra como la limpieza, la sanidad o la dependencia, y que adem¨¢s no se van a atrever a llevar esta situaci¨®n a los tribunales¡±, se queja Jordi Garc¨ªa Vi?a, director de relaciones laborales de la patronal CEOE. La idea de la ley de desindexaci¨®n consiste en que las empresas no puedan reclamar aquellas partidas que se corresponden estrictamente con su gesti¨®n, alegaba el Gobierno del PP cuando la aprob¨®.
Una subida del 22%
¡°Una cosa es limitar las subidas de costes a?o a a?o, y otra muy distinta es un cambio tan radical como subir el salario m¨ªnimo un 22%. Lo l¨®gico es que el incremento lo asuman las Administraciones como ya se hizo en su momento con el IVA. El motivo es que no se trata de un hecho imputable al riesgo y ventura. Va m¨¢s all¨¢. Si este incremento no se contempla en las contrataciones p¨²blicas, la legalidad ser¨ªa dudosa¡±, sostiene Jos¨¦ Mar¨ªa Gimeno Feliu, catedr¨¢tico de derecho administrativo en la Universidad de Zaragoza.
Ante este problema, la respuesta que prepara el Gobierno es que ¡°deber¨¢ analizarse cada caso particular y buscar una f¨®rmula espec¨ªfica y transitoria para amortiguar los efectos en aquellos supuestos en los que la subida del salario m¨ªnimo genere importantes desequilibrios¡±, explican fuentes del Ejecutivo. Seg¨²n estas, Hacienda tendr¨¢ que identificar qu¨¦ contratos tienen que ser revisados si se demuestra que el impacto en la mano de obra es sustancial. Y podr¨ªa incluso ocurrir que en algunos casos parte de los incrementos de costes tengan que ser asumidos por los contratistas. La decisi¨®n final ser¨¢ de los departamentos de Hacienda de la Administraci¨®n. Es decir, no se cambiar¨¢ la ley de desindexaci¨®n y se buscar¨¢n soluciones a medida.
Este tipo de soluciones no satisfacen a la patronal CEOE, que est¨¢ haciendo casus belli de la cuesti¨®n en un momento en el que adem¨¢s se est¨¢ distanciando del Gobierno por haberle dejado al margen en materias como la modificaci¨®n de la reforma laboral. ¡°Hay miles de contratos p¨²blicos al sumar todos los niveles de Administraci¨®n. Que el concesionario tenga que reclamar uno por uno no es un buen sistema y puede demorarse mucho. La patronal demanda una soluci¨®n generalizada y autom¨¢tica¡±, afirma Garc¨ªa Vi?a.
Fuentes jur¨ªdicas recuerdan que ya hay una doctrina del Supremo que obliga a la Administraci¨®n a hacer frente al incremento de costes cuando sea fruto de una decisi¨®n del Ejecutivo. En la jerga especializada se habla del factum principis: cuando una alteraci¨®n normativa del pr¨ªncipe entra?a un empeoramiento de las condiciones del contratante lo asume la autoridad p¨²blica.
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