Pallete defiende la importancia de que la plantilla pueda desconectar en vacaciones
Los trabajadores de Telef¨®nica no podr¨¢n recibir llamadas ni emails fuera del horario de trabajo
El presidente ejecutivo de Telef¨®nica, Jos¨¦ Mar¨ªa ?lvarez-Pallete, ha reivindicado la apuesta de la compa?¨ªa por garantizar la desconexi¨®n digital de los trabajadores, que se ha visto refrendada en el acuerdo que la empresa y los representantes sindicales firmaron este mi¨¦rcoles en Espa?a para regular este derechos y que el grupo prev¨¦ replicar en otros pa¨ªses.
En una publicaci¨®n en la red social LinkedIn, Alv¨¢re-Pallete se?ala que la revoluci¨®n tecnol¨®gica "lo est¨¢ cambiando todo", generando tanto grandes oportunidades como desaf¨ªos, y ha dado lugar a un fen¨®meno de conectividad permanente que est¨¢ teniendo impacto tambi¨¦n en el mundo de las relaciones laborales.
En este contexto, remarca que en Telef¨®nica consideran que "son las personas las que dan sentido a la tecnolog¨ªa y no al rev¨¦s" y, por ello, los trabajadores podr¨¢n disfrutar del derecho a la desconexi¨®n digital en su tiempo de descanso, una medida que fue anunciada en diciembre y que est¨¦ mi¨¦rcoles se formaliz¨® con la firma de un acuerdo con los sindicatos.
Firmado con? UGT y CC OO
Telef¨®nica firm¨® este mi¨¦rcoles con los sindicatos UGT y CC OO dos acuerdos con aplicaci¨®n a todas las empresas del grupo en los que se reconocen el derecho a la desconexi¨®n digital de los trabajadores y se regula el registro diario de jornada.
El primero de los acuerdos regula y garantiza el derecho a la desconexi¨®n digital durante los tiempos de descanso diario y semanal, permisos, vacaciones, d¨ªas de asuntos propios, incapacidades o excedencias, as¨ª como el respeto a la intimidad personal y familiar m¨¢s all¨¢ del tiempo de trabajo determinado legal o convencionalmente, se trate de personal dentro o fuera de convenio. De esta forma, se reconoce el derecho de los trabajadores a que, una vez finalizada la jornada laboral, no se atienda ning¨²n tipo de comunicaci¨®n, con independencia del medio que se utilice, ya sea el m¨®vil o el correo electr¨®nico.
Tan s¨®lo se contempla una excepci¨®n a este derecho cuando concurra alguna causa de fuerza mayor, un perjuicio grave, inminente o evidente o cuando se perciba un complemento por disponibilidad o similar. Igualmente, el acuerdo, que ya se anunci¨® el 23 de noviembre pasado, prev¨¦ que, con car¨¢cter general, las reuniones, tanto internas como externas con los clientes y las de formaci¨®n obligatoria, no se extender¨¢n m¨¢s all¨¢ de la jornada de trabajo.
Tambi¨¦n contiene la obligaci¨®n de establecer acciones formativas y campa?as de sensibilizaci¨®n que preserve este derecho en los supuestos de realizaci¨®n total o parcial del trabajo a distancia, as¨ª como en el domicilio de la persona trabajadora vinculado al uso de herramientas tecnol¨®gicas, sin excluir al personal directivo.
El segundo acuerdo, m¨¢s novedoso es el correspondiente al registro diario de jornada, pues se trata de una de las priemras grandes empresas que lo instaura. La medida es aplicable a las personas trabajadoras dentro y fuera de convenio de las empresas del grupo. El registro se realizar¨¢ a trav¨¦s de la tarjeta de identificaci¨®n personal y, para los supuestos en que la prestaci¨®n laboral no se desarrolla f¨ªsicamente en un centro de trabajo, se contempla el establecimiento de un registro de car¨¢cter telem¨¢tico. Se considerar¨¢, de forma general, como tiempo de trabajo efectivo cuando el centro de trabajo sea m¨®vil o itinerante, o los desplazamientos sean mandatados por la empresa.
El acuerdo garantiza el cumplimiento normativo sobre el tratamiento y protecci¨®n de datos personales, el derecho a la desconexi¨®n digital citado anteriormente, y la utilizaci¨®n y aplicaci¨®n de horas extraordinarias por necesidades laborales inaplazables.
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