Un juzgado proh¨ªbe vender t¨®nica Schweppes de Coca-Cola en Espa?a
La Audiencia de Barcelona otorga a la japonesa Suntory, due?a de TriNa o La Casera, el derecho exclusivo sobre la marca
La Audiencia Provincial de Barcelona ha otorgado a la empresa japonesa Suntory, propietaria de marcas de bebidas como TriNa y La Casera, entre otras, el derecho exclusivo a comercializar la t¨®nica Schweppes en Espa?a, prohibiendo a la firma Red Paralela la venta de esa misma marca de t¨®nica, pero fabricada en el Reino Unido por Coca-Cola, seg¨²n inform¨® este lunes la compa?¨ªa japonesa. El fallo rectifica una sentencia previa del Juzgado Mercantil n¨²mero 8 y, en la pr¨¢ctica, proh¨ªbe la importaci¨®n de la t¨®nica Schweppes brit¨¢nica.
La Audiencia argumenta, en esencia, que la marca Schweppes en Espa?a (y otros pa¨ªses) es titularidad de Schweppes Suntory Espa?a, mientras que en otros pa¨ªses,?como es el caso del Reino Unido, es titularidad de Coca-Cola, despu¨¦s de que la empresa original, Cadbury Schweppes, se la vendiera a la multinacional estadounidense. Cadbury, que posteriormente fue adquirida por Suntory, conserv¨® la titularidad en Espa?a y otros pa¨ªses. Por tanto, entiende el tribunal que, pese a que distribuyan la misma marca, son empresas distintas, titulares de derechos distintos, y que, por tanto, nadie, salvo Suntory, tiene el derecho a comercializar productos de esa marca en Espa?a.
As¨ª, proh¨ªbe a la empresa barcelonesa Red Paralela la importaci¨®n y venta en Espa?a de la t¨®nica de esa marca fabricada en el Reino Unido. Adem¨¢s, condena a Red Paralela a pagar una indemnizaci¨®n a Suntory de 293.480 euros, equivalente al 5% de la facturaci¨®n de 5,9 millones de euros obtenida por la venta, entre 2009 y 2014, de 17,3 millones de botellas brit¨¢nicas de t¨®nica Schweppes en Espa?a.
El caso se inici¨® en 2014, cuando Suntory demand¨® a Red Paralela por vender t¨®nica de la marca Schweppes fabricada por Coca-Cola en el Reino Unido. En su defensa, Red Paralela adujo el agotamiento del derecho de uso de la marca por parte de Suntory, como recoge una directiva europea: "El derecho conferido por la marca no permitir¨¢ a su titular prohibir el uso de la misma para productos comercializados en la Comunidad [Europea] con dicha marca por el titular o con su consentimiento". Es decir, Suntory no pod¨ªa impedir la venta en Espa?a de t¨®nica Schweppes fabricada en el Reino Unido puesto que Red Paralela ten¨ªa el permiso del titular de la marca all¨ª, Coca-Cola, y Espa?a forma parte de la UE.
A instancias de la juez, el Tribunal de Justicia de la UE se pronunci¨® sobre este derecho interpretando que el titular de una marca en un pa¨ªs no puede oponerse a la importaci¨®n de productos id¨¦nticos de la misma marca procedentes de otro Estado miembro donde la marca tenga otro titular siempre y cuando se den uno de estos supuestos: Primero, cuando "el titular, solo o coordinando su estrategia de marca con ese tercero, ha seguido promoviendo activa y deliberadamente la apariencia o la imagen de una marca global y ¨²nica", creando as¨ª "confusi¨®n" sobre el origen de los productos. O, en segundo caso, cuando haya "v¨ªnculos econ¨®micos" entre el titular [Suntory] y la otra empresa [Coca-Cola], en el sentido de que "coordinan sus pol¨ªticas comerciales o se conciertan para ejercer un control conjunto sobre el uso de la marca".
El tribunal de primera instancia s¨ª entendi¨® agotado el derecho de uso de la marca, pero la Audiencia desestima ese argumento se?alando que, de las pruebas aportadas por Red Paralela, no se puede inferir ni que las dos empresas, Red Paralela y Suntory est¨¦n concertadas para explotar la marca ni que tengan coordinadas sus estrategias para promover una imagen global y ¨²nica de la marca.
Por tanto, condena a Red Paralela a "cesar de toda importaci¨®n y/o comercializaci¨®n y/o almacenamiento y/o distribuci¨®n en Espa?a, de cualesquiera productos identificados con la marca Schweppes" que no hayan sido fabricados por las filiales del grupo Suntory en Espa?a o sin su autorizaci¨®n y a retirar todo material de embalaje o publicitario "en los que se haya materializado la violaci¨®n sobre la marca Schweppes". Igualmente, impone la "destrucci¨®n" de los productos con la marca Schweppes que est¨¦n en posesi¨®n de Red Paralela.
En una nota de prensa, los representantes de Suntory en Espa?a se felicitaron por la sentencia, que puede ser recurrida ante el Supremo. "El auto de la Secci¨®n 15? de la Audiencia Provincial confirma que los derechos de la marca Schweppes en Espa?a no se encuentran agotados y, por lo tanto, que la ¨²nica t¨®nica Schweppes que se puede comercializar en Espa?a es la fabricada por Schweppes Suntory Espa?a u otra empresa de nuestro mismo Grupo¡±, se?al¨® Mar¨ªa Rodr¨ªguez, directora legal de la compa?¨ªa.
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