El Supremo anula por abusiva la comisi¨®n por descubiertos de Kutxabank
El tribunal censura que el banco cargaba 30 euros a las cuentas en n¨²meros rojos de forma autom¨¢tica y reiterada
El Tribunal Supremo se ha pronunciado este martes por primera vez sobre las comisiones que algunos bancos cobran a sus clientes cada vez que tienen un descubierto. Y lo ha hecho para anular la penalizaci¨®n de 30 euros que carga Kutxabank a los usuarios que se quedan en n¨²meros rojos o no pagan en plazo la cuota de un cr¨¦dito. El alto tribunal considera que esta comisi¨®n es abusiva porque incumple algunas de las exigencias del Banco de Espa?a, entre otras, la prohibici¨®n de aplicarla de forma autom¨¢tica ante cada descubierto.
Los magistrados de la Sala de lo Civil ratifican el criterio de la Audiencia Provincial de ?lava, que en diciembre de 2016 dio la raz¨®n a la Asociaci¨®n de Consumidores y Usuarios Vasca (EKA/ACUV) y oblig¨® al banco a eliminar la comisi¨®n por descubierto. La sentencia recuerda que los criterios del Banco de Espa?a para estas cl¨¢usulas son muy claros: esta penalizaci¨®n solo est¨¢ justificada cuando la entidad haya hecho alg¨²n tipo de gesti¨®n encaminada a reclamar la deuda y lo pueda probar documentalmente. Adem¨¢s, tampoco puede aplicarse de forma reiterada para un mismo saldo (incluso cuando el impago se prolonga en el tiempo) ni, como ocurre con la de Kutxabank, sumar a los intereses de demora otra cantidad a modo de sanci¨®n por el mismo concepto.
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Pedro Jos¨¦ Vela, advierte tambi¨¦n que una cl¨¢usula como la de Kutxabank contiene una alteraci¨®n de la carga de la prueba en perjuicio del cliente, que es al que se le obliga a probar que s ele ha aplicado la comisi¨®n sin aviso o que esta no ha tenido el coste fijado en el contrato. Seg¨²n el tribunal, deber¨ªa ser el banco quien probara que se hizo la gesti¨®n y su importe.
El banco vasco ha seguido cobrando esta comisi¨®n desde la condena de la Audiencia Provincial, pero dejar¨¢ de hacerlo de forma inmediata tras la sentencia del Supremo, seg¨²n un portavoz de la entidad. La sentencia del Supremo no se pronuncia sobre la retroactividad de su decisi¨®n. Es decir, si basta con que Kutxabank deje de aplicar estas comisiones o si, adem¨¢s, puede verse obligada a devolver el dinero a todos los clientes a los que se la haya cobrado hasta ahora. La Asociaci¨®n de Consumidores y Usuarios Vasca (EKA/ACUV), que llev¨® la comisi¨®n a los tribunales, solo ped¨ªa en su demanda que la comisi¨®n fuera declarada nula y el banco dejara de aplicarla a sus clientes. Pero esta asociaci¨®n, una vez conocida la sentencia del alto tribunal, considera que la aplicaci¨®n debe ser retroactiva. ¡°El Supremo ha determinado que la cl¨¢usula es abusiva, por lo que se tiene por no puesta, como ha ocurrido en otros casos¡±, explica Jos¨¦ Ignacio Velasco, el letrado de EKA/ACUV que ha llevado el caso.
La asociaci¨®n no tiene una cifra aproximada de los clientes a los que se les ha cargado esta comisi¨®n ni a cu¨¢nto dinero puede ascender lo cobrado por el banco vasco bajo esta cl¨¢usula, pero Velasco advierte de que la cifra puede ser ¡°muy elevada¡± porque esta comisi¨®n era habitual en los contratos de la entidad. Velasco considera que Kutxabank deber¨ªa devolver lo cobrado sin que el cliente tenga que reclamarle, pero admite que es ¡°improbable¡± que esto ocurra. En ese caso, la asociaci¨®n se plantear¨¢ si lo m¨¢s conveniente es que cada cliente reclame individualmente o si se hace de forma colectiva.
La sentencia sobre Kutxabank es la primera que dicta el Supremo referida a este tipo de comisiones, pero el alto tribunal tiene pendiente de resolver sobre cl¨¢usulas similares aplicadas por Abanca y Bankia. En ambos casos, las comisiones fueron tambi¨¦n anuladas en primera instancia, seg¨²n el letrado de EKA/ACUV.
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